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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 04 DE ABRIL DEL AÑO 2017 (04/04/2017)

CANTIDAD DE PAGINAS: 52

TEXTO PAGINA: 26

26 NORMAS LEGALES Martes 4 de abril de 2017 / El Peruano genera riesgo ni mayor impacto urbanístico. Estas son las siguientes: a. Las obras contempladas en los literales a), b), c), d), e) y f) del numeral 1 del artículo 10 de la Ley. b. Las obras contempladas en el literal e) del numeral 2 del artículo 10 de la Ley. Categoría 2.- Capacitado y acreditado para inspeccionar obras de habilitación urbana y de edi fi cación, y que su ejecución genera mediano impacto urbanístico y mediano riesgo. Son las obras contempladas en los literales a), b), c), d) y f) del numeral 2 del artículo 10 de la Ley. Categoría 3.- Capacitado y acreditado para inspeccionar obras de habilitación urbana y de edi fi cación, y que su ejecución genera gran impacto urbanístico y riesgo. Son las siguientes: a. Las obras contempladas en los literales a), b), c), d), e), f) y k) del numeral 3 del artículo 10 de la Ley. b. Las obras contempladas en los literales a), b) y c) del numeral 4 del artículo 10 de la Ley. Categoría 4.- Capacitado y acreditado para inspeccionar obras relacionadas a usos industriales, comerciales o de gran a fl uencia de público, los proyectos de inversión pública, de asociación público - privada o de concesión privada, así como, intervenciones en bienes inmuebles conformantes del patrimonio cultural de la nación previamente declarados. Son las siguientes: a. Las obras contempladas en los literales h) e i) del numeral 1 del artículo 10 de la Ley. b. Las obras contempladas en los literales g), h), i), j) y l) del numeral 3 del artículo 10 de la Ley. c. Las obras contempladas en los literales d), e), f), g) y h) del numeral 4 del artículo 10 de la Ley. Artículo 2.- Aprobar los montos máximos que deben cobrar las Municipalidades, Colegio de Arquitectos del Perú o el Colegio de Ingenieros del Perú, por cada visita de inspección correspondiente a la veri fi cación técnica Apruébese los montos máximos de las visitas de inspección correspondiente a la veri fi cación técnica que realiza el Inspector Municipal de Obra por cada categoría establecida en el artículo 1 de la presente resolución, a la modalidad de aprobación del proyecto y al análisis de costo respectivo, conforme al siguiente detalle: CATEGORÍAMONTO MÁXIMO POR VISITA DE INSPECCIÓN (UIT) 1 0.0322 0.0373 0.0424 0.088 Artículo 3.- Acciones a realizar por el Colegio de Arquitectos del Perú y el Colegio de Ingenieros del Perú. En un plazo máximo de 30 días, contados desde la entrada en vigencia de la presente resolución, el Colegio de Arquitectos del Perú y el Colegio de Ingenieros del Perú, deben aprobar e implementar mediante directiva interna los procedimientos de capacitación y certi fi cación de sus agremiados que lo soliciten. Regístrese, comuníquese y publíquese. EDMER TRUJILLO MORI Ministro de Vivienda, Construcción y Saneamiento 1504851-1ORGANISMOS EJECUTORES AGENCIA DE COMPRAS DE LAS FUERZAS ARMADAS Designan Jefe de la Oficina de Informática de la Agencia de Compras de las Fuerzas Armadas RESOLUCIÓN JEFATURAL Nº 055-2017-ACFFAA Lima, 3 de abril de 2017CONSIDERANDO:Que, el artículo 26 del Reglamento de Organización y Funciones de la Agencia de Compras de las Fuerzas Armadas establece que “ La O fi cina de Informática es el órgano de apoyo encargado de dirigir, sistematizar, integrar y supervisar el sistema de información de la Agencia, potenciando el uso e fi ciente de los recursos tecnológicos disponibles, de la seguridad de información y de los servicios de telecomunicaciones. La O fi cina de Informática depende directamente de la Secretaría General”; Que, estando vacante el cargo de libre designación o remoción de Jefe de la O fi cina de Informática de la Agencia de Compras de las Fuerzas Armadas resulta necesaria su designación; De conformidad a lo establecido en el Decreto Supremo Nº 004-2014-DE. SE RESUELVE:Artículo 1.- Designar al señor Vicente Raúl TAPIA DÍAZ, en el cargo de libre designación o remoción de Jefe de la O fi cina de Informática de la Agencia de Compras de las Fuerzas Armadas. Artículo 2.- Remitir copia de la presente Resolución al interesado. Artículo 3.- Disponer la publicación de la presente Resolución en el Diario O fi cial El Peruano y en el Portal Institucional de la Agencia de Compras de las Fuerzas Armadas (www.acffaa.gob.pe). Regístrese, comuníquese y publíquese.ROY MARVIN CARBAJAL TARAZONA Jefe de la Agencia de Compras de las Fuerzas Armadas 1504884-1 COMISION NACIONAL PARA EL DESARROLLO Y VIDA SIN DROGAS Designan Jefe de la Unidad de Desarrollo Institucional de la Oficina de Planeamiento y Presupuesto de DEVIDA RESOLUCIÓN DE PRESIDENCIA EJECUTIVA Nº 050-2017-DV-PE Lima, 3 de abril de 2017CONSIDERANDO:Que, por Decreto Supremo Nº 047-2014-PCM, publicado el 05 de julio de 2014, se aprobó el Reglamento de Organización y Funciones de la Comisión Nacional