Norma Legal Oficial del día 04 de abril del año 2017 (04/04/2017)


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TEXTO DE LA PÁGINA 11

El Peruano / Martes 4 de abril de 2017

NORMAS LEGALES

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Supremo Nº 003-2012-MIMP y modificatorias; y el Decreto Supremo Nº 004-2010-MIMDES; SE RESUELVE: Artículo 1.- Dar por concluida la designación del señor RICARDO CELESTINO YAURICASA VÁSQUEZ como Presidente del Directorio de la Sociedad de Beneficencia Pública de Pisco, dándosele las gracias por los servicios prestados. Artículo 2.- Designar al señor HERMAN FERNANDO PERALTA CABRERA como Presidente del Directorio de la Sociedad de Beneficencia Pública de Pisco. Regístrese, comuníquese y publíquese. ANA MARÍA ROMERO-LOZADA LAUEZZARI Ministra de la Mujer y Poblaciones Vulnerables 1505036-2

Supremo Nº 072-2003-PCM, y modificado por Decreto Supremo Nº 070-2013-PCM. Regístrese, comuníquese y publíquese. ANA MARÍA ROMERO-LOZADA LAUEZZARI Ministra de la Mujer y Poblaciones Vulnerables 1505036-3

Modifican el artículo 1 de la R.M. N° 1012017-MIMP que dispone la publicación del proyecto de Reglamento de la Ley Nº 30490, Ley de la Persona Adulta Mayor y su exposición de motivos en el Portal Institucional del Ministerio
RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 108-2017-MIMP Lima, 3 de abril de 2017 CONSIDERANDO: Que, la Ley Nº 30490 - Ley de la Persona Adulta Mayor, establece el marco normativo que garantiza los mecanismos legales para el pleno ejercicio de los derechos de las personas adultas mayores y, a través de su Quinta Disposición Complementaria Final, señala que el Poder Ejecutivo, mediante Decreto Supremo refrendado por la Ministra de la Mujer y Poblaciones Vulnerables, reglamentará la referida ley; Que, al amparo de lo antes señalado, mediante Resolución Ministerial N° 101-2017-MIMP, se dispuso la publicación del proyecto de Reglamento de la Ley Nº 30490 - Ley de la Persona Adulta Mayor y la exposición de motivos de la referida propuesta normativa en el Portal Institucional del Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables (www.mimp.gob.pe), para recibir las opiniones, comentarios y/o sugerencias de la ciudadanía, por un plazo de seis (06) días hábiles, contados desde la publicación de la presente Resolución Ministerial; Que, el artículo 61 del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables, aprobado por Decreto Supremo N° 0032012-MIMP y modificatorias, señala que la Dirección General de la Familia y la Comunidad es el órgano de línea encargado de diseñar, promover, coordinar, monitorear y evaluar las políticas, planes, programas y proyectos para la promoción y fortalecimiento de las familias; así como para la adecuada atención de la población por las Sociedades de Beneficencia Pública y los referidos a personas adultas mayores y sus derechos; Que, por ello, mediante Memorando N° 206-2017MIMP/DGFC del 30 de marzo de 2017, la Dirección General de la Familia y la Comunidad, en atención al Oficio N° 318-2016-2017/CMF-CR-1 de la Comisión de la Mujer y Familia del Congreso de la República, ha propuesto modificar el artículo 1 de la Resolución Ministerial N° 1012017-MIMP, a fin de ampliar a quince (15) hábiles el plazo para recibir las opiniones, comentarios y/o sugerencias de la ciudadanía, respecto del citado proyecto de Reglamento; Que, atendiendo a lo expuesto, resulta pertinente modificar el artículo 1 de la Resolución Ministerial N° 1012017-MIMP de fecha 27 de marzo de 2017; De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 30490 - Ley de la Persona Adulta Mayor; la Ley Nº 29158 - Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; el Decreto Legislativo Nº 1098, que aprueba la Ley de Organización y Funciones del Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables; el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables, aprobado por Decreto Supremo Nº 003-2012-MIMP y sus modificatorias; y el Decreto Supremo Nº 001-2009-JUS;

Designan responsable de brindar la información pública solicitada a la Unidad Ejecutora 001: Administración Nivel Central del Ministerio
RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 106-2017-MIMP Lima, 3 de abril de 2017 CONSIDERANDO: Que, por Resolución Ministerial Nº 263-2016-MIMP se designa al señor Oscar Samuel Aquino Vivanco, Asesor II de la Secretaría General del Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables, como responsable de brindar la información pública solicitada a la Unidad Ejecutora 001: Administración Nivel Central del MIMP, en el marco de lo dispuesto en el Texto Único Ordenado de la Ley Nº 27806, Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública, aprobado por Decreto Supremo Nº 043-2003PCM; y en el Reglamento de la Ley Nº 27806, aprobado por Decreto Supremo Nº 072-2003-PCM, y modificado por Decreto Supremo Nº 070-2013-PCM; siendo necesario dar por concluida la citada designación y designar a su reemplazo; Con las visaciones de la Secretaría General y de la Oficina General de Asesoría Jurídica; De conformidad con lo dispuesto en el Decreto Legislativo Nº 1098, Decreto Legislativo que aprueba la Ley de Organización y Funciones del Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables; su Reglamento de Organización y Funciones, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 003-2012-MIMP y modificatorias; el Texto Único Ordenado de la Ley Nº 27806, Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública, aprobado por Decreto Supremo Nº 043-2003-PCM; y en el Reglamento de la Ley Nº 27806, aprobado por Decreto Supremo Nº 072-2003PCM, y modificado por Decreto Supremo Nº 070-2013PCM; SE RESUELVE: Artículo 1.- Dar por concluida la designación efectuada por la Resolución Ministerial Nº 263-2016-MIMP del 3 de octubre de 2016. Artículo 2.- Designar al señor JESÚS ANDRÉS VEGA GUTIÉRREZ, Asesor II de la Secretaría General del Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables, como responsable de brindar la información pública solicitada a la Unidad Ejecutora 001: Administración Nivel Central del MIMP, en el marco de lo dispuesto en el Texto Único Ordenado de la Ley Nº 27806, Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública, aprobado por Decreto Supremo Nº 043-2003-PCM; y en el Reglamento de la Ley Nº 27806, aprobado por Decreto

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