Norma Legal Oficial del día 04 de abril del año 2017 (04/04/2017)


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NORMAS LEGALES

Martes 4 de abril de 2017 /

El Peruano

acción el Jefe de la Oficina General de Estadística y Tecnologías de la Información y Comunicaciones. Regístrese, comuníquese y publíquese. ALFONSO GRADOS CARRARO Ministro de Trabajo y Promoción del Empleo 1504821-1

Aprueban transferencia financiera del Programa "Trabaja Perú" a favor de diversos organismos ejecutores del sector público, en el marco de la Acción de Contingencia Excepcional (COEX) AC-86 - Segundo Grupo
RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 055-2017-TR Lima, 3 de abril de 2017 VISTOS: El Informe N° 082-2017-TP/DE/UGPYTOSCFATEP, de la Coordinación Funcional de Asistencia Técnica y Evaluación de Proyectos de la Unidad Gerencial de Proyectos, el Informe N° 302-2017-TP/DE/UGPPMECFPP, de la Coordinación Funcional de Planificación y Presupuesto de la Unidad Gerencial de Planificación, Presupuesto, Monitoreo y Evaluación, el Informe N° 1622017-TP/DE/UGAL, de la Unidad Gerencial de Asesoría Legal, el Oficio N° 382-2017-MTPE/3/24.1, del Director Ejecutivo del Programa para la Generación de Empleo Social Inclusivo "Trabaja Perú", el Oficio N° 114-2017MTPE/4/9 de la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto y el Informe N° 371-2017-MTPE/4/8, de la Oficina General de Asesoría Jurídica; y, CONSIDERANDO: Que, mediante Decreto Supremo N° 012-2011-TR, modificado por el Decreto Supremo Nº 004-2012-TR, se crea el Programa para la Generación de Empleo Social Inclusivo "Trabaja Perú", en adelante el Programa, con el objeto de generar empleo y promover el empleo sostenido y de calidad en la población desempleada y subempleada de las áreas urbanas y rurales, en condición de pobreza y pobreza extrema; Que, el artículo 2 del Manual de Operaciones del Programa aprobado mediante Resolución Ministerial Nº 226-2012-TR, y modificado por las Resoluciones Ministeriales Nº 215, Nº 234-2014-TR y Nº 027-2017TR, establece que dicho objetivo se cumple con el financiamiento de proyectos de infraestructura básica, social y económica, intensiva en mano de obra no calificada (MONC), así como actividades de intervención inmediata intensivas en mano de obra no calificada (MONC) ante la ocurrencia de desastres naturales y los peligros inminentes declarados según la norma de la materia; Que, asimismo, el artículo 7 del citado Manual establece como una de las modalidades de acceso al Programa a los proyectos No Concursables, los cuales serán seleccionados por un Comité Especial de acuerdo a los lineamientos que apruebe este Programa, en los que se establecerá el presupuesto, condiciones, procedimientos y plazos, siendo aplicable excepcionalmente a casos de infraestructura social y económica para mitigar los daños ocasionados por desastres naturales, crisis internacionales, entre otros; Que, el artículo 29 del referido Manual ha dispuesto que el proceso de ejecución de recursos y desembolsos se realizará en base al Presupuesto asignado al Programa, siendo una de las modalidades para hacerla efectiva, las transferencias financieras a organismos ejecutores; Que, el inciso iv) del literal a) del numeral 15.1 del artículo 15 de la Ley N° 30518, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2017, autoriza de manera excepcional, la realización de diversas transferencias

financieras entre entidades, las que incluyen a aquellas efectuadas por el Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo al Programa para la Generación de Empleo social Inclusivo "Trabaja Perú", estableciendo en el numeral 15.2 del citado artículo, que dichas transferencias deberán ser aprobadas mediante resolución del titular del pliego y publicadas en el Diario Oficial "El Peruano"; Que, mediante Resolución Directoral Nº 020-2017-TP/ DE se aprueba las "Modalidades de Acceso al Programa y Distribución Presupuestal 2017"; asimismo, a través de la Resolución Directoral N° 023-2017-TP/DE se aprueba los "Lineamientos de Intervención para Presentación de Proyectos en la Modalidad de Acción de Contingencia" y el "Manual de Procedimiento de Priorización de Proyectos de Acción de Contingencia"; Que, del mismo modo, con Resolución Directoral N° 028-2017-TP/DE, el Programa aprueba el financiamiento correspondiente al Aporte Total del Programa de ochenta (80) proyectos priorizados en el marco de la Acción de Contingencia Excepcional (COEX) AC-86, a favor de organismos públicos, por el importe de S/ 36 452 147, 68 (Treinta y Seis Millones Cuatrocientos Cincuenta y Dos Mil Ciento Cuarenta y Siete con 68/100 Soles); Que, posteriormente, con Informe N° 082-2017-TP/ DE/UGPYTOS-CFATEP, la Coordinación Funcional de Asistencia Técnica y Evaluación de Proyectos de la Unidad Gerencial de Proyectos, considera procedente la transferencia financiera para cuarenta y dos (42) proyectos, priorizados mediante la Resolución Directoral precedente, lo cual implica un Aporte Total del Programa para la ejecución de proyectos de inversión pública ascendente a S/ 18 432 405,98 (Dieciocho Millones Cuatrocientos Treinta y Dos Mil Cuatrocientos Cinco con 98/100 Soles), en el marco de la Acción de Contingencia Excepcional (COEX) AC-86 Segundo Grupo; Que, a través del Informe N° 302-2017-TP/ DE/UGPPME/CFPP, la Coordinación Funcional de Planificación y Presupuesto de la Unidad Gerencial de Planificación, Presupuesto, Monitoreo y Evaluación señala que los cuarenta y dos (42) proyectos antes descritos forman parte de la Certificación de Crédito Presupuestario - CCP N° 151-2017, por el monto de S/ 36 452 147, 68 (Treinta y Seis Millones Cuatrocientos Cincuenta y Dos Mil Ciento Cuarenta y Siete con 68/100 Soles), en el marco de la Acción de Contingencia Excepcional (COEX) AC-86, por lo que resulta procedente efectuar las transferencias financieras conforme a lo dispuesto en el inciso iv) del literal a) del numeral 15.1 y el numeral 15.2 del artículo 15 de la Ley N° 30518, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2017, encontrándose detallados dichos proyectos en el Anexo que forma parte integrante de la presente resolución ministerial; Que, mediante Informe N° 162-2017-TP/DE/UGAL, la Unidad Gerencial de Asesoría Legal del Programa considera procedente que se apruebe la transferencia financiera antes descrita; Que, del mismo modo, con Oficio N° 114-2017MTPE/4/9, la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto del Pliego, adjunta el Informe Técnico N° 239-2017-MTPE/4/9.2, de la Oficina de Presupuesto y el Informe Técnico N° 075-2017-MTPE/4/9.1, de la Oficina de Planeamiento e Inversiones, los cuales emiten opinión favorable y recomiendan continuar con el trámite de aprobación de la resolución ministerial solicitada; Que, en mérito a las consideraciones expuestas y los antecedentes que acompañan a la presente, la Oficina General de Asesoría Jurídica opina mediante Informe N° 371-2017-MTPE/4/8, sobre la procedencia de la emisión del acto de administración solicitado; Con las visaciones del Viceministerio de Promoción del Empleo y Capacitación Laboral, de la Dirección Ejecutiva, de la Unidad Gerencial de Asesoría Legal, de la Unidad Gerencial de Proyectos, de la Unidad Gerencial de Planificación, Presupuesto, Monitoreo y Evaluación del Programa para la Generación de Empleo Social Inclusivo "Trabaja Perú"; y de las Oficinas Generales de Planeamiento y Presupuesto, y de Asesoría Jurídica del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo; y,

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