Norma Legal Oficial del día 30 de octubre del año 2016 (30/10/2016)


Si dese vizualizar el documento entero como pdf click aqui.

TEXTO DE LA PÁGINA 49

El Peruano / Domingo 30 de octubre de 2016

NORMAS LEGALES
POR TANTO:

603123

POR TANTO: Mando se publique y cumpla. Dada en la ciudad de Piura, en la Sede del Gobierno Regional, a los 28 días del mes de octubre del año dos mil dieciséis. REYNALDO HILBCK GUZMÁN Gobernador Regional 1447601-1

Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase. FELIPE ANTONIO MEZARINA TONG Alcalde 1446619-1

MUNICIPALIDAD DE LURIGANCHO CHOSICA

GOBIERNOS LOCALES

MUNICIPALIDAD DE BARRANCO
Disponen el embanderamiento de inmuebles de entidades públicas y privadas, así como de viviendas del distrito
DECRETO DE ALCALDÍA Nº 006-2016-MDB Barranco, 24 de octubre de 2016 EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE BARRANCO VISTO: El Oficio Nº 022/U-3.e/COEDE/23.00, de fecha 28 de setiembre de 2016, remitido por el Comandante General de Educación y Doctrina del Ejército-COEDE, respecto al Bicentenario del Natalicio del Coronel Don FRANCISCO BOLOGNESI; CONSIDERANDO: Que, conforme a lo establecido en el Artículo 194º de la Constitución Política del Perú, concordante con el Artículo II del Título Preliminar de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, los gobiernos locales gozan de autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia; y, dicha autonomía, radica en la facultad de ejercer actos de gobierno, administrativos y de administración; Que, el 04 de noviembre del 2016, se celebra el Bicentenario del Natalicio del Coronel Don Francisco Bolognesi Cervantes, Gran Mariscal del Perú, Patrono del Ejército del Ejército y Héroe Nacional, quien es un paradigma del cumplimiento del deber, honor y dignidad nacional; Que, a fin de elevar la percepción de la ciudadanía de nuestro Héroe Nacional como Hombre de Honor, se ha estimado pertinente disponer el embanderamiento de todas las entidades públicas y privadas, así como las viviendas de la jurisdicción de Barranco; Estando a lo informado, ejerciendo las facultades conferidas por los Artículos 20º, numeral 6) y 42º de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades; y con la visación de la Gerencia de Asesoría Jurídica y Gerencia Municipal; DECRETA: Artículo Primero.DISPONER el EMBANDERAMIENTO de todas las entidades públicas y privadas, así como las viviendas del distrito de Barranco, del 01 al 05 de noviembre de 2016, con ocasión de celebrarse el Bicentenario del Natalicio del Coronel Don Francisco Bolognesi. Artículo Segundo.- Encargar a la Sub Gerencia de Participación Vecinal y Bienestar Social, Sub Gerencia de Fiscalización y Control, y Área de Comunicaciones e Imagen Institucional, el cumplimiento de lo dispuesto en el presente Decreto.

Ordenanza que dispone beneficios de regularización de obligaciones tributarias sustanciales, formales, multas administrativas y formalización del servicio de agua potable
ORDENANZA Nº 238-MDL Chosica, 27 de octubre de 2016 EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE LURIGANCHO CHOSICA POR CUANTO: EL CONCEJO DISTRITAL DE LURIGANCHO ­ CHOSICA, en Sesión de la fecha; y, VISTO: El Dictamen Nº 006-2016/CJER emitido por la Comisión Permanente de Regidores de Asuntos Jurídicos, Economía y Rentas del Concejo Municipal del Distrito de Lurigancho-Chosica; y, CONSIDERANDO: Que, el artículo 195º de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, otorga potestad tributaria a los Gobiernos Locales al disponer que pueden crear, modificar y suprimir contribuciones, tasas, arbitrios, licencias y derechos municipales, conforme a ley; adicionalmente reconoce competencia para administrar sus bienes y rentas. Que, la Gerencia de Rentas mediante Informe Nº 384-2016/MDLCH-GR de fecha 21 de octubre de 2016, concluye que resulta procedente conceder el beneficio de regularización de obligaciones formales por parte de los contribuyentes que habiendo adquirido sus propiedades bajo cualquier modalidad, no han formalizado las declaraciones juradas de autovalúo en razón a que estas están sujetas al pago de la multa tributaria correspondiente; asimismo beneficiar económicamente a los contribuyentes en la rebaja de los tributos. Estando a lo expuesto y de conformidad con lo dispuesto por el numeral 8) y 9) del artículo 9º y artículo 40º de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, y contando con el voto UNANIME de los miembros del Concejo Municipal y con la dispensa de la lectura y trámite de aprobación del Acta, se aprobó la siguiente: ORDENANZA QUE DISPONE BENEFICIOS DE REGULARIZACION DE OBLIGACIONES TRIBUTARIAS SUSTANCIALES, FORMALES, MULTAS ADMINISTRATIVAS Y FORMALIZACION DEL SERVICIO DE AGUA POTABLE Artículo 1º.- OBJETO La Ordenanza tiene por objeto conceder, en la jurisdicción del distrito de Lurigancho Chosica, beneficios extraordinarios para la regularización de deudas tributarias y declaraciones juradas correspondientes al impuesto predial; arbitrios municipales, así como multas tributarias y administrativas generadas antes de su vigencia, cualquiera fuera el estado en que se

Deseo borrar mis datos personales que aparecen en esta página.