Norma Legal Oficial del día 04 de abril del año 2017 (04/04/2017)


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TEXTO DE LA PÁGINA 14

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NORMAS LEGALES

Martes 4 de abril de 2017 /

El Peruano

subvenciones a favor de los beneficiarios definidos en el marco de las normas que regulan los fondos que administra el citado Programa, y con cargo a su presupuesto, con la finalidad de contribuir al incremento de la productividad, a través del impulso al desarrollo productivo y del emprendimiento y la innovación; precisando que dichas transferencias financieras y las subvenciones mencionadas se aprueban mediante resolución del titular del pliego Ministerio de la Producción, previa suscripción de convenio o contrato de recursos no reembolsables, según corresponda, debiéndose contar con el Informe favorable previo de la oficina de presupuesto o la que haga sus veces; precisando que dicha Resolución Ministerial se publica en el diario oficial El Peruano; Que, la Disposición Complementaria Final a que se refiere el considerando precedente, dispone que el Ministerio de la Producción es responsable del monitoreo, seguimiento y cumplimiento de los fines y metas para los cuales fueron entregados los recursos públicos; los cuales, bajo responsabilidad, deben ser destinados solo a los fines para los cuales se autoriza su transferencia u otorgamiento, según corresponda; asimismo, el Ministerio de la Producción, mediante resolución de su titular, debe establecer los mecanismos para la rendición de cuentas de los recursos otorgados mediante subvenciones a las personas naturales y personas jurídicas privadas, así como para la evaluación por parte del Ministerio de la Producción de los resultados alcanzados y los beneficios generados por el otorgamiento de las subvenciones autorizadas en el marco de lo precedentemente señalado; Que, con Oficio N° 118-2017-PRODUCE/INNÓVATE PERÚ.CE el Coordinador Ejecutivo del Programa Nacional de Innovación para la Competitividad y Productividad - PNICP, remite al Director General de la Oficina General de Planeamiento, Presupuesto y Modernización, el Informe N° 023-2017-PRODUCE/ INNÓVATEPERÚ/UPEG, el cual hace suyo y señala la necesidad del otorgamiento de subvenciones a personas naturales y jurídicas privadas, hasta por la suma de UN MILLÓN NOVECIENTOS OCHENTA Y TRES MIL CIENTO SESENTA Y CUATRO Y 27/100 SOLES (S/ 1 983 164,27), en las fuentes de financiamiento 1: Recursos Ordinarios hasta por la suma de S/ 1 526 550,65, y 3: Recursos por Operaciones Oficiales de Crédito hasta por la suma de S/ 456 613,62; destinadas a cofinanciar la ejecución de los instrumentos "Proyectos de Innovación de Empresas Individuales"; "Proyecto de Innovación Tecnológica de Alto Impacto"; "Fortalecimiento de Incubadoras"; "Emprendedores Innovadores"; "Emprendimientos Dinámicos y de Alto Impacto"; "Proyectos de Investigación Aplicada"; "Proyectos de Investigación Básica"; "Proyectos de Agendas de Innovación Tecnológicas"; todos en ámbito del Contrato de Préstamo N° 2693/OC-PE; y conforme se detalla en el Anexo Único que forma parte integrante de la presente Resolución, en el marco de lo dispuesto por la Trigésima Novena Disposición Complementaria Final de la Ley N° 30518; contándose con los convenios y contratos suscritos, según corresponda; Que, por Memorando N° 305-2017-PRODUCE/ OGPPM, el Director General de la Oficina General de Planeamiento, Presupuesto y Modernización hace suyo el Informe N° 148-2017-PRODUCE/OGPPMOP de la Oficina de Presupuesto, por el cual se emite opinión favorable en materia presupuestaria y propone el proyecto de Resolución Ministerial que autoriza el otorgamiento de subvenciones a personas naturales y jurídicas privadas hasta por la suma de UN MILLÓN NOVECIENTOS OCHENTA Y TRES MIL CIENTO SESENTA Y CUATRO Y 27/100 SOLES (S/ 1 983 164,27) del Pliego 038: Ministerio de la Producción, Unidad Ejecutora 004: Programa Nacional de Innovación para la Competitividad y Productividad, preciándose que la suma de S/ 1 526 550,65, corresponde a la fuente de financiamiento 1: Recursos Ordinarios; y la suma de S/ 456 613,62, corresponde a la fuente de financiamiento 3: Recursos por Operaciones Oficiales de Crédito; conforme se detalla en el Anexo Único que forma parte integrante de la presente Resolución, destinadas a

cofinanciar la ejecución de los instrumentos indicados en el considerando precedente, en el marco del Contrato de Préstamo N° 2693/OC-PE y de lo dispuesto por la Trigésima Novena Disposición Complementaria Final de la Ley N° 30518; contándose con los convenios y contratos suscritos, según corresponda; De conformidad con lo dispuesto en la Ley N° 30518, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2017; el Texto Único Ordenado de la Ley N° 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, aprobado por Decreto Supremo N° 3042012-EF; el Decreto Legislativo N° 1047, que aprueba la Ley de Organización y Funciones del Ministerio de la Producción y modificatorias; y su Reglamento de Organización y Funciones aprobado por Decreto Supremo N° 002-2017-PRODUCE; SE RESUELVE: Artículo 1.- Autorización para el otorgamiento de Subvenciones Autorizar el otorgamiento de subvenciones a favor de personas naturales y jurídicas privadas, para el cofinanciamiento de la ejecución de los proyectos señalados en el Anexo Único que forma parte integrante de la presente Resolución Ministerial con cargo a la Unidad Ejecutora 004: Programa Nacional de Innovación para la Competitividad y Productividad - PNICP del Pliego 038: Ministerio de la Producción, hasta por la suma de UN MILLÓN NOVECIENTOS OCHENTA Y TRES MIL CIENTO SESENTA Y CUATRO Y 27/100 SOLES (S/ 1 983 164,27), en las fuentes de financiamiento 1: Recursos Ordinarios hasta por la suma de S/ 1 526 550,65; y 3: Recursos por Operaciones Oficiales de Crédito hasta por la suma de S/ 456 613,62, destinadas a cofinanciar la ejecución de los instrumentos a que se refiere la parte considerativa de la presente Resolución, en el marco de lo dispuesto en el Contrato de Préstamo N° 2693/OC-PE y en la Trigésima Novena Disposición Complementaria Final de la Ley N° 30518, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2017 Artículo 2.- Monitoreo La Unidad Ejecutora 004: Programa Nacional de Innovación para la Competitividad y Productividad PNICP, es responsable del monitoreo, seguimiento y cumplimiento de los fines y metas para lo cual se realiza el otorgamiento de las referidas subvenciones, en el marco de lo dispuesto por la Trigésima Novena Disposición Complementaria Final de la Ley N° 30518, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2017. Artículo 3.- Acciones Administrativas La Oficina General de Administración o la que haga las veces en la Unidad Ejecutora 004: Programa Nacional de Innovación para la Competitividad y Productividad - PNICP del Pliego 038: Ministerio de la Producción, efectúa las acciones administrativas que correspondan para el cumplimiento de lo dispuesto en la presente Resolución Ministerial. Artículo 4.- Notificación Notificar la presente Resolución Ministerial a la Oficina General de Planeamiento, Presupuesto y Modernización del Ministerio de la Producción, así como, a la Coordinación Ejecutiva del Programa Nacional de Innovación para la Competitividad y Productividad, para conocimiento y fines pertinentes. Artículo 5.- Publicación Disponer que el Anexo Único a que se refiere el artículo 1 de la presente Resolución Ministerial se publique en el Portal Institucional del Ministerio de la Producción (www.produce.gob.pe), para los fines pertinentes. Regístrese, comuníquese y publíquese. BRUNO GIUFFRA MONTEVERDE Ministro de la Producción

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