Norma Legal Oficial del día 19 de abril del año 2017 (19/04/2017)


Si dese vizualizar el documento entero como pdf click aqui.

TEXTO DE LA PÁGINA 28

28

NORMAS LEGALES

Miércoles 19 de abril de 2017 /

El Peruano

resultan en productos (APNOP), debe considerarse su incorporación de acuerdo con las prioridades de salud establecidas en el Plan de Beneficios del SIS, así como acorde a la programación de actividades articuladas al Plan Operativo Institucional de cada Unidad Ejecutora y en el marco de la normatividad vigente; Con el visto de la Secretaria General, del Gerente (e) de la Gerencia de Negocios y Financiamiento, de la Gerente de la Gerencia de Riesgo y Evaluación de las Prestaciones, la Directora (e) General de la Oficina General de Planeamiento, Presupuesto y Desarrollo Organizacional y de la Directora General de la Oficina General de Asesoría Jurídica; y, De conformidad con lo establecido en el numeral 15.2 del artículo 15° de la Ley N° 30518, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2017, y de acuerdo a lo dispuesto en el numeral 11.8 del artículo 11º del Reglamento de Organización y Funciones del Seguro Integral de Salud, aprobado por Decreto Supremo Nº 0112011-SA modificado por Decreto Supremo N° 002-2016SA. SE RESUELVE: Artículo 1.- Aprobar la transferencia de la Unidad Ejecutora 001 Seguro Integral de Salud - SIS por la suma total de CUATRO MILLONES QUINIENTOS MIL CON 00/100 SOLES (S/ 4 500 000,00) con cargo a la Fuente de Financiamiento 00: Recursos Ordinarios, correspondiente al Tramo Fijo 2017, a favor de las Unidades Ejecutoras del sector salud del Gobierno Regional de Pasco en el marco del Convenio para el Financiamiento de los Servicios o Prestaciones de Salud en el Primer Nivel de Atención, suscrito con el Seguro Integral de Salud, de acuerdo al Anexo que forma parte integrante de la presente Resolución Jefatural. Artículo 2.- Disponer que el importe total señalado en el artículo 1 de la presente Resolución Jefatural debe ser utilizado, en primer lugar, para la emisión de la Certificación de Crédito Presupuestario que garantice el financiamiento de las Compras Corporativas Sectoriales de Productos Farmacéuticos para el abastecimiento del 2017 y 2018, a cargo del Centro Nacional de Abastecimiento en Recursos Estratégicos de Salud ­ CENARES, procesos en los que las Unidades Ejecutoras respectivas se encuentran participando, conforme a los vigentes Convenios suscritos con la Unidad Ejecutora 001 Seguro Integral de Salud ­ SIS. Artículo 3.- El Titular del Pliego, mediante Resolución, aprueba la desagregación de los recursos autorizados en la presente norma, en el nivel funcional programático, respetando los montos asignados en las categorías presupuestarias, dentro de los diez (10) días calendarios de la publicación de la presente Resolución. La Resolución debe ser publicada dentro de los cinco (5) días de aprobada en la respectiva página web del Pliego. Con relación a las asignaciones presupuestarias que no resultan en productos (APNOP), debe considerarse su incorporación de acuerdo con las prioridades de salud establecidas en el Plan de Beneficios del Seguro Integral de Salud - SIS, así como acorde a la programación de actividades articuladas al Plan Operativo Institucional de cada Unidad Ejecutora y en el marco de la normatividad vigente. Artículo 4.- Quedan exoneradas de lo dispuesto en el artículo 2 de la presente Resolución Jefatural aquellas Unidades Ejecutoras que, a la fecha de la presente publicación, hayan cubierto las mencionadas compras corporativas con la respectiva certificación del crédito presupuestario o cuenten con otras fuentes de financiamiento que garanticen la certificación de crédito presupuestario para dichos procesos. Artículo 5.- Encargar a la Gerencia de Negocios y Financiamiento la publicación del reporte que detalle la transferencia descrita en el Anexo de la presente Resolución Jefatural a través del Portal Institucional del Seguro Integral de Salud - SIS, http://www.sis.gob.pe/ ipresspublicas/transferencias.html, Artículo 6.- Encargar a la Secretaría General la publicación de la presente Resolución en el Diario Oficial "El Peruano", así como publicar en el Portal Institucional

http://www.sis.gob.pe/Portal/paginas/normas.html el texto de la presente Resolución Jefatural y su Anexo. Regístrese, comuníquese y publíquese. EDMUNDO PABLO BETETA OBREROS Jefe del Seguro Integral de Salud 1509796-1

ORGANISMOS TECNICOS ESPECIALIZADOS

ORGANISMO SUPERVISOR DE LAS CONTRATACIONES DEL ESTADO
Eligen Presidente del Contrataciones del Estado Tribunal de

ACUERDO DE SALA PLENA N° 2-2017/TCE ACUERDO Nº 02-2017/TCE 03.04.2017

En la SESIÓN No. 2/2017 de fecha 03 de abril de 2017, los Vocales integrantes del Tribunal de Contrataciones del Estado, aprobaron por unanimidad lo siguiente: ACUERDO DE SALA PLENA REFERIDO A IMPLEMENTACIÓN DE LO DISPUESTO POR LA OCTAVA DISPOSICIÓN COMPLEMENTARIA FINAL DEL REGLAMENTO APROBADO POR EL DECRETO SUPREMO N° 350-2015-EF MODIFICADO POR EL DECRETO SUPREMO N° 056-2017-EF ACUERDO Nº 02/2017 03.04.2017 Concluido el debate, llevada a cabo la votación correspondiente y realizada la lectura de la propuesta de Acuerdo de Sala Plena, por la Secretaria del Tribunal, los Vocales del Tribunal de Contrataciones del Estado acordaron, por unanimidad, proceder con la implementación inmediata de lo dispuesto en la Octava Disposición Complementaria Final del Reglamento, modificada por el Decreto Supremo N° 056-2017-EF; por tanto, aprobaron: Elegir al señor Vocal Víctor Manuel Villanueva Sandoval como Presidente del Tribunal de Contrataciones del Estado, por el periodo de un (01) año, con efectividad a la fecha de suscripción del presente Acuerdo. VÍCTOR VILLANUEVA SANDOVAL MARIO F. ARTEAGA ZEGARRA J. ANTONIO CORRALES GONZALES OTTO EGÚSQUIZA ROCA VIOLETA LUCERO FERREYRA CORAL GLADYS CECILIA GIL CANDIA JORGE LUIS HERRERA GUERRA HÉCTOR MARÍN INGA HUAMÁN PETER PALOMINO FIGUEROA MARÍA ROJAS DE GUERRA PAOLA SAAVEDRA ALBURQUEQUE MARIELA SIFUENTES HUAMÁN CAROLA PATRICIA CUCAT VILCHEZ Secretaria del Tribunal 1509453-1

Deseo borrar mis datos personales que aparecen en esta página.