Norma Legal Oficial del día 24 de septiembre del año 2016 (24/09/2016)


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TEXTO DE LA PÁGINA 14

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NORMAS LEGALES

Sábado 24 de setiembre de 2016 /

El Peruano

Director de la Escuela Conjunta de las Fuerzas Armadas del Perú, para que, acompañado de quien considere pertinente, realicen una visita profesional a la mencionada Escuela Superior de Guerra, con sede en la ciudad de Buenos Aires, República Argentina, durante la segunda quincena del mes de setiembre de 2016; Que, en la mencionada visita tiene por objeto definir las áreas de mutuo interés entre ambas instituciones académicas así como profundizar y coordinar las relaciones académicas entre ambas escuelas; Que, en ese sentido, siendo interés del Sector Defensa el intercambio de experiencias entre los miembros de las Plantas Orgánicas de las Escuelas Superiores Conjuntas para la capacitación educativa y contribuir a la excelencia académica del personal militar, mediante Oficio N° 7002016/MINDEF/VPD/C/03 del 03 de agosto de 2016 y el Oficio N° 720-2016/MINDEF/VPD/C/03 del 11 de agosto de 2016, el Director General de Educación y Doctrina del Ministerio de Defensa, solicita autorizar la participación del General de Brigada Ángel Augusto Sosa Guevara, Director de la Escuela Conjunta de las Fuerzas Armadas del Perú y del Capitán de Navío Percy Alfieri Follegati Melgarejo, Jefe del Departamento Académico de la Escuela Conjunta de las Fuerzas Armadas del Perú, en la referida actividad que se realizará del 26 al 30 de setiembre de 2016; Que, teniendo en consideración los itinerarios de los vuelos internacionales y con el fin de prever la participación del personal comisionado durante la totalidad de la actividad, es necesario autorizar su salida del país con un (1) día de anticipación, así como su retorno un (1) día después de culminada la misma; Que, de conformidad con lo dispuesto en el Artículo 8º del Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM, que aprueba las normas reglamentarias sobre la autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos, los viáticos que se otorguen serán por cada día que dure la misión oficial o el evento, a los que se podrá adicionar por una sola vez el equivalente a un día de viáticos, por concepto de gastos de instalación y traslado, cuando el viaje es a cualquier país de América; Que, los gastos que ocasione la presente autorización de viaje, se efectuarán con cargo al Presupuesto del Año Fiscal 2016 del Ministerio de Defensa, Unidad Ejecutora 001: Administración General, de conformidad con el Artículo 13º del Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM, de fecha 5 de junio de 2002; De conformidad con el Decreto Legislativo Nº 1134, que aprueba la Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Defensa; la Ley Nº 30372, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2016; la Ley Nº 27619, Ley que regula la Autorización de Viajes al Exterior de Servidores y Funcionarios Públicos, y su Reglamento, aprobado por el Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM, de fecha 05 de junio de 2002 y su modificatoria aprobada con el Decreto Supremo Nº 056-2013-PCM del 18 de mayo de 2013; el Decreto Supremo Nº 002-2004-DE/SG de fecha 26 de enero de 2004 y sus modificatorias; y el Decreto Supremo N° 002-2015-DE del 28 de enero de 2015, que determina la jerarquía y uso de las normas de carácter administrativo que se aplicarán en los distintos órganos del Ministerio; SE RESUELVE: Artículo 1.- Autorizar el viaje al exterior en Comisión de Servicio, del Personal de la Escuela Conjunta de las Fuerzas Armadas del Perú que se indica a continuación, quienes realizarán una visita profesional a la Escuela Superior de Guerra Conjunta de las Fuerzas Armadas de Argentina, con sede en la ciudad de Buenos Aires, República Argentina, del 26 al 30 de setiembre de 2016; así como autorizar su salida del país el 25 de setiembre y el retorno el 01 de octubre de 2016: - General de Brigada EP Ángel Augusto SOSA GUEVARA, identificado con DNI N° 07260853 - Capitán de Navío AP Percy Alfieri FOLLEGATI MELGAREJO, identificado con DNI N° 43317430

Artículo 2.- El Ministerio de Defensa ­ Unidad Ejecutora 001: Administración General, efectuará los pagos que corresponda, de acuerdo al siguiente detalle: Pasajes Aéreos: Lima- Buenos Aires (República Argentina) ­Lima US$ 1,604.85 x 2 personas (Incluye TUUA) US$ 3,209.70 Viáticos: US$. 370.00 x 2 personas x 6 días TOTAL: US$. 4.440.00 US$ 7,649.70

Artículo 3.- El personal comisionado, deberá cumplir con presentar un informe detallado ante el titular de la Entidad, describiendo las acciones realizadas y los resultados obtenidos durante el viaje autorizado dentro de los quince (15) días calendario contados a partir de la fecha de retorno al país. Asimismo. Dentro del mismo plazo efectuarán la sustentación de viáticos, conforme a lo indicado en el Artículo 6º del Decreto Supremo Nº 0472002-PCM de fecha 05 de junio de 2002. Artículo 4.- El Ministro de Defensa queda facultado para variar la fecha de inicio y término de la autorización a que se refiere el Artículo 1, sin exceder el total de días autorizados y sin variar la actividad para la cual se autoriza el viaje, ni el nombre de los participantes. Artículo 5.- La presente Resolución Suprema no da derecho a exoneración ni observación de impuestos aduaneros de ninguna clase o denominación. Artículo 6.- La presente Resolución Suprema será refrendado por el Presidente del Consejo de Ministros y el Ministro de Defensa. Regístrese, comuníquese y publíquese. PEDRO PABLO KUCZYNSKI GODARD Presidente de la República FERNANDO ZAVALA LOMBARDI Presidente del Consejo de Ministros MARIANO GONZÁLEZ FERNÁNDEZ Ministro de Defensa 1433175-5

Autorizan viaje de Coronel FAP a Brasil, en comisión de servicios
RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 316-2016-DE/ Lima, 23 de setiembre de 2016 CONSIDERANDO: Que, el Tratado Constitutivo de la Unión de Naciones Suramericanas - UNASUR, fue suscrito el 23 de mayo de 2008, en la ciudad de Brasilia, República Federativa del Brasil; Que, en la Reunión Extraordinaria de Jefas y Jefes de Estado de la UNASUR, llevada a cabo el 16 de diciembre de 2008, en la ciudad de Salvador de Bahía, República Federativa del Brasil, se incorporó como parte de la estructura organizacional de la UNASUR, el Consejo de Defensa Suramericano (CDS) como órgano permanente de consulta, cooperación y coordinación en materia de Defensa; Que, durante la reunión de Ministras y Ministros del Consejo de Defensa Suramericano llevada a cabo en la ciudad de Montevideo, República Oriental del Uruguay, el día 17 de diciembre del 2015, se aprobó el Plan de Acción 2016 del CDS, el mismo que contiene las actividades que se realizarán durante el presente año con la participación de representantes de los Estados Miembros de la UNASUR; Que, mediante Circular Nº 1011-2016, del 28 de julio de 2016, la Secretaría Pro Témpore del Consejo de Defensa Suramericano ­ UNASUR, remite la Carta Nº 24/SCIE/CAE/EMCFA-MD, del 29 junio de 2016, con la

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