Norma Legal Oficial del día 21 de abril del año 2017 (21/04/2017)


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TEXTO DE LA PÁGINA 37

El Peruano / Viernes 21 de abril de 2017

NORMAS LEGALES

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Resolución Suprema, señala que el COPAL­PERU estará conformado, entre otros miembros, por dos representantes del MTC, uno de los cuales lo presidirá; Que, con la Resolución Ministerial N° 145-2017 MTC/01 del 20 de marzo de 2017, se designa al señor Carlos Alberto Neuhaus Tudela como Asesor II del Despacho Viceministerial de Transportes del MTC y se le encarga las funciones de Director Ejecutivo del Proyecto Especial para la preparación y desarrollo de los XVIII Juegos Panamericanos del 2019; Que, la Ley Nº 30518, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2017, en el numeral 10.1 de su artículo 10, dispone que, los viajes al exterior de los servidores o funcionarios públicos y representantes del Estado con cargo a recursos públicos se aprueban conforme a lo establecido en la Ley Nº 27619, Ley que Regula la Autorización de Viajes al Exterior de Servidores y Funcionarios Públicos, y sus normas reglamentarias; Que, mediante las Cartas S/N del 30 de enero de 2017 y 14 de febrero de 2017, el Presidente de la Organización Deportiva Panamericana (ODEPA), invita al Presidente del COPAL ­ PERU, a participar en la Reunión del Comité Ejecutivo y la LIII Asamblea General que se llevará a cabo del 24 al 26 de abril de 2017, en la ciudad de Punta del Este, República Oriental del Uruguay; Que, el viaje solicitado tiene por objeto dar a conocer sobre los avances de la organización de los citados juegos panamericanos y los retos que se tienen que cumplir; Que, el Proyecto Especial Juegos Panamericanos 2019, a través de los documentos de vistos considera importante la participación del señor Carlos Alberto Neuhaus Tudela, Director Ejecutivo del Proyecto Especial para la preparación y desarrollo de los XVIII Juegos Panamericanos del 2019 y Presidente del COPALPERU; puesto que posicionará a los citados Juegos Panamericanos como uno de los eventos más importantes de América, permitirá estrechar lazos con otros organismos deportivos internacionales, lo cual se verá traducido en una cooperación mutua para validaciones y orientaciones específicas, que generará un mayor sentimiento de confianza en cuanto al COPAL­PERU con las Confederaciones Deportivas Panamericanas y Federaciones Deportivas Internacionales de los países y territorios participantes de los citados Juegos Panamericanos; señala que además está invitado a dicho evento el Comité Organizador de Tokio 2020 y el Comité Organizador de los Juegos Olímpicos de la Juventud Buenos Aires 2018, lo cual contribuirá al posicionamiento de los XVIII Juegos Panamericanos y Sextos Juegos Parapanamericanos del 2019 como uno de los eventos más importantes a nivel mundial; por lo que resulta de interés institucional autorizar la comisión de servicios solicitada; Que, dada la importancia del citado evento, resulta conveniente autorizar el viaje en comisión de servicios del señor Carlos Alberto Neuhaus Tudela, Director Ejecutivo del Proyecto Especial para la preparación y desarrollo de los XVIII Juegos Panamericanos del 2019 y Presidente del COPAL-PERÚ del 23 al 27 de abril de 2017, a la ciudad de Punta del Este, República Oriental del Uruguay; Que, los gastos por concepto de pasajes incluida la tarifa unificada de uso de aeropuerto y los viáticos asignados al presente viaje, serán con cargo al presupuesto del Proyecto Especial para la preparación y desarrollo de los XVIII Juegos Panamericanos del 2019; De conformidad con la Ley Nº 27619, Ley que regula la autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos; su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM, modificado por el Decreto Supremo Nº 056-2013-PCM; Ley Nº 30518, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2017; SE RESUELVE: Artículo 1.- Autorizar el viaje del señor Carlos Alberto Neuhaus Tudela, Director Ejecutivo del Proyecto Especial para la preparación y desarrollo de los XVIII Juegos Panamericanos del 2019 y Presidente del Comité Organizador de los XVIII Juegos Panamericanos del 2019 (COPAL-PERÚ) del 23 al 27 de abril de 2017, a la

ciudad de Punta del Este, República Oriental del Uruguay, para los fines expuestos en la parte considerativa de la presente resolución. Artículo 2.- Los gastos que demande el viaje autorizado precedentemente, son con cargo al presupuesto del Proyecto Especial para la preparación y desarrollo de los XVIII Juegos Panamericanos del 2019, de acuerdo al siguiente detalle: Pasajes aéreos (para una persona incluido TUUA) US$ 910.00 Viáticos (para una persona) US$ 1,110.00 Artículo 3.- El profesional autorizado según el artículo 1 de la presente resolución, deberá presentar, dentro de los quince (15) días calendario siguientes de efectuado el viaje, un informe al Despacho Ministerial, con copia a la Oficina de Administración del Proyecto Especial para la preparación y desarrollo de los XVIII Juegos Panamericanos del 2019, describiendo las acciones realizadas, los resultados obtenidos durante el viaje autorizado y la rendición de cuentas de acuerdo a ley. Artículo 4.- La presente resolución no dará derecho a exoneración o liberación de impuestos o derechos aduaneros, cualquiera fuera su clase o denominación. Artículo 5.- Notificar la presente Resolución al profesional antes citado, para los fines consiguientes. Regístrese, comuníquese y publíquese, MARTÍN ALBERTO VIZCARRA CORNEJO Ministro de Transportes y Comunicaciones 1511442-4

Autorizan viaje de profesionales de la Comisión de Investigación de Accidentes de Aviación - CIAA, a los EE.UU., en comisión de servicios
RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 268-2017 MTC/01 Lima, 20 de abril de 2017 VISTOS: Los Informes N° 005-2017-MTC/01.01, N° 007-2017MTC/01.01 y el Memorando N° 045-2017-MTC/01.01 de la Comisión de Investigación de Accidentes de Aviación ­CIAA; y el Memorando N° 474-2017-MTC/04 de la Secretaría General, y; CONSIDERANDO: Que, la Ley Nº 30518, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2017, en el numeral 10.1 de su artículo 10, dispone que, los viajes al exterior de los servidores o funcionarios públicos y representantes del Estado con cargo a recursos públicos se aprueban conforme a lo establecido en la Ley Nº 27619, Ley que Regula la Autorización de Viajes al Exterior de Servidores y Funcionarios Públicos, y sus normas reglamentarias; Que, de acuerdo a lo señalado en el artículo 154 de la Ley N° 27261, Ley de Aeronáutica Civil del Perú y el artículo 92 del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, aprobado por el Decreto Supremo N° 021-2007-MTC, la Comisión de Investigación de Accidentes de Aviación ­ CIAA tiene a su cargo la investigación de los accidentes e incidentes de aviación a fin de determinar sus causas y establecer las medidas tendientes a evitar que se repitan, la misma que depende del Ministerio de Transportes y Comunicaciones; Que, mediante los Informes N° 005-2017-MTC/01.01 y N° 007-2017-MTC/01.01 la CIAA señala que el Capítulo 3 de la Circular OACI 298 AN/172 "Guía de Instrucción para Investigadores de Accidentes de Aviación" indica que después de completar la formación inicial de familiarización, el investigador de accidentes de aviación que está en formación debe asistir a un curso básico

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