Norma Legal Oficial del día 04 de abril del año 2017 (04/04/2017)


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TEXTO DE LA PÁGINA 12

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SE RESUELVE:

NORMAS LEGALES

Martes 4 de abril de 2017 /

El Peruano

Artículo Único.- Modificar el artículo 1 de la Resolución Ministerial N° 101-2017-MIMP de fecha 27 de marzo de 2017, de acuerdo al siguiente texto: "Artículo 1.- Publicación del Proyecto de Reglamento. Dispóngase la publicación del proyecto de Reglamento de la Ley Nº 30490, Ley de la Persona Adulta Mayor y la exposición de motivos de la referida propuesta normativa en el Portal Institucional del Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables (www.mimp.gob.pe), para recibir las opiniones, comentarios y/o sugerencias de la ciudadanía, por un plazo de quince (15) días hábiles, contados desde la publicación de la presente Resolución Ministerial." Regístrese, comuníquese y publíquese.

de una norma legal de carácter general, resulta necesario disponer la prepublicación del referido proyecto, a efectos de permitir que las personas interesadas formulen comentarios sobre las medidas propuestas; Con las visaciones del Despacho Viceministerial de Poblaciones Vulnerables, de la Presidencia del Consejo Nacional para la Integración de la Persona con Discapacidad, de la Secretaría General y de la Oficina General de Asesoría Jurídica; De conformidad con la Ley Nº 29973, Ley General de la Persona con Discapacidad; su Reglamento aprobado por Decreto Supremo N° 002-2014-MIMP; el Decreto Legislativo Nº 1098, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables, su Reglamento de Organización y Funciones, aprobado por Decreto Supremo Nº 003-2012-MIMP y modificatorias; y el Decreto Supremo Nº 001-2009-JUS; SE RESUELVE:

ANA MARÍA ROMERO-LOZADA LAUEZZARI Ministra de la Mujer y Poblaciones Vulnerables 1505039-1

Disponen la prepublicación en el portal institucional del Ministerio del Proyecto de Decreto Supremo que modifica el literal c) del artículo 75 del Reglamento de la Ley N° 29973, Ley General de la Persona con Discapacidad
RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 109-2017-MIMP Lima, 3 de abril de 2017 Vistos, la Nota Nº 233-2016-CONADIS/PRE de la Presidencia del Consejo Nacional para la Integración de la Persona con Discapacidad - CONADIS y Memorando N° 191-2017-MIMP/OGRH de la Oficina General de Recursos Humanos del Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables; CONSIDERANDO: Que, la Ley Nº 29973, Ley General de la Persona con Discapacidad, se aprobó con la finalidad de establecer el marco legal para la promoción, protección y realización, en condiciones de igualdad, de los derechos de la persona con discapacidad, promoviendo su desarrollo e inclusión plena y efectiva en la vida política, económica, social, cultural y tecnológica; Que, la Décima Tercera Disposición Complementaria Final de la Ley Nº 29973 faculta al Poder Ejecutivo a llevar a cabo la reglamentación de la citada Ley; Que, mediante Decreto Supremo N° 002-2014-MIMP, se aprobó el Reglamento de la Ley N° 29973, Ley General de la Persona con Discapacidad; Que, mediante la Nota de vistos la Presidencia del Consejo Nacional para la Integración de la Persona con Discapacidad ha remitido el proyecto de Decreto Supremo que modifica el literal c) del artículo 75 del Reglamento de la Ley Nº 29973, Ley General de la Persona con Discapacidad, aprobado por Decreto Supremo N° 0022014-MIMP; Que, el artículo 14 del Decreto Supremo N° 001-2009JUS, "Reglamento que establece disposiciones relativas a la publicidad, publicación de Proyectos Normativos y difusión de Normas Legales de Carácter General", establece que las entidades públicas dispondrán la publicación de los proyectos de normas de carácter general que sean de su competencia en el Diario Oficial El Peruano, en sus Portales Electrónicos o mediante cualquier otro medio, en un plazo no menor de treinta (30) días antes de la fecha prevista para su entrada en vigencia, salvo casos excepcionales, razón por la cual, atendiendo a la relevancia del contenido del proyecto normativo y la materia que pretende reglamentar y siendo que se trata

Artículo 1.- Prepublicación Disponer la prepublicación en el portal institucional del Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables - MIMP (www.mimp.gob.pe) del Proyecto de Decreto Supremo que modifica el literal c) del artículo 75 del Reglamento de la Ley Nº 29973, Ley General de la Persona con Discapacidad, aprobado por Decreto Supremo N° 002-2014-MIMP, durante el plazo de treinta (30) días calendario, para conocimiento y sugerencias por parte de las entidades públicas y privadas, organizaciones de la sociedad civil, así como de las personas naturales interesadas. Las propuestas y opiniones serán remitidas al siguiente correo electrónico: aportes@conadisperu. gob.pe. Artículo 2.- Evaluación y consolidación La Secretaría General del Consejo Nacional para la Integración de la Persona con Discapacidad - CONADIS queda encargada de recibir, procesar, evaluar y consolidar, las diversas propuestas y opiniones que se reciban acerca del Proyecto de Decreto Supremo que aprueba la modificación al Reglamento prepublicado, para posteriormente elaborar el texto definitivo del mismo. Regístrese, comuníquese y publíquese. ANA MARÍA ROMERO-LOZADA LAUEZZARI Ministra de la Mujer y Poblaciones Vulnerables 1505038-1

Disponen la prepublicación en el portal institucional del Ministerio del Proyecto de Decreto Supremo que aprueba el Procedimiento para la selección de la terna de postulantes a la Presidencia del CONADIS
RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 110-2017-MIMP Lima, 3 de abril de 2017 Vistos, las Notas Nº 003 y 032-2017-CONADIS/ PRE de la Presidencia del Consejo Nacional para la Integración de la Persona con Discapacidad - CONADIS y el Memorando N° 193-2017-MIMP/OGRH de la Oficina General de Recursos Humanos del Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables; CONSIDERANDO: Que, el artículo 63 de la Ley Nº 29973, Ley General de la Persona con Discapacidad, establece que el Consejo Nacional para la Integración de la Persona con Discapacidad - CONADIS, es el órgano especializado en cuestiones relativas a la discapacidad y está constituido como un organismo público ejecutor adscrito al Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables, con autonomía

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