Norma Legal Oficial del día 17 de agosto del año 2017 (17/08/2017)


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TEXTO DE LA PÁGINA 15

El Peruano / Jueves 17 de agosto de 2017

NORMAS LEGALES

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cuentan con condiciones idóneas para la práctica cultural, y semejantes; sustentando de esta manera la necesidad de otorgar una subvención adicional a las establecidas en el Anexo A de la Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2017, con el fin que la mencionada Asociación dé continuidad al Núcleo de Enseñanza Musical Manchay; Que, con Memorando N° 000716-2017/OGPP/SG/ MC, la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto remite el Informe N° 000106-2017/OP/OGPP/SG/MC de la Oficina de Presupuesto a su cargo, a través del cual emite opinión favorable para el financiamiento solicitado por la precitada Asociación, con el fin de dar continuidad al Núcleo de Enseñanza Musical Manchay, en el distrito de Pachacámac, Provincia y Departamento de Lima, hasta por la suma de S/ 270 000,00 para el ejercicio fiscal 2017; teniendo en cuenta que dicho proyecto conlleva a una intervención exclusivamente para fines sociales, toda vez que el niño y adolescente que participe se muestra con nobleza ante la comunidad, es apreciado, felicitado, reconocido y descubre objetivos, encontrando en el instrumento musical un aliado, que lo proyectará a él y a su familia a un mejor destino, y que cumple con los requisitos dispuestos en el numeral 60.2 del artículo 60 del Texto Único Ordenado de la Ley N° 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto; De conformidad con lo establecido en el Texto Único Ordenado de la Ley N° 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, aprobado mediante Decreto Supremo N° 304-2012-EF; y en la Ley N° 30518, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2017, y; Con el voto aprobatorio del Consejo de Ministros; DECRETA: Artículo 1.- Autorización Autorizase al Ministerio de Cultura, a otorgar una subvención adicional a la prevista en el Anexo "A": Subvenciones para personas jurídicas, de la Ley N° 30518, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2017, hasta por la suma de S/ 270 000,00 (DOSCIENTOS SETENTA MIL Y 00/100 SOLES), con cargo a la Fuente de Financiamiento 1: Recursos Ordinarios a favor de la Asociación Orquestas Infantiles y Juveniles del Perú ­ Sinfonía por el Perú; con el objetivo de contribuir al desarrollo integral de niños, niñas y jóvenes del poblado de Manchay, a través de la cultura, promoviendo su integración positiva en la comunidad y sociedad, en torno a la práctica musical. Artículo 2.- Financiamiento La subvención adicional autorizada en el artículo 1 se financia con cargo al Presupuesto Institucional del Pliego 003: Ministerio de Cultura, a nivel de la Fuente de Financiamiento 1: Recursos Ordinarios, sin demandar recursos adicionales al Tesoro Público. Artículo 3.- Limitación al uso de los recursos Los recursos autorizados para el otorgamiento de la subvención adicional a la que hace referencia el artículo 1, no pueden ser destinados, bajo responsabilidad, a fines distintos para los cuales son autorizados. Artículo 4.- Publicación Publíquese el presente Decreto Supremo en el Portal Institucional del Ministerio de Cultura (http//www.cultura. gob.pe), en la misma fecha de su publicación en el Diario Oficial "El Peruano". Artículo 5.- Del Refrendo El presente Decreto Supremo es refrendado por el Ministro de Cultura. Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los dieciséis días del mes de agosto del año dos mil diecisiete. PEDRO PABLO KUCZYNSKI GODARD Presidente de la República SALVADOR DEL SOLAR LABARTHE Ministro de Cultura 1555415-9

DESARROLLO E INCLUSION SOCIAL
Designan funcionario responsable del Portal de Transparencia del Programa Nacional Tambos
RESOLUCIÓN DIRECTORAL Nº 45-2017-MIDIS/PNT-DE Lima, 20 de junio de 2017 VISTO: El Informe Nº 015-2017-MIDIS/PNT-JFIV, del Coordinador Técnico (e), mediante el cual, solicita designar al Funcionario Responsable del Portal de Transparencia del Programa Nacional Tambos y; CONSIDERANDO: Que, la Ley Nº 27806, Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública, modificada por la Ley Nº 27927, ambas integradas en el Texto Único Ordenado de la Ley Nº 27806, aprobado por el Decreto Supremo Nº 043-2003PCM, y el Reglamento de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 072-2003-PCM (en adelante denominado el Reglamento), fueron aprobados con la finalidad de promover la transparencia en los actos de las entidades estatales, así como de respetar y garantizar el derecho fundamental del acceso a la información, consagrado en el numeral 5 del artículo 2º de la Constitución Política del Perú; Que, a través del Decreto Supremo Nº 070-2013PCM, se modificó el Reglamento, incorporando y precisando, entre otros aspectos, las obligaciones que corresponden a la máxima autoridad de la Entidad, los funcionarios o servidores poseedores de la información pública, así como del funcionario responsable del Portal de Transparencia respecto a dicha información; Que, al respecto, el literal c) del artículo 3º y el artículo 4º del Reglamento disponen que la designación del/de la Funcionario/a responsable de la elaboración y actualización del Portal de Transparencia corresponderá a la máxima autoridad de la Entidad y será publicada en el Diario Oficial El Peruano, respectivamente; Que, asimismo, el artículo 9º del Reglamento regula las obligaciones del Funcionario Responsable del Portal de Transparencia, entre las cuales se encuentra elaborar el Portal de Transparencia, en caso la entidad no cuente con él, en coordinación con las unidades orgánicas u órganos correspondientes; recabar la información a ser difundida en el Portal de Transparencia, de acuerdo con lo establecido en los artículos 5º y 25º de la Ley y mantener actualizada la información contenida en el Portal de Transparencia conforme a las reglas sobre la materia; Que, mediante Decreto Supremo Nº 012-2016-MIDIS, publicado el 17 de diciembre de 2016, se aprueba la transferencia del Programa Nacional Tambos del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento al Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social; Que, el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social aprobado por Decreto Supremo Nº 006-2017-MIDIS, modificado por Decreto Supremo Nº 008-2017-MIDIS, comprende entre los Programas del Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social, al Programa Nacional Tambos; Que, de acuerdo a lo dispuesto en la Resolución Directoral Nº 008-2017-MIDIS/PNT-DE de 27 de abril de 2017 se encargó al señor Jorge Federico Ibañez Vizcarra, las funciones de Coordinador Técnico del Programa Nacional Tambos ­ PNT; en este sentido, y con la finalidad de promover la transparencia en los actos de la entidad, así como de respetar y garantizar el derecho fundamental del acceso a la información, consagrado en el numeral 5 del artículo 2º de la Constitución Política del Perú; De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 28112, Ley Marco de la Administración Financiera del Sector Público; Ley Nº 27806, Ley de Transparencia y Acceso

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