Norma Legal Oficial del día 30 de abril del año 2017 (30/04/2017)


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TEXTO DE LA PÁGINA 25

El Peruano / Domingo 30 de abril de 2017

NORMAS LEGALES
GASTOS CORRIENTES 2.3 Bienes y servicios TOTAL EGRESOS A LA: SECCION SEGUNDA PLIEGO UNIDAD EJECUTORA PROGRAMA PRESUPUESTAL

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2 933 085,00 -----------------2 933 085,00 =========== En Soles : Instancias descentralizadas 451 : Gobierno Regional del departamento de La Libertad 400 : Salud La Libertad

autorizado a realizar modificaciones presupuestarias en el nivel institucional a favor del Ministerio del Interior, del Ministerio de Defensa, del Seguro Integral de Salud y de los Gobiernos Regionales, con la finalidad de financiar la ejecución de las intervenciones sobre prestaciones de salud a que se refiere el numeral 2.1 del citado artículo; Que, asimismo, el aludido numeral 2.6 del artículo 2 del aludido Decreto de Urgencia dispone que las referidas modificaciones presupuestarias se aprueban mediante Decreto Supremo refrendado por el Ministro de Economía y Finanzas, el Ministro del Sector correspondiente y la Ministra de Salud, a propuesta de esta última; Que, mediante los Oficios N° 1883-2017-GRLLGGR/GRSS-GRS-OEPI y N° 1290-2017/GOB.REG. PIURA-DRSP-4300201-DG, el Gobierno Regional del Departamento de La Libertad y el Gobierno Regional del Departamento de Piura, respectivamente, han solicitado al Ministerio de Salud el financiamiento de actividades en materia de salud, en el marco de las declaraciones de estados de emergencia en dichos departamentos; Que, con Informe N° 077-2017-OGPPM-OP/MINSA e Informe N° 081-2017-OGPPM-OP/MINSA, la Oficina de Presupuesto de la Oficina General de Planeamiento, Presupuesto y Modernización del pliego 011: Ministerio de Salud, emite opinión favorable de disponibilidad presupuestal para efectuar la Transferencia de Partidas en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2017, a favor de los pliegos Gobiernos Regionales de los Departamentos de Piura y La Libertad, hasta por la suma de DOS MILLONES NOVECIENTOS TREINTA Y TRES MIL OCHENTA Y CINCO Y 00/100 SOLES (S/ 2 933 085,00); en virtud de lo cual, a través de los Oficios Nºs 1611 y 1648-2017-SG/MINSA, el Ministerio de Salud solicita dar trámite a la citada transferencia de recursos; Que, en consecuencia, resulta necesario autorizar una Transferencia de Partidas del pliego Ministerio de Salud a favor de los pliegos Gobiernos Regionales de los Departamentos de Piura y La Libertad, hasta por la suma total de DOS MILLONES NOVECIENTOS TREINTA Y TRES MIL OCHENTA Y CINCO Y 00/100 SOLES (S/ 2 933 085,00), para el financiamiento del "Plan de control de brote de dengue en la Región La libertad 2017" y el financiamiento de la reducción de la infestación por aedes aegypti y atención a las personas en la Región Piura como secuela de la ocurrencia de lluvias y peligros asociados, con cargo a la Fuente de Financiamiento Recursos Ordinarios, en el marco de lo dispuesto en las normas indicadas en los considerandos precedentes; De conformidad con lo establecido en los Decretos de Urgencia N°s 002, 004 y 006-2017; DECRETA: Artículo 1.- Objeto Autorízase una Transferencia de Partidas en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2017, hasta por la suma de DOS MILLONES NOVECIENTOS TREINTA Y TRES MIL OCHENTA Y CINCO Y 00/100 SOLES (S/ 2 933 085,00), del pliego 011: Ministerio de Salud, a favor de los pliegos Gobiernos Regionales de los Departamentos de Piura y La Libertad, para el financiamiento de actividades de emergencias ante la ocurrencia de lluvias y peligros asociados, conforme a lo indicado en la parte considerativa de la presente norma, de acuerdo al siguiente detalle:
DE LA: SECCION PRIMERA PLIEGO UNIDAD EJECUTORA PROGRAMA PRESUPUESTAL En Soles : Gobierno Central 011 : Ministerio de Salud 001 : Administración Central-MINSA

0068 : Reducción de Vulnerabilidad y Atención de Emergencias por Desastres PRODUCTO 3000001 : Acciones comunes ACTIVIDAD 5005978 : Atención frente a lluvias y peligros asociados FUENTE DE FINANCIAMIENTO 1 : Recursos Ordinarios GASTOS CORRIENTES 2.3 Bienes y Servicios SUBTOTAL PLIEGO 451 PLIEGO 633 085,00 ------------------633 085,00 ===========

457 : Gobierno Regional del departamento de Piura UNIDAD EJECUTORA 400 : Salud Piura PROGRAMA PRESUPUESTAL 0068 : Reducción de Vulnerabilidad y Atención de Emergencias por Desastres PRODUCTO 3000001 : Acciones comunes FUENTE DE FINANCIAMIENTO 1 : Recursos Ordinarios GASTOS CORRIENTES 2.3 Bienes y Servicios SUB TOTAL PLIEGO 457 TOTAL EGRESOS 2 300 000,00 ----------------2 300 000,00 =========== 2 933 085,00 ===========

Artículo 2.- Procedimiento para la Aprobación Institucional 2.1 Los Titulares de los pliegos habilitador y habilitados en la presente Transferencia de Partidas, aprueban mediante Resolución la desagregación de los recursos autorizados en el artículo 1 de la presente norma, a nivel programático, dentro de los cinco (05) días calendario de la vigencia del presente Decreto Supremo. Copia de la Resolución será remitida dentro de los cinco (05) días de aprobada a los organismos señalados en el numeral 23.2 del artículo 23 del Texto Único Ordenado de la Ley Nº 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, aprobado mediante Decreto Supremo N° 304-2012-EF. 2.2 La Oficina de Presupuesto o la que haga sus veces en los pliegos involucrados solicitará a la Dirección General de Presupuesto Público las codificaciones que se requieran, como consecuencia de la incorporación de nuevas Partidas de Ingresos, Finalidades y Unidades de Medida. 2.3 La Oficina de Presupuesto o la que haga sus veces en los pliegos involucrados instruirá a las Unidades Ejecutoras para que elaboren las correspondientes "Notas para Modificación Presupuestaria" que se requieran, como consecuencia de lo dispuesto en la presente norma. Artículo 3.- Limitación al uso de los recursos Los recursos de la Transferencia de Partidas a que se hace referencia en el artículo 1 del presente Decreto Supremo no podrán ser destinados, bajo responsabilidad, a fines distintos para los cuales son transferidos. Artículo 4.- Del refrendo El presente Decreto Supremo es refrendado por el Presidente del Consejo de Ministros, por la Ministra de Salud y por el Ministro de Economía y Finanzas.

0068 : Reducción de Vulnerabilidad y Atención de Emergencias por Desastres PRODUCTO 3000001 : Acciones comunes ACTIVIDAD 5005978 : Atención frente a lluvias y peligros asociados FUENTE DE FINANCIAMIENTO 1 : Recursos Ordinarios

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