Norma Legal Oficial del día 16 de agosto del año 2017 (16/08/2017)


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TEXTO DE LA PÁGINA 104

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NORMAS LEGALES

Miércoles 16 de agosto de 2017 /

El Peruano

Tercera.- DEROGAR la Ordenanza Municipal Nº 0122012/MDV. POR TANTO: Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase. OMAR ALFREDO MARCOS ARTEAGA Alcalde 1554066-5

Aprueban el Reglamento de Aplicación de Sanciones (RAS) y el Cuadro Único de Infracciones y Sanciones (CUIS) de la Municipalidad
ORDENANZA MUNICIPAL Nº 16-2017/MDV Ventanilla, 19 de julio de 2017 EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE VENTANILLA VISTO: En Sesión Ordinaria del Concejo Municipal de 19 de julio de 2017; CONSIDERANDO: Que, los gobiernos locales gozan de autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia; así como representan al vecindario, promueven la adecuada prestación de los servicios públicos locales y el desarrollo integral, sostenible y armónico de su circunscripción, conforme a lo estipulado en el Artículo II y IV del Título Preliminar de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades; Que, mediante la Ordenanza Municipal Nº 018-2015/ MDV, de 14 de octubre de 2015, se aprobó el Reglamento de Aplicación de Sanciones (RAS), de la Municipalidad Distrital de Ventanilla. Que, mediante el Informe Nº 237-2017-MDV/GCSSGFYCU, la Subgerencia de Fiscalización y Control Urbano, solicita a la Gerencia Municipal se eleve al Concejo Municipal la propuesta de Ordenanza Municipal que contiene el Reglamento de Aplicación de Sanciones (RAS) y el Cuadro Único de Infracciones y Sanciones (CUIS) de la Municipalidad Distrital de Ventanilla; Que, el artículo 46 de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades establece que "Las normas municipales son de carácter obligatorio y su incumplimiento acarrea las sanciones correspondientes, sin perjuicio de promover las acciones judiciales sobre las responsabilidades civiles y penales a que hubiere lugar." Asimismo, las ordenanzas determinan el régimen de sanciones administrativas por la infracción de sus disposiciones, estableciendo las escalas de multas en función de la gravedad de la falta, así como la imposición de sanciones no pecuniarias. Que, el artículo 40º de la misma norma establece que "Las Ordenanzas de las municipalidades, en la materia de su competencia, son las normas de carácter general de mayor jerarquía en la estructura normativa municipal, por medio de las cuales se aprueba la organización interna, la regulación, administración, supervisión de los servicios públicos y las materias en las que la municipalidad tiene competencia normativa". Que, a fin de dotar de eficacia y celeridad a la función municipal es necesario regular de manera integral el Reglamento de Aplicación de Sanciones y el Cuadro Único de Infracciones y Sanciones de la Municipalidad Distrital de Ventanilla Que, la Gerencia de Seguridad Ciudadana, a través de la Subgerencia de Fiscalización y Control Urbano, se encarga de cautelar el cumplimiento de las disposiciones

municipales. Cuenta con atribuciones para planificar, conducir, supervisar y evaluar las operaciones de fiscalización, así como, las actividades de investigación, difusión y de control de sanciones, Con excepción de materias como transporte y tránsito. Asimismo, la potestad sancionadora y el Procedimiento Administrativo Sancionador Municipal se rigen por los principios establecidos en el Texto Único Ordenado de la Ley Nº 27444 ­ Ley del Procedimiento Administrativo General, así como aquellos correspondientes al procedimiento sancionador que ella prevé. Estando a lo expuesto, y en uso de las atribuciones conferidas por la Ley No. 27972 - Ley Orgánica de Municipalidades, el Concejo Municipal con el VOTO POR UNANIMIDAD, y con la dispensa de la lectura y aprobación del Acta, se aprobó la siguiente: ORDENANZA MUNICIPAL QUE APRUEBA EL REGLAMENTO DE APLICACIÓN DE SANCIONES (RAS) Y EL CUADRO ÚNICO DE INFRACCIONES Y SANCIONES (CUIS) DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE VENTANILLA Artículo 1º.- Aprobar el Reglamento de Aplicación de Sanciones (RAS) y el Cuadro Único de Infracciones y Sanciones (CUIS) de la Municipalidad Distrital de Ventanilla, que como anexo forman parte de la presente Ordenanza, los que constan de tres secciones, tres capítulos, cuarenta y ocho artículos y ocho disposiciones finales y transitorias. Artículo 2º.- Encargar a las unidades orgánicas competentes el cumplimiento de la presente Ordenanza Municipal. Artículo 3º.- Encargar a la Gerencia Legal y Secretaria Municipal, disponga la publicación de la presente norma en el Diario Oficial El Peruano, así como en el portal de la Municipalidad Distrital de Ventanilla, cuya dirección electrónica es : www.muniventanilla.gob.pe. OMAR ALFREDO MARCOS ARTEAGA Alcalde 1554066-6

Crean el Programa de Atención Médica a favor de los Bomberos Voluntarios de la Provincia Constitucional del Callao
ORDENANZA MUNICIPAL Nº 17-2017/MDV Ventanilla, 20 de julio de 2017 EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE VENTANILLA VISTO: En Sesión Ordinaria del Concejo Municipal de 20 de julio de 2017 CONSIDERANDO: Que, los gobiernos locales gozan de autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia; así como representan al vecindario, promueven la adecuada prestación de los servicios públicos locales y el desarrollo integral, sostenible y armónico de su circunscripción, conforme a lo estipulado en el Artículo II y IV del Título Preliminar de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades; Que, las municipalidades, tomando en cuenta su condición de municipalidad provincial o distrital, asumen las competencias y ejercen las funciones específicas, con carácter exclusivo o compartido, en materia de saneamiento ambiental, salubridad y salud. Que, el Cuerpo General de Bomberos Voluntarios del Perú forma parte del Sistema Nacional de Seguridad

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