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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 16 DE AGOSTO DEL AÑO 2017 (16/08/2017)

CANTIDAD DE PAGINAS: 116

TEXTO PAGINA: 89

89 NORMAS LEGALES Miércoles 16 de agosto de 2017 El Peruano / del titular del pliego y el acuerdo Concejo Regional se publican en el diario o fi cial “El Peruano”, y el acuerdo del Consejo Municipal se publica en su página web; Que, el artículo 75° de la Ley N° 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, establece que las transferencias fi nancieras entre pliegos presupuestarios, son traspasos de fondos públicos de contraprestación, para la ejecución de actividades y proyectos de inversión pública incorporados a los presupuestos institucionales respectivos de los pliegos del destino; Que, de conformidad a lo establecido por el segundo párrafo del numeral 75.2 del artículo 75° de la Ley N° 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, en el que señala que en caso de los Gobiernos Regionales las transferencias fi nancieras a otros pliegos presupuestales, se aprueban mediante acuerdo de Consejo Regional, previo informe favorable de la O fi cina de Presupuesto o la que haga sus veces en la entidad; lo cual implica, la suscripción de los respectivos Convenios de Financiamiento por el Gobierno Regional y los Pliegos Presupuestales involucrados, debiendo establecer los montos de co fi nanciamiento de ambas partes, de ser el caso; para el proceso de ejecución de las actividades o proyectos de inversión pública materia del convenio; Que, con O fi cio N° 524-2017-ALCALDIA de fecha 27.JUN.2017, el Alcalde de la Municipalidad Distrital de San José, solicita ante el Gobernador Regional el fi nanciamiento y Transferencia Financiera para ejecutar el PIP, código SNIP 386555 “Mejoramiento a Nivel de Carpeta Asfáltica de la Carretera Vecinal Campanita - Tecapa, diustrito cde San José, provincia de Pacasmayo, por la suma de S/. 1’653,962.38; Que, la solicitud antes referida, ha sido canalizada a la Gerencia Regional de Infraestructura, quien con O fi cio N° 1378-2017-GRLL-GGR/GRI de fecha 27.JUN.2017, solicita ante la Gerencia Regional de Administración el informe que contenga la opinión favorable y la disponibilidad de recursos fi nancieros destinados a la Transferencia Financiera requerida por la Municipalidad Distrital de San José, precisándole que la citada información constituye el requisito indispensable para la elaboración del Convenio de Transferencia Financiera, siguiendo los lineamientos contenidos en la Norma General Regional que regula el procedimiento para la admisión, aprobación y ejecución de Transferencias Financieras a Gobiernos Locales, aprobada con Resolución Ejecutiva Regional N° 1041-2016-GRLL/GOB; Que, la Gerencia Regional de Administración, mediante su O fi cio N° 455-2017-GRLL-GGR/GRA de fecha 28.JUN.2017, en atención a la solicitud promovida por la Gerencia Regional de Infraestructura, indicada en el párrafo precedente, informa a la Gerencias Regional de Presupuesto, que cuenta con la disponibilidad fi nanciera en los Saldos de Balance determinados al 31 de diciembre del año 2016, proveniente de los fondos del canon y sobre canon, regalías, renta de aduanas y participaciones, fuente fi nanciamiento Recursos Determinados; por el monto de S/.1’653,962.38, que serían destinados a la ejecución del PIP, con código SNIP 385655 “Mejoramiento a Nivel de Carpeta Asfáltica de la Carretera Vecinal Campanita - Tecapa, distrito de San José, provincia de Pacasmayo – La Libertad”: Que, el Gerente Regional de Presupuesto con Ofi cio N° 160-2017-GR-LL-GGR-GRP, emite la opinión correspondiente relativa a la transferencia fi nanciera referida en el párrafo precedente, señalando que la atención de la Transferencia fi nanciera estaría condicionada a las disposiciones señaladas en el literal e) del numeral 15.1; así como a lo establecido en los numerales 15.2 y 15.3 de la Ley N° 30518, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2017, y a lo dispuesto en la Norma General Regional que regula el procedimiento para la admisión, aprobación y ejecución de Transferencias Financieras a Gobiernos Locales, aprobada con Resolución Ejecutiva Regional N° 1041-2016-GRLL/GOB; Que, con Informe Legal N° 117-2017-GRLL-GGR/ CRAJ/EEES, el Gerente Regional de Asesoría Jurídica opina que es viable la aprobación del Acuerdo del Consejo Regional, que autorice la suscripción del CONVENIO DE TRANSFERENCIA FINANCIERA A FAVOR DE LA MUNICIPALIDAD DE SAN JOSE, DESTINADOS PARA LA EJECUCIÓN DEL PIP, CON CÓDIGO SNIP 385655, “MEJORAMIENTO A NIVEL DE CARPETA ASFÁLTICA DE LA CARRETERA VECINAL CAMPANITA – TECAPA, DISTRITO DE SAN JOSÉ, PROVINCIA DE PACASMAYO, LA LIBERTAD”; y, El Consejo Regional del Gobierno Regional de La Libertad, en uso de sus atribuciones conferidas por los artículos 191° y 192° de la Constitución Política del Perú; Ley Orgánica de Gobierno Regionales, Ley N° 27867 y sus modi fi catorias; y los artículos 23°, 61° y 64° del Reglamento Interno del Consejo Regional La Libertad, aprobado con Ordenanza Regional N° 005-2010-GRLL/CR; demás normas complementarias; con dispensa de dictamen de comisión, dispensa de lectura y aprobación de acta, el Pleno del Consejo Regional ACORDÓ POR UNANIMIDAD, lo siguiente: Artículo Primero.- APROBAR la Transferencia Financiera a favor de la Municipalidad Distrital de San José, hasta por la suma de UN MILLON CIENTO OCHENTA Y OCHO MIL NOVENTA Y CUATRO Y 47/100 SOLES (S/. 1’188,094.47), destinados a la ejecución del PIP, con código SNIP 193921 “INSTALACIÓN DE LOS SERVICIOS DE SALUD DEL PRIMER NIVEL DE COMPLEJIDAD PUESTO DE SALUD PORTADA DE LA SIERRA, DISTRITO DE SAN JOSÉ, PROVINCIA - PACASMAYO - LA LIBERTAD”; los cuales no podrán ser destinados a fi nes distintos para los cuales son transferidos. Artículo Segundo.- AUTORIZAR al Gobernador Regional del Gobierno Regional La Libertad, la suscripción del Convenio respectivo, conforme a lo determinado en el literal e) del numeral 15.1 del artículo 15° de la Ley N° 30518, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2017, así como disponer las acciones necesarias para la transferencia fi nanciera autorizada en el artículo precedente. Artículo Tercero.- ENCARGAR a la Gerencia Regional de Infraestructura del Gobierno Regional de La Libertad, la supervisión para el adecuado uso de los recursos fi nancieros del Estado transferidos conforme al artículo primero del presente Acuerdo Regional, bajo responsabilidad. Artículo Cuarto.- DIFUNDIR el presente Acuerdo Regional en el Diario O fi cial “El Peruano” y a través del Portal Electrónico del Gobierno Regional de La Libertad. POR TANTO: Regístrese, notifíquese y cúmplase. EDWIN MARTÍN CASTELLANOS GARCÍA PresidenteConsejo Regional La Libertad 1554143-1 ACUERDO REGIONAL N° 050-2017-GRLL/CR Trujillo, 28 de junio del 2017 El Consejo Regional del Gobierno Regional de La Libertad en Sesión Extraordinaria de fecha 28 de junio del 2017, VISTO Y DEBATIDO, el expediente administrativo que contiene la propuesta de Acuerdo Regional, relativo a la autorización de LA TRANSFERENCIA FINANCIERA A FAVOR DE LA MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE BOLÍVAR, DESTINADOS PARA LA EJECUCIÓN DEL PROYECTO DE INVERSIÓN PÚBLICA “CONSTRUCCIÓN DE LA CARRETERA VIJUS – NIMPANA – CALEMAR – DISTRITO DE PATAZ, PROVINCIA DE PATAZ, REGIÓN LA LIBERTAD, TRAMO RIO LAVASEN – PUENTE CALEMAR, SALDO DE OBRA DEL KM 6+000 0 – K, 11+887.62” ; y,