Norma Legal Oficial del día 19 de octubre del año 2016 (19/10/2016)


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TEXTO DE LA PÁGINA 62

601964
Campo Código Único de Contribuyente Nombre del Contribuyente

NORMAS LEGALES
Descripción Código del Contribuyente registrado en el Sistema V-Sigma Nombre del Contribuyente registrado en el Sistema V-Sigma

Miércoles 19 de octubre de 2016 /

El Peruano

Artículo Quinto.- Los premios que se otorgarán serán: · Un (01) Automóvil · Cinco (05) Refrigeradoras · Cinco (05) Cocinas de cuatro Hornillas · Cinco (05) Lavadoras · Cuatro (04) Microondas · Seis (06) Laptop · Seis (06) Televisores de 43" Artículo Tercero.- ENCARGAR a la Gerencia de Administración Tributaria el cumplimiento de la presente Ordenanza, a la Sub Gerencia de Logística, Servicios Generales y Control Patrimonial la publicación de la presente Ordenanza Municipal en el Diario Oficial El Peruano; a la Sub Gerencia de Relaciones Públicas e Imagen Institucional su debida difusión y a la Sub Gerencia de Tecnologías, Sistemas de Información y Estadística, la publicación íntegra de la misma en el portal de la entidad www.munihuacho.gob.pe y en el portal web del Estado www.peru.gob.pe. POR TANTO: Mando se registre, comunique y cumpla. JORGE HUMBERTO BARBA MITRANI Alcalde Provincial 1442722-1

MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE MOYOBAMBA
Aprueban la inmatriculación de inmueble ubicado en el distrito y provincia de Moyobomba
ACUERDO DE CONCEJO Nº 058-2016-MPM-CM Moyobamba, 18 de julio de 2016 EL CONCEJO DE LA MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE MOYOBAMBA CONSIDERANDO: Que, en Sesión Ordinaria Nº 013-2016, de fecha 15 de julio del dos mil dieciséis, convocada y presidida por el señor Alcalde de la Municipalidad Provincial de Moyobamba, Ing. Oswaldo Jiménez Salas, con la asistencia de los señores regidores: Robert García Jaramillo, Norma Isabel Rojas Pizarro, Martha Gárate Labajos, Gilber Puscán Ruíz, Nancy Ramos Núñez, Eliseo López Del Águila, Icela Baneza Clavo Zumba, Rafael Eugene Félix Barrenecha, Julio Rafael Cobos Acosta, Raúl Vargas Casique y Gastelo Huamán Chinchay; se trató el tema correspondiente a la "Inmatriculación de un predio a favor de la Municipalidad Provincial de Moyobamba"; Que, el artículo 56º numeral 1, de la Ley Nº 27972 indica que, son bienes de las municipalidades los bienes inmuebles y muebles de uso público destinados a servicios públicos locales; en tanto que, el artículo 58º referido a la Inscripción de Bienes Municipales en el registro de la Propiedad, concordante con el primer párrafo de la Octava Disposición Complementaria de este mismo dispositivo legal, establece que, los bienes inmuebles de las municipalidades, se inscriben en los Registros Públicos, a petición del alcalde y por el mérito

del acuerdo del Concejo correspondiente, siempre que no se encuentren inscritos a favor de terceros; Que, el segundo párrafo del artículo 38º del Reglamento de la Ley General del Sistema Nacional de Bienes Estatales, aprobado por Decreto Supremo Nº 007-2008-VIVIENDA, señala lo siguiente: "La resolución que dispone la Primera Inscripción de Dominio del predio del Estado, deberá publicarse por una sola vez en el Diario Oficial El Peruano y, un extracto, en un diario de mayor circulación en la región en que se encuentra el predio", por otra parte, el artículo 40º del indicado Reglamento, establece que: "La Resolución que dispone la Primera Inscripción de Dominio, conjuntamente con el Plano Perimétrico-Ubicación y Memoria Descriptiva, constituyen el título suficiente para todos los efectos legales"; Que, mediante la Nota Informativa Nº 070-2016-MPM/ SGPUYC, de fecha 22 de marzo de 2016, el Sub Gerente de Planeamiento Urbano y Catastro, solicita al Gerente de Desarrollo Urbano y Rural, que a través del Concejo Municipal se apruebe realizar la inmatriculación como primera inscripción de dominio ante la SUNARP, del predio de Uso Público, ubicado en el Sector Shango, Barrio de Belén, Distrito y Provincia de Moyobamba, Departamento de San Martín, denominado "El Manantial", adjuntando para tal efecto Constancia Negativa de Catastro, Memoria Descriptiva, Planos de Ubicación, Plano perimétrico, vista fotográfica; Que, mediante el Informe Legal Nº 092-2016-MPM/ OGAJ, de fecha 21 de abril de 2016, la Oficina de Asesoría Jurídica, opina que resulta procedente que el Concejo Provincial de Moyobamba, acuerde autorizar la respectiva inmatriculación del predio señalado en el considerando precedente; Que, el artículo 41º concordante con el artículo 17º de la aludida Ley Orgánica de Municipalidades, establece que los acuerdos son decisiones que toma el Concejo referidos a asuntos específicos de interés público, vecinal o institucional que expresan la voluntad del órgano de gobierno para practicar un determinado acto o sujetarse a una conducta o norma institucional; Que, estando a las consideraciones expuestas, al Dictamen Nº 023-2016, de fecha 11 de julio de 2016, de la Comisión de Desarrollo Urbano, Participación Vecinal y Gestión Ambiental; y, en virtud a los artículos 39º y 41º de la Ley Orgánica de Municipalidades, Ley Nº 27972, el Concejo Municipal Provincial de Moyobamba, con la dispensa del trámite de lectura y aprobación del acta, por UNANIMIDAD: ACUERDA: Artículo Primero.- APROBAR la Inmatriculación como primera inscripción de dominio ante la Superintendencia Nacional de los Registros Públicos - SUNARP, del predio de Uso Público, ubicado en el Sector Shango, Barrio de Belén, Distrito y Provincia de Moyobamba, Departamento de San Martín, denominado "El Manantial", con un área de 635.68 m2, y perímetro de 106.51 ml, a favor de la Municipalidad Provincial de Moyobamba, de acuerdo a lo señalado en la parte considerativa del presente acuerdo. Artículo Segundo.- DISPONER la publicación del presente Acuerdo por una sola vez en el Diario Oficial El Peruano y, un extracto, en un diario de mayor circulación en la Región, de conformidad con lo establecido en el artículo 38º del Reglamento de la Ley General del Sistema Nacional de Bienes Estatales, aprobado por Decreto Supremo Nº 007-2008-VIVIENDA; sin perjuicio de su publicación en el Portal Institucional. Artículo Tercero.- ENCARGAR a la Gerencia Municipal, Gerencia de Desarrollo Territorial, y a la Gerencia de Administración y Finanzas, a través de la Unidad de Control Patrimonial, realizar las acciones administrativas necesarias a fin de implementar y ejecutar el presente Acuerdo. Regístrese, comuníquese y publíquese. OSWALDO JIMÉNEZ SALAS Alcalde 1442219-1

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