Norma Legal Oficial del día 04 de abril del año 2017 (04/04/2017)


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TEXTO DE LA PÁGINA 23

El Peruano / Martes 4 de abril de 2017

NORMAS LEGALES

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(...) d. Los protocolos de interoperabilidad que el Ministerio de Salud apruebe en las normas complementarias respectivas en coordinación con la SEGDI-PCM. 6.- DICE: "Artículo 36.- De la interoperabilidad en el RENHICE El Ministerio de Salud en coordinación con la ONGEI determina los requisitos técnicos o tecnológicos que faciliten las disposiciones de intercambio de información, estándares técnicos probados, elaboración de guías, formatos que orientan a los establecimientos de salud y servicios médicos de apoyo para lograr la interoperabilidad semántica e interoperabilidad técnica en escenarios concretos de intercambio de información entre los sistemas de información de historias clínicas electrónicas, a efectos de procurar la compatibilización entre estos con los sistemas de gestión de la seguridad de la información en el ámbito del RENHICE, los cuales serán desarrolladas en una norma complementaria que el Ministerio de Salud apruebe." DEBE DECIR: Artículo 36.- De la interoperabilidad en el RENHICE El Ministerio de Salud en coordinación con la SEGDI determina los requisitos técnicos o tecnológicos que faciliten las disposiciones de intercambio de información, estándares técnicos probados, elaboración de guías, formatos que orientan a los establecimientos de salud y servicios médicos de apoyo para lograr la interoperabilidad semántica e interoperabilidad técnica en escenarios concretos de intercambio de información entre los sistemas de información de historias clínicas electrónicas, a efectos de procurar la compatibilización entre estos con los sistemas de gestión de la seguridad de la información en el ámbito del RENHICE, los cuales serán desarrolladas en una norma complementaria que el Ministerio de Salud apruebe. 1505043-1

Nacional de Presupuesto, aprobado por Decreto Supremo N° 304-2012-EF, establece que los Planes Operativos Institucionales reflejan las Metas Presupuestarias que se esperan alcanzar para cada año fiscal y constituyen instrumentos administrativos que contienen los procesos a desarrollar en el corto plazo, precisando las tareas necesarias para cumplir las Metas Presupuestarias establecidas para dicho período, así como la oportunidad de su ejecución, a nivel de cada dependencia orgánica; Que, en ese sentido, mediante Resolución Ministerial Nº 328-2016-TR de fecha 29 de diciembre de 2016, se aprueba el Plan Operativo Institucional - POI 2017 del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo; Que, mediante Informe Técnico Nº 077-2017MTPE/4/9.1, la Oficina de Planeamiento e Inversiones de la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto, emite opinión técnica favorable para la aprobación de la modificación de metas físicas del Plan Operativo Institucional - POI 2017, que han sido motivadas por los cambios sustanciales en los objetivos y campo presupuestal del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo, dado que se cuenta con el Plan Estratégico Institucional (PEI) 2017-2019 del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo, aprobado mediante Resolución Ministerial Nº 333-2016-TR; y, las Modificaciones Presupuestarias en el Nivel Institucional y en el Nivel Funcional Programático, respectivamente; Con las visaciones del Viceministerio de Promoción del Empleo y Capacitación Laboral, del Viceministerio de Trabajo, de la Secretaría General, de las Oficinas Generales de Asesoría Jurídica y de Planeamiento y Presupuesto; y, De conformidad con lo dispuesto en el numeral 8) del artículo 25 de la Ley Nº 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; el artículo 11 de la Ley Nº 29381, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo; el artículo 71 de Texto Único Ordenado de la Ley Nº 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto aprobado por Decreto Supremo N° 304-2012-EF; y el literal b) del artículo 7 del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo, aprobado por Decreto Supremo Nº 004-2014-TR; SE RESUELVE: Artículo 1.- De la modificación Aprobar la Modificación del Plan Operativo Institucional - POI 2017, aprobado mediante Resolución Ministerial Nº 328-2016-TR, conforme al Anexo Nº 01: Cuadro resumen de la modificación de metas físicas por meta presupuestaria, según categoría presupuestaria, a nivel de unidad ejecutora del MTPE, 2017; y al Anexo Nº 02: Matriz del Reporte del POI, que como anexos forman parte integrante de la presente resolución. Artículo 2.- Del cumplimiento Los Órganos, Unidades Orgánicas y Programas del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo, comprendidos en la modificación que se aprueba en el artículo 1 de la presente resolución, darán estricto cumplimiento, bajo responsabilidad al contenido del Plan Operativo Institucional - POI 2017 del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo modificado. Artículo 3.- Del seguimiento y monitoreo La Oficina General de Planeamiento y Presupuesto a través de la Oficina de Planeamiento e Inversiones, efectuará el seguimiento y monitoreo de la ejecución del Plan Operativo Institucional - POI 2017 del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo. Artículo 4.- De la publicación Publicar la presente Resolución Ministerial y los anexos a que se refiere el artículo 1 de la presente resolución, en la página web del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo (www.trabajo.gob.pe) y en el Portal del Estado Peruano (www.peru.gob.pe) siendo responsable de dicha

TRABAJO Y PROMOCION DEL EMPLEO
Aprueban modificación del Plan Operativo Institucional - POI 2017
RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 054-2017-TR Lima, 3 de abril de 2017 VISTOS: El Oficio Nº 115-2017-MTPE/4/9 de la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto; el Informe Técnico Nº 077-2017-MTPE/4/9.1 de la Oficina de Planeamiento e Inversiones de la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto y el Informe N° 375-2017MTPE/4/8, de la Oficina General de Asesoría Jurídica; y, CONSIDERANDO: Que, mediante Decreto Supremo Nº 034-82-PCM se establece que los organismos de la Administración Pública de nivel central formularán, aplicarán, evaluarán y actualizarán políticas de gestión institucional y planes operativos institucionales para orientar su gestión administrativa; Que, mediante Resolución Ministerial Nº 325-2016TR de fecha 27 de diciembre de 2016, se aprueba el Presupuesto Institucional de Apertura (PIA) del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo, correspondiente al año 2017; Que, el numeral 71.3 del artículo 71 del Texto Único Ordenado de la Ley N° 28411, Ley General del Sistema

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