Norma Legal Oficial del día 24 de septiembre del año 2016 (24/09/2016)


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TEXTO DE LA PÁGINA 17

El Peruano / Sábado 24 de setiembre de 2016

NORMAS LEGALES

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Artículo 7º.- La presente Resolución será refrendada por el Presidente del Consejo de Ministros y por el Ministro de Defensa. Regístrese, comuníquese y publíquese. PEDRO PABLO KUCZYNSKI GODARD Presidente de la República FERNANDO ZAVALA LOMBARDI Presidente del Consejo de Ministros MARIANO GONZÁLEZ FERNÁNDEZ Ministro de Defensa 1433175-7

Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2016; la Ley Nº 27619, Ley que regula la Autorización de Viajes al Exterior de Servidores y Funcionarios Públicos, y su Reglamento, aprobado por el Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM, de fecha 05 de junio de 2002 y su modificatoria aprobada con el Decreto Supremo Nº 056-2013-PCM del 18 de mayo de 2013; el Decreto Supremo Nº 002-2004-DE/SG de fecha 26 de enero de 2004 y sus modificatorias; y el Decreto Supremo N° 002-2015-DE del 28 de enero de 2015, que determina la jerarquía y uso de las normas de carácter administrativo que se aplicarán en los distintos órganos del Ministerio; SE RESUELVE: Artículo 1.- Autorizar el viaje al exterior en Comisión de Servicio del Coronel EP Javier Gustavo CHÁVEZ CAVERO-EGÚSQUIZA, Oficial de Enlace del Ministerio de Defensa ante el Ministerio de Relaciones Exteriores, identificado con DNI N° 09802152 y del Comandante FAP Juan Carlos CHÁVEZ CARBAJAL, Oficial de la Dirección General de Relaciones Internacionales del Ministerio de Defensa, identificado con DNI N° 09873623, para que participen en la X Reunión Ordinaria de la Comisión Binacional Fronteriza (COMBIFRON) Ecuador ­ Perú, que se llevará a cabo en la ciudad de Quito, República del Ecuador, del 26 al 30 de setiembre de 2016, autorizando su salida del país el 25 de setiembre y el retorno el 01 de octubre de 2016; Artículo 2.- El Ministerio de Defensa - Administración General, efectuará los pagos que correspondan, de acuerdo al detalle siguiente Pasajes: Lima­Quito (República del Ecuador)-Lima US$ 660.18 x 2 personas (incluye TUUA) Viáticos: US$ 370.00 x 2 personas x 6 días TOTAL: US$ US$ US$ 1,320.36 4,440.00 5,760.36

Autorizan viaje de oficiales del Ejército Peruano y de la FAP a Ecuador, en comisión de servicios
RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 318-2016-DE/ Lima, 23 de setiembre de 2016 CONSIDERANDO: Que, mediante Oficio N° 4015 CCFFAA/D-2/DFE del 02 de agosto de 2016, el Comando Conjunto de las Fuerzas Armadas, hace extensiva la invitación para que un (1) representante del Ministerio de Defensa, participe en la X Reunión Ordinaria de la Comisión Binacional Fronteriza (COMBIFRON) Ecuador ­ Perú, que se llevará a cabo en la ciudad de Quito, República del Ecuador, del 26 al 30 de setiembre de 2016; Que, durante el mencionado encuentro bilateral, se analizará la situación de los riesgos y amenazas existentes en la frontera común, lo que permitirá tener acuerdos para enfrentarlos en forma coordinada, fortaleciendo la confianza existente entre nuestros países; Que, siendo la mencionada actividad de interés del Sector Defensa, mediante el Oficio N° 1319-2016-VPD/ B/b del 04 de agosto de 2016 y el Oficio N° 4454 CCFFAA/D-2/DFE del 29 de agosto de 2016, se confirmó respectivamente que, el Comandante FAP Juan Carlos CHÁVEZ CARBAJAL, de la Dirección General de Relaciones Internacionales del Ministerio de Defensa y el Coronel EP Javier Gustavo CHÁVEZ CAVERO-EGÚSQUIZA, Oficial de Enlace del Ministerio de Defensa ante el Ministerio de Relaciones Exteriores, participarán en tan importante evento binacional; Que, los gastos que ocasione la presente autorización de viaje, se efectuarán con cargo al Presupuesto Institucional del Año Fiscal 2016 del Pliego 026: Ministerio de Defensa, Unidad Ejecutora 001: Administración General, de conformidad con el artículo 13° del Decreto Supremo N° 047-2002-PCM, de fecha 5 de junio de 2002; Que, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 8 del Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM, que aprueba las normas reglamentarias sobre la autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos, los viáticos que se otorguen serán por cada día que dure la misión oficial o el evento, a los que se podrá adicionar por una sola vez el equivalente a un día de viáticos, por concepto de gastos de instalación y traslado, cuando el viaje es a cualquier país de América; Que, teniendo en consideración el itinerario de los vuelos internacionales y con el fin de permitir la participación del personal comisionado, durante la totalidad del evento, es necesario autorizar su salida del país con un (1) día de anticipación y el retorno un (1) día después de culminado el evento; De conformidad con el Decreto Legislativo Nº 1134, que aprueba la Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Defensa; la Ley Nº 30372, Ley de

Artículo 3.- El Ministro de Defensa, queda facultado para variar la fecha de inicio y término de la autorización a que se refiere el artículo 1, sin exceder el total de días autorizados; y sin variar la actividad para la cual se autoriza el viaje, ni el nombre de los participantes. Artículo 4.- El personal autorizado, deberá cumplir con presentar un informe detallado ante el Titular de la Entidad, describiendo las acciones realizadas y los resultados obtenidos durante el viaje autorizado, dentro de los quince (15) días calendario contados a partir de la fecha de retorno al país. Asimismo, dentro del mismo plazo, deberá efectuar la sustentación de viáticos, conforme a lo indicado en el artículo 6 del Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM, de fecha de 5 de junio de 2002 y su modificatoria. Artículo 5.- La presente Resolución Suprema, no dará derecho a exoneración ni liberación de impuestos aduaneros de ninguna clase o denominación. Artículo 6.- La presente Resolución Suprema será refrendada por el Presidente del Consejo de Ministros y por el Ministro de Defensa. Regístrese, comuníquese y publíquese. PEDRO PABLO KUCZYNSKI GODARD Presidente de la República FERNANDO ZAVALA LOMBARDI Presidente del Consejo de Ministros MARIANO GONZÁLEZ FERNÁNDEZ Ministro de Defensa 1433175-8

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