Norma Legal Oficial del día 12 de abril del año 2017 (12/04/2017)


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TEXTO DE LA PÁGINA 9

El Peruano / Miércoles 12 de abril de 2017

NORMAS LEGALES

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Artículo 2.- ENCARGAR al señor Prescilio Alejandro Mamani Eugenio, el cargo de Director de la Dirección Zonal Arequipa del Programa de Desarrollo Productivo Agrario Rural ­ AGRO RURAL, del Ministerio de Agricultura y Riego, quien ejercerá dicha función en adición a su cargo de Director de la Dirección Zonal de Moquegua, mientras se designe al titular de la Dirección Zonal de Arequipa. Artículo 3.- DISPONER la publicación de la presente resolución en el Diario Oficial El Peruano y en el Portal Electrónico del Programa de Desarrollo Productivo Agrario Rural ­ AGRO RURAL (www.agrorural.gob.pe). Regístrese, comuníquese y publíquese. ALBERTO JOO CHANG Director Ejecutivo Programa de Desarrollo Productivo Agrario Rural - Agro Rural 1508338-1

Aprueban los "Lineamientos para la elaboración del calendario regional de captura comercial"
RESOLUCIÓN DE DIRECCIÓN EJECUTIVA Nº 086-2017-SERFOR/DE Lima, 11 de abril de 2017 VISTOS: El Informe Técnico N° 143-2016-SERFOR/DGPCFFSDPR de fecha 16 de setiembre de 2016 y el Informe Técnico N° 004-2017-SERFOR/DGPCFFS-DPR de fecha 26 de enero de 2017 emitidos por la Dirección de Política y Regulación de la Dirección General de Política y Competitividad Forestal y de Fauna Silvestre; y el Informe Legal N° 052-2017-SERFOR/OGAJ de fecha 31 de marzo de 2017 de la Oficina General de Asesoría Jurídica; y; CONSIDERANDO: Que, el artículo 13 de la Ley Nº 29763, Ley Forestal y de Fauna Silvestre, creó el Servicio Nacional Forestal y de Fauna Silvestre - SERFOR, como organismo público técnico especializado, con personería jurídica de derecho público interno, como pliego presupuestal adscrito al Ministerio de Agricultura y Riego; Que, el artículo 14 de la referida Ley, establece que una de las funciones del SERFOR, es la de emitir y proponer normas y lineamientos de aplicación nacional, relacionados con la gestión, administración y uso sostenible de los recursos forestales y de fauna silvestre; Que, asimismo el artículo 103 de la Ley en mención refiere, que la caza o captura con fines comerciales es la que se practica en áreas autorizadas para obtener un beneficio económico, debiendo contarse con la respectiva licencia, autorización o contrato y está sujeta al pago de los derechos correspondientes; para lo cual cada Autoridad Regional Forestal y de Fauna Silvestre ARFFS elabora y aprueba el calendario regional de caza comercial, de acuerdo a la especie distribución, cantidad y valor comercial; Que, en concordancia con lo señalado, el artículo 82 del Reglamento para la Gestión de Fauna Silvestre aprobado por Decreto Supremo N° 019-2015 MINAGRI, prescribe que los calendarios regionales de captura comercial, cuya vigencia es de dos años como máximo, contienen las cuotas o cantidades establecidas por temporada y ámbito geográfico, épocas de captura, el monto de derecho de aprovechamiento por espécimen, los sistemas de identificación individual en los casos que corresponda y definen los métodos de captura legalmente permitidos; asimismo precisa que las especies amenazadas no son susceptibles de captura con fines comerciales, y establece consideraciones respecto a las especies categorizadas como Casi Amenazado o como Datos Insuficientes y para las que se encuentren incluidas en el Apéndice II o III de la Convención sobre el Comercio

Internacional de Especies Amenazadas de Fauna y Flora Silvestres - CITES; a efectos de ser incluidas en los calendarios regionales de captura comercial; Que, por otro lado mediante Resolución de Dirección Ejecutiva N° 223-2016-SERFOR/DE de fecha 30 de setiembre del 2016, se dispuso la prepublicación de los "Lineamientos para la elaboración del calendario regional de captura comercial", con el propósito de recibir comentarios y/o aportes a las disposiciones contenidas en dicho proyecto normativo por un plazo de quince (15) días hábiles; y que ello coadyuve a optimizar su aplicación y alcance; Que, en ese sentido y mediante los documentos de Vistos, la Dirección General de Política y Competitividad Forestal y de Fauna Silvestre, sustenta la propuesta normativa denominada "Lineamientos para la elaboración del calendario regional de captura comercial", recomendando por tanto su aprobación y recogiendo de esta manera, los comentarios y/o aportes considerados pertinentes como consecuencia del proceso de participación ciudadana y de la evaluación correspondiente dispuesto mediante Resolución de Dirección Ejecutiva N° 223-2016-SERFOR/DE; Que, conforme a lo previsto en el artículo 14 del Reglamento para la Gestión Forestal aprobado por Decreto Supremo N° 018-2015-MINAGRI, la Dirección Ejecutiva del SERFOR es la máxima autoridad ejecutiva institucional; asimismo, las normas expedidas por el SERFOR, son aprobadas por dicha instancia mediante Resolución de Dirección Ejecutiva; Estando a lo opinado por la Oficina General de Asesoría Jurídica, y con el visado del Director de la Dirección de Política y Regulación; del Director General de la Dirección General de Política y Competitividad Forestal y de Fauna Silvestre y de la Directora General (e) de la Oficina General de Asesoría Jurídica del Servicio Nacional Forestal y de Fauna Silvestre, y; De conformidad con la Ley Nº 29763, Ley Forestal y de Fauna Silvestre, y su Reglamento aprobado por Decreto Supremo N° 019-2015-MINAGRI, así como el Reglamento de Organización y Funciones del SERFOR aprobado mediante Decreto Supremo N° 007-2013-MINAGRI, modificado por Decreto Supremo N° 016-2014-MINAGRI. SE RESUELVE: Artículo 1.- Aprobar los "Lineamientos para la elaboración del calendario regional de captura comercial", que como anexo forma parte integrante de la presente Resolución. Artículo 2.- Disponer la publicación de la presente Resolución en el Diario Oficial El Peruano. La referida Resolución y los Lineamientos serán publicados en el Portal Institucional del Servicio Nacional Forestal y de Fauna Silvestre (www.serfor.gob.pe). Regístrese, comuníquese y publíquese. JOHN LEIGH VETTER Director Ejecutivo (e) Servicio Nacional Forestal y de Fauna Silvestre 1508284-1

EDUCACION
Modifican la Norma Técnica denominada "Normas para la contratación administrativa de servicios del personal para las intervenciones pedagógicas en el marco de los Programas Presupuestales 0090, 0091 y 0106, para el año 2017"
RESOLUCIÓN DE SECRETARÍA GENERAL Nº 094-2017-MINEDU Lima, 10 de abril de 2017

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