Norma Legal Oficial del día 16 de agosto del año 2017 (16/08/2017)


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TEXTO DE LA PÁGINA 99

El Peruano / Miércoles 16 de agosto de 2017

NORMAS LEGALES

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Que, al respecto, atendiendo a la materia del convenio, se advierte que se encuentra enmarcado dentro de las competencias del Gobierno Regional, ello de conformidad con el artículo 47, literal a) de la Ley N° 27867 ­ Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, conforme al cual tiene dentro de sus funciones en materia de educación, cultura, ciencia, tecnología, deporte y recreación, formular, aprobar, ejecutar, evaluar y administrar las políticas regionales de educación, cultura, ciencia y tecnología, deporte y recreación de la región; más aún si se tiene en cuenta que por Resolución de Presidencia N° 134-2017-IPD/ PCRD-LL de fecha 11 de mayo del 2017, el Instituto Peruano del Deporte ­ La Libertad declaró al evento "Defensa del título mundial de Linda Lecca" de interés regional; Que, cabe resaltar, que a fin de cautelar los recursos del Estado, se está consignando en el proyecto de convenio como obligación del IPD el destinar el monto transferido exclusivamente para financiar la realización del evento "Defensa del título mundial de Linda Lecca", así como el monto solicitado será liquidado y debidamente sustentado ante el Gobierno Regional, mediante comprobante de pago autorizado por la SUNAT y, como contraparte, por el lado del Gobierno Regional de La Libertad, la obligación de fiscalizar la correcta utilización del monto transferido, vigilando que los recursos transferidos sean destinados exclusivamente para financiar la realización del evento "Defensa del título mundial de Linda Lecca", habiéndose designado como funcionario fiscalizador al Gerente General Regional; Que, asimismo, teniendo en consideración que la propuesta de convenio contiene dentro de sus cláusulas la obligación de transferir recursos por parte del Gobierno Regional de La Libertad hacia el IPD, corresponde al Consejo Regional decidir la autorización de su suscripción, ello de conformidad con lo dispuesto en el artículo 15 de la Ley N° 27867, conforme al cual "son atribuciones del Consejo Regional: ...i. Autorizar la transferencia de los bienes muebles e inmuebles de propiedad del Gobierno Regional"; Que, de la revisión de la propuesta de convenio que obra en autos, se advierte que sus cláusulas se enmarcan en el ordenamiento jurídico nacional, contándose además con los informes de disponibilidad favorables por parte de la Gerencia Regional de Administración y de la Gerencia Regional de Presupuesto y la opinión legal favorable de la Gerencia Regional de Asesoría Jurídica, por lo que la suscripción del citado convenio es procedente, correspondiendo al Consejo Regional decidir la autorización de su suscripción; El Consejo Regional del Gobierno Regional de La Libertad, en uso de sus atribuciones conferidas por los Artículos 191° y 192° de la Constitución Política del Perú; Ley Orgánica de Gobierno Regionales, Ley N° 27867 y sus modificatorias; y los Artículos 23° y 64° del Reglamento Interno del Consejo Regional La Libertad aprobado con Ordenanza Regional N° 005-2010-GRLL/CR; demás normas complementarias, con dispensa de Dictamen de Comisión, dispensa de lectura y aprobación de Acta, el Pleno del Consejo Regional ACORDÓ POR MAYORÍA, lo siguiente: Artículo Primero.- AUTORIZAR al Gobernador Regional la suscripción del convenio de cooperación interinstitucional entre el Gobierno Regional de La Libertad y el Instituto Peruano del Deporte, cuyo objeto es auspiciar el evento "Defensa del título mundial de Linda Lecca", transfiriendo al IPD el monto de S/. 112,000.00 soles, lo cual no podrán ser destinados a fines distintos para los cuales son transferidos. Artículo Segundo.- ENCARGAR al Gerente General Regional fiscalizar la correcta utilización del monto transferido, vigilando que los recursos transferidos sean destinados exclusivamente para financiar la realización del evento "Defensa del título mundial de Linda Lecca".

Artículo Tercero.- DIFUNDIR el presente Acuerdo Regional en el Diario Oficial "El Peruano" y a través del portal electrónico del Gobierno Regional de La Libertad. POR TANTO: Regístrese, notifíquese y cúmplase. EDWIN MARTÍN CASTELLANOS GARCÍA Presidente Consejo Regional La Libertad 1554134-1

GOBIERNO REGIONAL DE SAN MARTIN
Concesiones mineras cuyos títulos fueron aprobados en el mes de julio de 2017
RESOLUCIÓN DIRECTORAL REGIONAL Nº 94-2017-GRSM/DREM Moyobamba, 31 de julio del 2017 CONSIDERANDO: Que, por Resolución Ministerial Nº 009-2008-MEM/ DM, declaran que el Gobierno Regional de San Martín ha concluido la transferencia de funciones sectoriales en materia de energía y minas, siendo a partir de la fecha competentes de otorgar concesiones para la pequeña minería y minería artesanal de alcance regional; Que, el artículo 124º del Texto Único Ordenado de la Ley General de Minería, aprobado por Decreto Supremo Nº 014-92-EM, establece que la autoridad minera competente publicará en el Diario Oficial "El Peruano" la relación de concesiones mineras cuyos títulos hubieren sido aprobados el mes anterior; De conformidad a las funciones establecidas en el artículo 126º del Reglamento de Organización y Funciones del Gobierno Regional de San Martín; aprobado con Ordenanza Regional Nº 006-2017-GRSM/CR. SE RESUELVE: Artículo Único.- Publicar en el Diario Oficial "El Peruano" las concesiones mineras cuyos títulos fueron aprobados en el mes de julio del 2017 de acuerdo a la nomenclatura que se establece: NOMENCLATURA: A) NOMBRE DE LA CONCESION; B) CODIGO; C) NOMBRE DEL TITULAR; D) NUMERO DE RESOLUCION DIRECTORAL; E) ZONA; F) COORDENADAS UTM WGS84 DE LOS VERTICES EXPRESADOS EN KILOMETROS 1.-A) PORVENIR DE SAN LORENZO B) 720001016 C) INMOBILIARIA EL NUEVO PORVENIR S.A.C. D) 0842017-GRSM/DREM E) 18 F) V1: N9331 E285 V2:N9330 E285 V3:N9330 E284 V4:N9331 E284; 2.-A) MARYOLA 1 B) 720001216 C) ANTHONY DEL AGUILA GARCIA D) 0852017-GRSM/DREM E) 18 F) V1: N9326 E391 V2: N9325 E391 V3: N9325 E390 V4:N9326 E390; 3.-A) LADRILLERA JIREH B) 720000117 C) MOISES VALLE ABAD D) 0862017-GRSM/DREM E) 18 F) V1: N9332 E269 V2: N9331 E269 V3: N9331 E268 V4:N9332 E268; 4.-A) GEMINIS ONG B) 720001415 C) OSWALDO JESUS GONZAGA NORIEGA D) 090-2017-GRSM/DREM E) 18 F) V1: N9324639.09 E389773.57 V2: N9323639.08 E389773.57 V3: N9323639.07 E388773.58 V4:N9324639.08 E388773.58. Regístrese y publíquese. ADNER ROJAS PEREZ Director Regional de Energía y Minas 1554099-1

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