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88 NORMAS LEGALES Jueves 27 de abril de 2017 / El Peruano RESOLUCIÓN SBS Nº 1432-2017 Lima, 7 de abril de 2017EL INTENDENTE GENERAL DE MICROFINANZASVISTA:La solicitud presentada por el Banco Agropecuario - Agrobanco, para que se le autorice el cierre de fi nitivo de 5 ofi cinas especiales, según se indica en la parte resolutiva; y, CONSIDERANDO:Que la citada empresa ha cumplido con presentar la documentación pertinente que sustenta el pedido formulado; Estando a lo opinado por el Departamento de Supervisión Micro fi nanciera “A”; y, De conformidad con lo dispuesto por el artículo 32º de la Ley General del Sistema Financiero y del Sistema de Seguros y Orgánica de la Superintendencia de Banca y Seguros, Ley Nº 26702, el Reglamento de Apertura, Conversión, Traslado o Cierre de O fi cinas, Uso de Locales Compartidos, Cajeros Automáticos y Cajeros Corresponsales, aprobado mediante Resolución Nº 4797-2015; y, en uso de las facultades delegadas mediante Resolución SBS Nº 12883-2009; RESUELVE:Artículo Único.- Autorizar al Banco Agropecuario - Agrobanco, el cierre de fi nitivo de 5 O fi cinas Especiales ubicadas en: - Av. Del Pangoa Mz. 26, SubLote 1C, Distrito de Mazamari, Provincia de Satipo, Departamento de Junín. - Calle Teniente César López Rojas Nº 311, Distrito de Yurimaguas, Provincia de Alto Amazonas, Departamento de Loreto. - Centro Poblado Villa Atalaya – I Etapa Mz. 25 Lote 1, Distrito de Raymondi, Provincia de Atalaya, Departamento de Ucayali. - Centro Poblado de Monzón Mz. V Lote 05, Distrito de Monzón, Provincia de Huamalíes, Departamento de Huánuco. - Av. San Ignacio Nº 154, 1er. 2do. y 3er. piso, Distrito y Provincia de San Ignacio, Departamento de Cajamarca. Regístrese, comuníquese y publíquese.LUIS MARTÍN AUQUI CÁCERES Intendente General de Micro fi nanzas 1512816-2 Autorizan inscripción de personas naturales en el Registro de Intermediarios y Auxiliares de Seguros RESOLUCIÓN SBS Nº 1459-2017 Lima, 11 de abril de 2017EL SECRETARIO GENERALVISTA:La solicitud presentada por la señora Silvia Patricia Saisho Cerron para que se autorice su inscripción en el Registro de Intermediarios y Auxiliares de Seguros: Sección II De los Corredores de Seguros: A. Personas Naturales punto 2.- Corredores de Seguros de Personas; y, CONSIDERANDO: Que, mediante Reglamento del Registro de Intermediarios y Auxiliares de Seguros, aprobado por Resolución SBS N° 1797-2011, se establecieron los requisitos formales para la inscripción de los Corredores de Seguros en el Registro de Intermediarios y Auxiliares de Seguros; Que, la Comisión Evaluadora en sesión de fecha 07 de marzo de 2017, cali fi có y aprobó por unanimidad la solicitud de la señora Silvia Patricia Saisho Cerron postulante a Corredor de Seguros de Personas - persona natural, con arreglo a lo dispuesto en el Reglamento del Proceso de Evaluación de los Postulantes al Registro de Intermediarios y Auxiliares de Seguros, concluyéndose el proceso de evaluación; Que, la solicitante ha cumplido con los requisitos formales y procedimientos establecidos en las citadas normas administrativas; En uso de las atribuciones conferidas por la Ley N° 26702 y sus modi fi catorias - Ley General del Sistema Financiero y del Sistema de Seguros y Orgánica de la Superintendencia de Banca y Seguros; y, en virtud de la facultad delegada por la Resolución SBS N° 2348-2013 del 12 de abril de 2013; RESUELVE:Artículo Primero.- Autorizar la inscripción de la señora Silvia Patricia Saisho Cerron con matrícula N° N-4537 en el Registro de Intermediarios y Auxiliares de Seguros, Sección II De los Corredores de Seguros: A. Personas Naturales punto 2.- Corredores de Seguros de Personas, que lleva esta Superintendencia. Artículo Segundo.- La presente Resolución entra en vigencia al día siguiente de su publicación en el Diario Ofi cial “El Peruano”. Regístrese, comuníquese y publíquese.CARLOS MELGAR ROMARIONI Secretario General 1512802-1 RESOLUCIÓN SBS Nº 1598-2017 Lima, 20 de abril de 2017 EL SECRETARIO GENERAL VISTA: La solicitud presentada por el señor Julio Orlando Morales Dellisanti para que se autorice su inscripción en el Registro de Intermediarios y Auxiliares de Seguros: Sección II De los Corredores de Seguros: A. Personas Naturales punto 3.- Corredores de Seguros Generales y de Personas; y, CONSIDERANDO: Que, mediante Reglamento del Registro de Intermediarios y Auxiliares de Seguros, aprobado por Resolución SBS Nº 1797-2011, se establecieron los requisitos formales para la inscripción de los Corredores de Seguros en el Registro de Intermediarios y Auxiliares de Seguros; Que, la Comisión Evaluadora en las sesiones del 06 de octubre de 2016 y 31 de enero de 2017, cali fi có y aprobó por unanimidad la solicitud del señor Julio Orlando Morales Dellisanti postulante a Corredor de Seguros Generales y de Personas - persona natural, con arreglo a lo dispuesto en el Reglamento del Proceso de Evaluación de los Postulantes al Registro de Intermediarios y Auxiliares de Seguros, concluyéndose el proceso de evaluación; Que, el solicitante ha cumplido con los requisitos formales y procedimientos establecidos en las citadas normas administrativas; En uso de las atribuciones conferidas por la Ley Nº 26702 y sus modi fi catorias - Ley General del Sistema Financiero y del Sistema de Seguros y Orgánica de la Superintendencia de Banca y Seguros; y, en virtud de la facultad delegada por la Resolución SBS Nº 2348-2013 del 12 de abril de 2013;