Norma Legal Oficial del día 23 de septiembre del año 2016 (23/09/2016)


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TEXTO DE LA PÁGINA 21

El Peruano / Viernes 23 de setiembre de 2016

NORMAS LEGALES

599759

De conformidad a lo dispuesto en el Decreto Legislativo Nº 1192, la Quinta Disposición Complementaria Final de la Ley Nº 30025 y el Decreto Supremo Nº 021-2007-MTC; SE RESUELVE: Artículo 1.- Aprobación de la Ejecución de la Expropiación del área del Bien Inmueble y del Valor de la Tasación. Aprobar la ejecución de la expropiación del área de un (01) inmueble afectado por la Obra: Aeropuerto "Capitán FAP Guillermo Concha Iberico", y el valor de la Tasación del mismo, conforme se detalla en el Anexo que forma parte integrante de la presente Resolución. Artículo 2.- Consignación del Valor de la Tasación Disponer que la Oficina General de Administración, consigne en el Banco de la Nación, el monto del valor de la Tasación a favor de la autoridad que tenga a su cargo el proceso judicial en el que se discute la propiedad del inmueble afectado parcialmente por la Obra, dentro de los cinco (5) días hábiles de emitida la presente Resolución. Asimismo, la Oficina General de Administración, realizará las gestiones necesarias para el reconocimiento y pago del valor del Impuesto a la Renta del período correspondiente a la transferencia del área expropiada, una vez concluido el proceso judicial, debidamente consentido y ejecutoriado y se haya determinado el mejor derecho de propiedad. Artículo 3.- Información Necesaria para Inscribir el área del Bien Inmueble a Favor del Beneficiario Disponer que la Oficina General de Administración, dentro de los cinco (5) días hábiles siguientes de emitida la presente Resolución y notificada la consignación a la autoridad encargada del proceso judicial, remita al Registro de Predios de la Oficina Registral correspondiente de la Superintendencia Nacional de los Registros Públicos (SUNARP), la información señalada en el artículo 30 de la Ley Marco de Adquisición y Expropiación de Inmuebles, Transferencia de Inmuebles de Propiedad del Estado, Liberación de Interferencias y dicta otras medidas para la Ejecución de Obras de Infraestructura, aprobada por el Decreto Legislativo Nº 1192, a efectos de inscribir el área expropiada del bien inmueble afectado a favor del beneficiario.

Artículo 4.- Inscripción Registral del área del Bien Inmueble a Favor del Beneficiario y Orden de Levantar toda Carga o Gravamen que contenga la Partida Registral Disponer que la Oficina Registral correspondiente de la Superintendencia Nacional de los Registros Públicos (SUNARP) inscriba a favor del beneficiario del área expropiada del inmueble afectado y levante toda carga o gravamen contenido en la partida registral que se detalla en el Anexo que forma parte de la presente resolución, bajo responsabilidad y sanción de destitución; según lo previsto en el literal d) del numeral 28.1 del artículo 28 de la Ley Marco de Adquisición y Expropiación de Inmuebles, Transferencia de Inmuebles de Propiedad del Estado, Liberación de Interferencias y dicta otras medidas para la Ejecución de Obras de Infraestructura, aprobada por el Decreto Legislativo Nº 1192. Artículo 5.- Notificación a los Sujetos Pasivos Disponer que la Oficina de Administración notifique la presente Resolución al Sujeto Pasivo de la expropiación y a la autoridad a cargo del proceso judicial en el que se discute el mejor de derecho de propiedad del bien inmueble afectado parcialmente por la Obra, conforme a lo dispuesto en la Ley Marco de Adquisición y Expropiación de Inmuebles, Transferencia de Inmuebles de Propiedad del Estado, Liberación de Interferencias y dicta otras medidas para la Ejecución de Obras de Infraestructura, aprobada por el Decreto Legislativo Nº 1192, requiriéndole la desocupación y entrega del área del bien inmueble expropiado dentro de un plazo de treinta (30) días hábiles siguientes de notificada la presente Resolución, bajo apercibimiento de iniciar el procedimiento de ejecución coactiva para el lanzamiento o toma de posesión del área del bien inmueble materia de expropiación; según lo previsto en el literal e) del numeral 28.1 del artículo 28 de la citada Ley. Regístrese, comuníquese y publíquese, JOSÉ MANUEL HERNÁNDEZ CALDERÓN Ministro de Agricultura y Riego Encargado de la Cartera de Transportes y Comunicaciones

ANEXO VALOR DE LA TASACIÓN DEL ÁREA DE UN (1) INMUEBLE AFECTADO POR LA OBRA: AEROPUERTO DE PIURA "CAPITÁN FAP GUILLERMO CONCHA IBERICO" UBICADO EN EL DISTRITO DE CASTILLA, PROVINCIA Y DEPARTAMENTO DE PIURA No. SUJETO ACTIVO / BENEFICIARIO SUJETO PASIVO IDENTIFICACIÓN DEL BIEN INMUEBLE VALOR DE LA TASACIÓN (S/) AFECTACIÓN: Parcial del Inmueble

CÓDIGO: PM1G-AERPIU-PR-005

AREA AFECTADA: 4,750.13 m²

1

COORDENADAS UTM DE VALIDEZ UNIVERSAL DEL INMUEBLE LINDEROS Y MEDIDAS PERIMÉTRICAS DEL VERTICES LADO DISTANCIA WGS84 ÁREA AFECTADA: (ml) · Por el norte: Con 111.82 ml, con propiedad ESTE (X) NORTE (Y) del Ministerio de Transportes y Comunicaciones. · Por el Sur: Con 135.32ml, con área A A-B 111.82 542218.3984 9423106.9845 indirectamente afectada de esta misma parcela. · Por el Oeste: Con 70.65 ml, propiedad del B B-C 94.78 542317.8835 9423055.9227 JAVIER JUVENCIO Ministerio de Transportes y Comunicaciones. MINISTERIO DE MENDOZA COVEÑAS C C-D 40.54 542225.2793 9423035.7322 TRANSPORTES Y Y FRANCISCO COMUNICACIONES JAVIER JARAMILLO D D-A 70.65 542185.6661 9423044.3740 SEMINARIO PARTIDA REGISTRAL: 04005001 de la Oficina Registral de Piura - Zona Registral Nº I Sede Piura. CERTIFICADO DE BÚSQUEDA CATASTRAL: Emitido con fecha 13.07.2016 (Informe Técnico Nº 2724-2016-ORP-SCR-ZNRºI/SUNARP del 13.07.2016 expedido por la Oficina de Catastro de la Oficina Registral de Piura, Zona Registral Nº I - Sede Piura).

118,912.25

1432470-1

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