Norma Legal Oficial del día 24 de septiembre del año 2016 (24/09/2016)


Si dese vizualizar el documento entero como pdf click aqui.

TEXTO DE LA PÁGINA 19

El Peruano / Sábado 24 de setiembre de 2016

NORMAS LEGALES

599861

Autorizan viaje de personal de la Marina de Guerra del Perú a Argentina, en misión de estudios
RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 321-2016-DE/MGP Lima, 23 de setiembre de 2016 Visto, el Oficio N.1000-1239 del Director General de Educación de la Marina, de fecha 8 de agosto de 2016; CONSIDERANDO: Que, el Secretario del Acuerdo de Viña del Mar de la Prefectura Naval Argentina, ha cursado invitación a todas las Autoridades Miembros, para que participen en el 1º Cursillo Regional para Administradores Locales del Centro de Información del Acuerdo Latinoamericano (CIALA), a realizarse en la Prefectura Naval Argentina, ciudad Autónoma de Buenos Aires, República Argentina, del 3 al 5 de octubre de 2016; Que, la designación de Personal Naval, para que participe en el referido curso, responde a la necesidad de capacitar a Técnicos en Instituciones Militares Extranjeras, con la finalidad de incrementar el nivel de perfeccionamiento en el uso del sistema web; así como, la actualización de herramientas informáticas relativos al Centro de Información del Acuerdo Latinoamericano (CIALA), considerando que es una buena oportunidad para intercambiar conceptos y métodos empleados por ambos países en el entrenamiento y organización en los Centros de Formación, dentro del marco de los compromisos bilaterales de cooperación asumido por nuestro país; así como, fomentar e incrementar las medidas de confianza mutua con Instituciones Armadas de otros países; Que, es conveniente para los intereses institucionales, autorizar el viaje al exterior en Misión de Estudios del Técnico 2º Ccg. Fernando Francisco PRIETO Santos, para que participe en el 1º Cursillo Regional para Administradores Locales del Centro de Información del Acuerdo Latinoamericano (CIALA), a realizarse en la Prefectura Naval Argentina, ciudad Autónoma de Buenos Aires, República Argentina, del 3 al 5 de octubre de 2016; por cuanto los conocimientos y experiencias a adquirirse redundarán en beneficio de la Autoridad Marítima Nacional dentro del ámbito de competencia de la Marina de Guerra del Perú, debido a que permitirá la actualización de los conocimientos apropiados para la gestión operacional, técnico-profesional y aplicabilidad en el manejo de métodos administrativos y operativos, que proporcionará una valiosa oportunidad para fomentar el intercambio de experiencias y homogenizar procedimientos en cumplimiento de las funciones de control de buques por el Estado Rector de Puertos y en la utilización de la base de datos del Centro de Información del Acuerdo Latinoamericano (CIALA); Que, los gastos que ocasione la presente autorización de viaje, se efectuarán con cargo al Presupuesto Institucional del Año Fiscal 2016 de la Unidad Ejecutora Nº 004: Marina de Guerra del Perú, de conformidad con el artículo 13 del Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM, de fecha 5 de junio de 2002; Que, teniendo en consideración los itinerarios de los vuelos internacionales y con el fin de prever la participación del personal designado durante la totalidad de la actividad programada, es necesario autorizar su salida del país con UN (1) día de anticipación; así como, su retorno UN (1) día después del curso; sin que estos días adicionales irroguen gasto alguno al Tesoro Público; De conformidad con el Decreto Legislativo Nº 1134, que aprueba la Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Defensa; la Ley Nº 30372, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2016; la Ley Nº 27619, Ley que regula la Autorización de Viajes al Exterior de Servidores y Funcionarios Públicos y su Reglamento, aprobado con el Decreto Supremo Nº 0472002-PCM, de fecha 5 de junio de 2002 y su modificatoria aprobada con el Decreto Supremo Nº 056-2013-PCM, de fecha 18 de mayo de 2013; el Decreto Supremo Nº

002-2004-DE/SG, de fecha 26 de enero de 2004 y sus modificatorias, que reglamentan los Viajes al Exterior del Personal Militar y Civil del Sector Defensa; el Decreto Supremo Nº 002-2015-DE, de fecha 28 de enero de 2015, que determina la jerarquía y uso de las normas de carácter administrativo que se aplicarán en los distintos Órganos del Ministerio de Defensa; Estando a lo propuesto por el Comandante General de la Marina y a lo acordado con el Ministro de Defensa; SE RESUELVE: Artículo 1.- Autorizar el viaje al exterior en Misión de Estudios del Técnico 2º Ccg. Fernando Francisco PRIETO Santos, CIP. 01906215, DNI. 43282960, para que participe en el 1º Cursillo Regional para Administradores Locales del Centro de Información del Acuerdo Latinoamericano (CIALA), a realizarse en la Prefectura Naval Argentina, ciudad Autónoma de Buenos Aires, República Argentina, del 3 al 5 de octubre de 2016; así como, autorizar su salida del país el 2 y su retorno el 6 de octubre de 2016. Artículo 2.- El Ministerio de Defensa - Marina de Guerra del Perú, efectuará los pagos que correspondan, de acuerdo a los conceptos siguientes: Pasajes Aéreos: Lima - Buenos Aires (República Argentina) - Lima US$ 1,600.00 US$ 1,600.00 Viáticos: US$ 370.00 x 3 días TOTAL A PAGAR: US$ 1,110.00 US$ 2,710.00

Artículo 3.- El Ministro de Defensa queda facultado para variar la fecha de inicio y término de la autorización a que se refiere el artículo 1, sin exceder el total de días autorizados; y sin variar la actividad para la cual se autoriza el viaje, ni el nombre del participante. Artículo 4.- El Técnico designado, deberá cumplir con presentar un informe detallado ante el Titular de la Entidad, describiendo las acciones realizadas y los resultados obtenidos durante el viaje autorizado, dentro de los QUINCE (15) días calendario contados a partir de la fecha de retorno al país. Asimismo, dentro del mismo plazo deberá efectuar la sustentación de viáticos, conforme a lo indicado en el artículo 6 del Decreto Supremo Nº 0472002-PCM, de fecha 5 de junio de 2002 y su modificatoria. Artículo 5.- La presente Resolución Suprema, no dará derecho a exoneración ni liberación de impuestos aduaneros de ninguna clase o denominación. Artículo 6.- La presente Resolución Suprema, será refrendada por el Presidente del Consejo de Ministros y por el Ministro de Defensa. Regístrese, comuníquese y publíquese. PEDRO PABLO KUCZYNSKI GODARD Presidente de la República FERNANDO ZAVALA LOMBARDI Presidente del Consejo de Ministros MARIANO GONZÁLEZ FERNÁNDEZ Ministro de Defensa 1433175-10

Autorizan viaje de personal del Ejército del Perú a Colombia, en misión de estudios
RESOLUCIÓN SUPREMA N° 322-2016-DE/ Lima, 23 de setiembre de 2016 CONSIDERANDO: Que, el numeral 8 del artículo 5° de la Ley N° 27292, Ley del Instituto Geográfico Nacional (IGN), señala que

Deseo borrar mis datos personales que aparecen en esta página.