Norma Legal Oficial del día 04 de abril del año 2017 (04/04/2017)


Si dese vizualizar el documento entero como pdf click aqui.

TEXTO DE LA PÁGINA 21

El Peruano / Martes 4 de abril de 2017

NORMAS LEGALES

21

nacional y sectorial de Promoción de la Salud, Prevención de Enfermedades, Recuperación y Rehabilitación en Salud, bajo su competencia, aplicable a todos los niveles de gobierno; así como dictar normas y lineamientos técnicos para la adecuada ejecución y supervisión de las políticas nacionales y sectoriales; Que, por Decreto Supremo N° 008-2017-SA, se aprobó el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Salud, estableciendo en su artículo 78 que la Dirección General de Salud Ambiental e Inocuidad Alimentaria-DIGESA, es el órgano de línea dependiente del Viceministerio de Salud Pública, constituye la Autoridad Nacional en Salud Ambiental e Inocuidad Alimentaria, responsable en el aspecto técnico normativo, vigilancia, supervigilancia de los factores de riesgos físicos, químicos y biológicos externos a la persona y fiscalización en materia de salud ambiental; Que, asimismo los literales a), c) y h) del artículo 79 del Reglamento antes referido, disponen que son funciones de la Dirección General en referencia, proponer políticas vinculadas a la salud ambiental e inocuidad alimentaria orientadas a la protección de la salud pública, y realizar su seguimiento y monitoreo; dirigir las acciones de vigilancia, supervigilancia y fiscalización en materia de Salud Ambiental e Inocuidad Alimentaria, conforme a la normativa vigente; asimismo, proponer y gestionar la suscripción de acuerdos, convenios u otros instrumentos con organismos nacionales e internacionales; así como la cooperación nacional e internacional, en materia de su competencia, en coordinación con los órganos competentes; Que, con Resolución Ministerial N° 523-2013/MINSA, se designó como Codirectores del proyecto "El Riego con Secas Intermitentes en el Cultivo de Arroz para el Control Vectorial de la Malaria y una Agricultura Más Sana y Sostenible: Escalamiento en el Valle de Jequetepeque", a los siguientes profesionales de la Dirección General de Salud Ambiental: Bióloga Carmen Elizabeth Cruz Gamboa, Bióloga María Elena Ogusuku Asato y Biólogo Elmer Quichiz Romero; Que, con Resolución Ministerial N° 721-2014/MINSA, se designó a la Ingeniera Agrónoma Marisa Renée Villagómez Izaguirre, como codirectora del Proyecto "El Riego con Secas Intermitentes en el Cultivo del Arroz para el Control Vectorial de la Malaria y una Agricultura Más Sana y Sostenible: Escalamiento en el Valle de Jequetepeque", en reemplazo de la Bióloga Carmen Elizabeth Cruz Gamboa; Que, mediante el documento del visto, la Dirección General de Salud Ambiental e Inocuidad Alimentaria ha propuesto la designación de la Bióloga Elena Ogusuku Asato, y la Bióloga Carmen Elizabeth Cruz Gamboa, como codirectoras del proyecto "El Riego con Secas Intermitentes en el Cultivo del Arroz para el Control Vectorial de la Malaria y una Agricultura Más Sana y Sostenible: Escalamiento en el Valle de Jequetepeque"; Estando a lo propuesto por la Dirección General de Salud Ambiental e Inocuidad Alimentaria; Que, mediante el Informe N° 021-2017-OGAJ/MINSA, la Oficina General de Asesoría Jurídica ha emitido la opinión legal correspondiente; Con el visado de la Directora General de la Dirección General de Salud Ambiental e Inocuidad Alimentaria, del Director General de la Oficina General de Asesoría Jurídica, y de la Viceministra de Salud Pública; De conformidad con el Decreto Legislativo N° 1161, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Salud, y el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Salud, aprobado por Decreto Supremo N° 008-2017-SA; SE RESUELVE: Artículo 1.- Designar a la Bióloga María Elena Ogusuku Asato, y a la Bióloga Carmen Elizabeth Cruz Gamboa, como codirectoras del proyecto "El Riego con Secas Intermitentes en el Cultivo del Arroz para el Control Vectorial de la Malaria y una Agricultura Más Sana y Sostenible: Escalamiento en el Valle de Jequetepeque".

Artículo 2.- Dejar sin efecto la Resolución Ministerial N° 523-2013/MINSA, así como la Resolución Ministerial N° 721-2014/MINSA. Artículo 3.- Encargar a la Oficina General de Comunicaciones la publicación de la presente Resolución Ministerial en la dirección electrónica http://www.minsa. gob.pe/transparencia/index.asp?op=115, del Portal Institucional del Ministerio de Salud. Regístrese, comuníquese y publíquese. PATRICIA J. GARCÍA FUNEGRA Ministra de Salud 1504883-1

Aprueban Guía Técnica para el correcto llenado del Certificado de Defunción
RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 214-2017/MINSA Lima, 3 de abril del 2017 Visto el Expediente N° 17-020707-001, que contiene el Informe N° 004-2017-AIA-OGEI-OGTI/MINSA, de la Oficina General de Tecnologías de la Información del Ministerio de Salud; CONSIDERANDO: Que, el artículo 31 de la Ley N° 26842, Ley General de Salud establece que es responsabilidad del médico tratante, del médico legista que practica la necropsia o del médico señalado por el establecimiento de salud en el que ocurre el fallecimiento de la persona, el extender debidamente el certificado de defunción correspondiente; Que, el artículo 4 del Decreto Legislativo N° 1161, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Salud, establece que el Sector Salud está conformado por el Ministerio de Salud, como organismo rector, las entidades adscritas a él y aquellas instituciones públicas y privadas de nivel nacional, regional y local, y personas naturales que realizan actividades vinculadas a las competencias establecidas en dicha Ley, y que tienen impacto directo o indirecto en la salud, individual o colectiva; Que, los literales a) y b) del artículo 5 de la precitada Ley disponen como funciones rectoras del Ministerio de Salud, el formular, planear, dirigir, coordinar, ejecutar, supervisar y evaluar la política nacional y sectorial de Promoción de la Salud, Prevención de Enfermedades, Recuperación y Rehabilitación en Salud, bajo su competencia, aplicable a todos los niveles de gobierno, así como dictar normas y lineamientos técnicos para la adecuada ejecución y supervisión de las políticas nacionales y sectoriales; Que, mediante Resolución Ministerial N° 2802016/MINSA, se aprobó la Directiva Administrativa N° 216-MINSA/OGTI-V.01: Directiva Administrativa que establece el Procedimiento para la Certificación de las Defunciones, con la finalidad de contribuir a mejorar la calidad, cobertura, oportunidad y disponibilidad de la información relacionada con las defunciones ocurridas a nivel nacional; Que, el artículo 52 del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Salud, aprobado por Decreto Supremo N° 008-2017-SA, establece que la Oficina General de Tecnologías de la Información es el órgano de apoyo del Ministerio de Salud, dependiente de la Secretaría General, responsable entre otros, de implementar el gobierno electrónico, planificar, implementar y gestionar los sistemas de información del Ministerio; así como administrar la información estadística científica en salud del Sector Salud; Que, mediante el documento del visto, la Oficina General de Tecnologías de la Información ha elaborado la propuesta de Guía Técnica para el correcto llenado del Certificado de Defunción, cuya finalidad es contribuir a mejorar la calidad de la información en el certificado defunción general y defunción fetal en el Perú;

Deseo borrar mis datos personales que aparecen en esta página.