Norma Legal Oficial del día 22 de septiembre del año 2016 (22/09/2016)


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TEXTO DE LA PÁGINA 9

El Peruano / Jueves 22 de setiembre de 2016

NORMAS LEGALES

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modificado por la Ley Nº 30048 a Ministerio de Agricultura y Riego; y, su Reglamento de Organización y Funciones aprobado por Decreto Supremo Nº 008-2014-MINAGRI, y sus modificatorias; SE RESUELVE: Artículo 1.- Dar por concluida la designación del señor Andrés Escudero Cabada y del señor Efraín Vilca Sosa, como representantes titular y alterno, respectivamente, del Ministro de Agricultura y Riego, ante la "Mesa de Concertación para la Lucha Contra la Pobreza", constituida mediante Decreto Supremo Nº 001-2001-PROMUDEH, modificado por Decreto Supremo Nº 014-2001-PROMUDEH, dándoseles las gracias por los servicios prestados. Artículo 2.- Designar al señor Juan Carlos Gonzáles Hidalgo y al señor Ángel Manuel Manero Campos, como representantes titular y alterno, respectivamente, del Ministro de Agricultura y Riego, ante la "Mesa de Concertación para la Lucha Contra la Pobreza", constituida mediante Decreto Supremo Nº 001-2001-PROMUDEH, modificado por Decreto Supremo Nº 014-2001-PROMUDEH. Artículo 3.- Remitir copia de la presente Resolución Ministerial a la Secretaría Técnica del Comité Ejecutivo Nacional de la Mesa de Concertación para la Lucha Contra la Pobreza, así como a los representantes designados y a los ex representantes mencionados, para los fines pertinentes. Regístrese, comuníquese y publíquese. JOSÉ MANUEL HERNÁNDEZ CALDERÓN Ministro de Agricultura y Riego 1431131-2

octubre de 2014, cuya Fe de Erratas se publicó en el Diario Oficial El Peruano con fecha 25 de octubre de 2014, se ratificó la designación, entre otros, de la señora Ermelinda Garcés Pintado, en el cargo de Directora de la Oficina de Atención a la Ciudadanía y Gestión Documentaria del Ministerio de Agricultura y Riego, al cual ha formulado renuncia; De conformidad con lo dispuesto por la Ley Nº 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; la Ley Nº 27594, Ley que regula la participación del Poder Ejecutivo en el nombramiento y designación de funcionarios públicos; el Decreto Legislativo Nº 997, Decreto Legislativo que aprueba la Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Agricultura, modificado por la Ley N° 30048; y el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Agricultura y Riego, aprobado por Decreto Supremo Nº 008-2014-MINAGRI, y sus modificatorias; SE RESUELVE: Artículo 1.- Aceptar, a partir de la fecha, la renuncia formulada por la señora Ermelinda Garcés Pintado, al cargo de Directora de la Unidad de Gestión Documentaria, actualmente Directora de la Oficina de Atención a la Ciudadanía y Gestión Documentaria del Ministerio de Agricultura y Riego, dándosele las gracias por los servicios prestados. Artículo 2.- Designar, a partir de la fecha, a la señora Licenciada en Administración Rose Mary Ramírez Escárate, en el cargo de Directora de la Oficina de Atención a la Ciudadanía y Gestión Documentaria del Ministerio de Agricultura y Riego. Regístrese, comuníquese y publíquese. JOSÉ MANUEL HERNÁNDEZ CALDERÓN Ministro de Agricultura y Riego 1431131-3

Designan Directora de la Oficina de Atención a la Ciudadanía y Gestión Documentaria del Ministerio
RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 0490-2016-MINAGRI Lima, 20 de setiembre de 2016 CONSIDERANDO: Que, mediante el artículo 2 de la Resolución Ministerial N° 0327-2010-AG, de fecha 14 de mayo de 2010, publicada en el Diario Oficial El Peruano con fecha 18 de mayo de 2014, se designó, con efectividad al 01 de marzo de 2010, a la señora Ermelinda Garcés Pintado, en el cargo de Directora de la Unidad de Gestión Documentaria del Ministerio de Agricultura; Que, mediante Ley N° 30048, publicada en el Diario Oficial El Peruano con fecha 25 de junio de 2013, se modificó el Decreto Legislativo N° 997, Decreto Legislativo que aprueba la Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Agricultura, modificándose, entre otros, su ámbito, competencias, funciones, estructura orgánica y denominación, la misma que en adelante es Ministerio de Agricultura y Riego; Que, como consecuencia de la entrada en vigencia de la acotada Ley N° 30048, mediante la Resolución Ministerial N° 0434-2014-MINAGRI, de fecha 05 de agosto de 2014, publicada en el Diario Oficial El Peruano con fecha 06 de agosto de 2014, se declaró el inicio del proceso de implementación de la aplicación del nuevo Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Agricultura y Riego, aprobado por Decreto Supremo N° 008-2014-MINAGRI, publicado en el Diario Oficial El Peruano con fecha 24 de julio de 2014; Que, como consecuencia de la equiparación de cargos de los órganos y unidades orgánicas comprendidos en la nueva estructura orgánica del Ministerio, mediante el artículo 1 de la Resolución Ministerial N° 0583-2014-MINAGRI, de fecha 20 de octubre de 2014, publicada en el Diario Oficial El Peruano con fecha 23 de

Modifican R.D. N° 0013-2015-MINAGRISENASA-DSV, que estableció requisitos fitosanitarios de necesario cumplimiento en la importación de plantas de café de origen y procedencia Nicaragua
RESOLUCIÓN DIRECTORAL Nº 0036-2016-MINAGRI-SENASA-DSV 7 de setiembre de 2016 VISTO: El Informe Nº 0003-2016-MINAGRI-SENASA-DSVSCV-VGUTARRA de fecha 05 de agosto de 2016, el cual recomienda la modificación del período de cuarentena posentrada en los requisitos fitosanitarios para la importación de plantas de café (Coffea spp.) de origen y procedencia Nicaragua aprobados con Resolución Directoral N° 0013-2015-MINAGRI-SENASA-DSV, y; CONSIDERANDO: Que, conforme al Decreto Legislativo Nº 1059 - Ley General de Sanidad Agraria, el ingreso al país como importación, tránsito internacional o cualquier otro régimen aduanero, de plantas y productos vegetales, animales y productos de origen animal, insumos agrarios, organismos benéficos, materiales de empaque, embalaje y acondicionamiento, cualquier otro material capaz de introducir o propagar plagas y enfermedades, así como los medios utilizados para transportarlos, se sujetarán a las disposiciones que establezca, en el ámbito de su competencia, la Autoridad Nacional en Sanidad Agraria; Que, el artículo 12º del Reglamento de la Ley General de Sanidad Agraria, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 018-2008-AG, establece que el Servicio Nacional de Sanidad Agraria - SENASA publicará los requisitos fito y zoosanitarios en el Diario Oficial El Peruano y se

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