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13 NORMAS LEGALES Martes 4 de abril de 2017 El Peruano / técnica, administrativa, de administración, económica y fi nanciera. Constituye pliego presupuestario; Que, el artículo 66 de la acotada Ley, prescribe que el Presidente del CONADIS es designado por el Presidente de la República de una terna propuesta por la Presidencia del Consejo de Ministros; Que, la selección de la terna se realiza respetando el derecho de consulta establecido en el artículo 14 de la mencionada Ley, el cual establece que las autoridades de los distintos sectores y niveles de gobierno tienen la obligación de realizar consultas con las organizaciones que representan a las personas con discapacidad, previamente a la adopción de normas legislativas y administrativas, políticas y programas sobre cuestiones relativas a la discapacidad, siendo que los procesos de consulta se desarrollan sobre la base de los principios de accesibilidad, buena fe, oportunidad y transparencia; Que, mediante Decreto Supremo N° 052-2015-PCM se aprobó el Procedimiento para la selección de la terna de postulantes a la Presidencia del Consejo Nacional para la Integración de la Persona con Discapacidad - CONADIS; Que, mediante las Notas de vistos la Presidencia del Consejo Nacional para la Integración de la Persona con Discapacidad ha remitido el proyecto de Decreto Supremo que aprueba el nuevo Procedimiento para la selección de la terna de postulantes a la Presidencia del Consejo Nacional para la Integración de la Persona con Discapacidad - CONADIS y deroga el procedimiento aprobado por Decreto Supremo N° 052-2015-PCM; Que, el artículo 14 del Decreto Supremo Nº 001-2009- JUS, “Reglamento que establece disposiciones relativas a la publicidad, publicación de Proyectos Normativos y difusión de Normas Legales de Carácter General”, establece que las entidades públicas dispondrán la publicación de los proyectos de normas de carácter general que sean de su competencia en el Diario O fi cial El Peruano, en sus Portales Electrónicos o mediante cualquier otro medio, en un plazo no menor de treinta (30) días antes de la fecha prevista para su entrada en vigencia, salvo casos excepcionales, razón por la cual, atendiendo a la relevancia del contenido del proyecto normativo y la materia que pretende reglamentar y siendo que se trata de una norma legal de carácter general, resulta necesario disponer la prepublicación del referido proyecto, a efectos de permitir que las personas interesadas formulen comentarios sobre las medidas propuestas; Con las visaciones del Despacho Viceministerial de Poblaciones Vulnerables, de la Presidencia del Consejo Nacional para la Integración de la Persona con Discapacidad, de la Secretaría General y de la O fi cina General de Asesoría Jurídica; De conformidad con la Ley Nº 29973, Ley General de la Persona con Discapacidad; su Reglamento aprobado por Decreto Supremo N° 002-2014-MIMP; el Decreto Legislativo Nº 1098, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables, su Reglamento de Organización y Funciones, aprobado por Decreto Supremo Nº 003-2012-MIMP y modi fi catorias; y el Decreto Supremo Nº 001-2009-JUS; SE RESUELVE:Artículo 1.- Prepublicación Disponer la prepublicación en el portal institucional del Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables - MIMP (www.mimp.gob.pe) del Proyecto de Decreto Supremo que aprueba el Procedimiento para la selección de la terna de postulantes a la Presidencia del Consejo Nacional para la Integración de la Persona con Discapacidad - CONADIS, durante el plazo de treinta (30) días calendario, para conocimiento y sugerencias por parte de las entidades públicas y privadas, organizaciones de la sociedad civil, así como de las personas naturales interesadas. Las propuestas y opiniones serán remitidas al siguiente correo electrónico: aportes@conadisperu.gob.pe.Artículo 2.- Evaluación y consolidaciónLa Secretaría General del Consejo Nacional para la Integración de la Persona con Discapacidad - CONADIS queda encargada de recibir, procesar, evaluar y consolidar, las diversas propuestas y opiniones que se reciban acerca del Proyecto de Decreto Supremo prepublicado, para posteriormente elaborar el texto defi nitivo del mismo. Regístrese, comuníquese y publíquese.ANA MARÍA ROMERO-LOZADA LAUEZZARI Ministra de la Mujer y Poblaciones Vulnerables 1505038-2 PRODUCE Autorizan otorgamiento de subvenciones a favor de personas naturales y jurídicas privadas, para el cofinanciamiento de la ejecución de diversos proyectos RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 148-2017-PRODUCE Lima, 31 de marzo de 2017VISTOS; el Memorando N° 013-2017-PRODUCE/ INNÓVATE PERÚ.UM, el Informe N° 023-2017-PRODUCE/INNÓVATEPERÚ/UPEG, el O fi cio N° 118-2017-PRODUCE/INNÓVATE PERÚ.CE, el Informe N° 148-2017-PRODUCE/OGPPM-OP, y el Memorando N° 305-2017-PRODUCE/OGPPM; y, CONSIDERANDO:Que, en el marco de la Ley N° 30518, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2017, mediante la Resolución Ministerial Nº 475-2016- PRODUCE, se aprobó el Presupuesto Institucional de Apertura del Pliego 038: Ministerio de la Producción correspondiente al Año Fiscal 2017, hasta por la suma de S/ 354 009 243,00, incluyendo el detalle de gastos a nivel de Unidad Ejecutora, Categoría Presupuestal, Programa Presupuestal, Producto/Proyecto, Actividades, Categoría de Gasto, Genérica de Gasto; y el detalle de los recursos que lo fi nancian, a nivel de Tipo de Transacción, Genérica, Subgenérica y Especí fi ca de Ingreso; Que, mediante Decreto Supremo N° 157-2012- EF se aprobó la operación de endeudamiento externo a ser acordada entre la República del Perú y el Banco Interamericano de Desarrollo - BID, hasta por la suma de TREINTA Y CINCO MILLONES Y 00/100 DÓLARES AMERICANOS (US$ 35 000 000,00), destinada a fi nanciar parcialmente el “Proyecto de Innovación para la competitividad”; suscribiéndose, conforme a lo dispuesto por el artículo 4 de dicho Decreto Supremo, el Contrato de Préstamo N° 2693/OC-PE; Que, la Segunda Disposición Complementaria Final del Decreto Supremo N° 003-2014-PRODUCE, Crean el Programa Nacional de Innovación para la Competitividad y Productividad y disponen la fusión por absorción de la Unidad Ejecutora 012 de la Presidencia del Consejo de Ministros al Ministerio de la Producción, dispone que el Proyecto Innovación para la Competitividad se ejecutará de acuerdo a las condiciones de viabilidad establecidas en el Proyecto con código SNIP Nº 159771 y Contrato de Préstamo Nº 2693/OC-PE; Que, la Trigésima Novena Disposición Complementaria Final de la Ley N° 30518, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2017, autoriza durante el Año Fiscal 2017, al Ministerio de la Producción, a través del Programa Nacional de Innovación para la Competitividad y Productividad, para efectuar transferencias fi nancieras a favor de entidades públicas del Gobierno Nacional, gobiernos regionales y gobiernos locales, y otorgar