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10 NORMAS LEGALES Miércoles 12 de abril de 2017 / El Peruano VISTOS, el Expediente N° 0029634-2017, el Informe N° 016-2017-MINEDU/ VMGP/DIGEBR-DES-SR de la Dirección de Educación Secundaria de la Dirección General de Educación Básica Regular, el Informe N° 224-2017-MINEDU/SG-OGAJ de la O fi cina General de Asesoría Jurídica, y; CONSIDERANDO:Que, el artículo 79 de la Ley Nº 28044, Ley General de Educación, establece que el Ministerio de Educación es el órgano del Gobierno Nacional que tiene por fi nalidad de fi nir, dirigir y articular la política de educación, cultura, recreación y deporte, en concordancia con la política general del Estado; Que, el literal h) del artículo 80 de la referida Ley, establece que es función del Ministerio de Educación defi nir las políticas sectoriales de personal, programas de mejoramiento del personal directivo, docente y administrativo del sector e implementar la carrera pública magisterial; Que, mediante Resolución de Secretaría General N° 016-2017-MINEDU se aprobó la Norma Técnica denominada “Normas para la contratación administrativa de servicios del personal para las intervenciones pedagógicas en el marco de los Programas Presupuestales 0090, 0091 y 0106, para el año 2017”, la cual tiene por objeto, orientar la adecuada y oportuna implementación del proceso de contratación administrativa de servicios; brindar los per fi les y características de los puestos que serán contratados en dicho proceso; y coadyuvar a garantizar que la selección del personal que prestará servicios bajo dicho régimen se desarrolle de manera transparente y en igualdad de oportunidades; Que, a través del O fi cio N° 375-2017-MINEDU/VMGP- DIGEBR, la Directora General de la Dirección General de Educación Básica Regular remitió al Despacho Viceministerial de Gestión Pedagógica el Informe N° 016-2017-MINEDU/VMGP/DIGEBR-DES-SR de la Dirección de Educación Secundaria, mediante el cual sustentan la necesidad de modi fi car la precitada Norma Técnica, a fi n de efectuar precisiones en el sub numeral 7.1.3 del numeral 7.1 y en los Anexos 1.21, 1.22 y 1.23, respecto al procedimiento en caso se declare desierto el proceso de contratación de personal, así como, en la actividad del programa presupuestal donde corresponde contratar a los acompañantes pedagógicos y sociales comunitarios del Soporte Pedagógico para la Secundaria Rural, respectivamente; Que, de acuerdo al literal g) del artículo 2 de la Resolución Ministerial Nº 002-2017-MINEDU, la Ministra de Educación delega en el Secretario General del Ministerio de Educación, durante el Año Fiscal 2017, entre otras facultades y atribuciones, la de emitir los actos resolutivos que aprueban, modi fi can o dejan sin efecto los Documentos Normativos en el ámbito de competencia del despacho ministerial; De conformidad con el Decreto Ley Nº 25762, Ley Orgánica del Ministerio de Educación, modi fi cado por la Ley Nº 26510; el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Educación, aprobado con Decreto Supremo Nº 001-2015-MINEDU; y en virtud a las facultades delegadas mediante Resolución Ministerial N° 002-2017-MINEDU; SE RESUELVE:Artículo Único.- Modi fi car el sub numeral 7.1.3 del numeral 7.1 y los Anexos 1.21, 1.22 y 1.23 de la Norma Técnica denominada “Normas para la contratación administrativa de servicios del personal para las intervenciones pedagógicas en el marco de los Programas Presupuestales 0090, 0091 y 0106, para el año 2017”, aprobada por Resolución de Secretaría General N° 016-2017-MINEDU, los mismos que quedarán redactados de la siguiente manera: “7.1 CONVOCATORIA (…) 7.1.3. Si realizada al menos la primera convocatoria, se declara desierto el proceso de contratación, los responsables de la contratación podrán solicitar a las direcciones del Minedu responsables de las intervenciones, la aprobación de un nuevo per fi l exclusivamente para dicho proceso, adjuntando la propuesta de per fi l y el sustento respectivo. Para llevarlo a cabo, se deberá ingresar la mencionada solicitud, a través de mesa de partes del Minedu, a la Dirección responsable de la intervención para su aprobación, la misma que tendrá hasta siete (07) días hábiles para emitir una respuesta.” “ ANEXO 1.21 PP 0090 – PELA ACTIVIDAD 5005637 INTERVENCIÓN Soporte Pedagógico para la Secundaria RuralDEPENDENCIA Director de Gestión Pedagógica NOMBRE DEL PUESTOAcompañante Pedagógico de Comunicación SPSR (…) ” “ ANEXO 1.22 PP 0090 – PELAACTIVIDAD 5005637 INTERVENCIÓN Soporte Pedagógico para la Secundaria Rural DEPENDENCIA Director(a) de Gestión Pedagógica NOMBRE DEL PUESTOAcompañante Pedagógico de Matemática SPSR (…) ” “ ANEXO 1.23 PP 0090 – PELA ACTIVIDAD 5005637 INTERVENCIÓN Soporte Pedagógico para la Secundaria Rural DEPENDENCIA Director(a) de Gestión Pedagógica NOMBRE DEL PUESTOAcompañante Social Comunitario SPSR (…) ” Regístrese, comuníquese y publíquese.JOSÉ CARLOS CHÁVEZ CUENTAS Secretario General 1508058-1 MUJER Y POBLACIONES VULNERABLES Designan Presidente del Directorio de la Sociedad de Beneficencia Pública de Palpa RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 117-2017-MIMP Lima, 10 de abril de 2017 Vistos, la Nota Nº 57-2017-MIMP/DVMPV del Despacho Viceministerial de Poblaciones Vulnerables, el Informe Nº 025-2017-MIMP/DGFC-DIBP de la Dirección de Bene fi cencias Públicas y el Informe Nº 057-2017- MIMP/OGRH de la O fi cina General de Recursos Humanos del Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables; CONSIDERANDO: Que, mediante Resolución Ministerial Nº 201-2013- MIMP, entre otras acciones, se designó al señor Daniel