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25 NORMAS LEGALES Jueves 17 de agosto de 2017 El Peruano / RELACIONES EXTERIORES FE DE ERRATAS DECRETO SUPREMO Nº 037-2017-RE Mediante O fi cio Nº 1118-2017-DP/SCM, la Secretaría del Consejo de Ministros solicita se publique Fe de Erratas del Decreto Supremo Nº 037-2017-RE, publicada en la edición del día 14 de agosto de 2017. Considerando: (...) Sexto Párrafo “DICE: Que, en ese sentido, resulta necesario retirar del Anexo del Decreto Supremo N° 23-95-RE la referencia a la República de Serbia y Montenegro, e incorporar a la República de Montenegro y la República de Serbia y asimismo, incorporar a la República de Guatemala en el Anexo del Decreto Supremo N° 23-95-RE;” “DEBE DECIR: Que, en ese sentido, resulta necesario retirar del Anexo del Decreto Supremo N° 23-95-RE la referencia a la República de Serbia y Montenegro, e incorporar a Montenegro y a la República de Serbia, y asimismo, incorporar a la República de Guatemala en el Anexo del Decreto Supremo N° 23-95-RE;” “DICE: Articulo 1°.- Modi fi cación del Anexo del Decreto Supremo N° 23-95-RE Retírese del Anexo del Decreto Supremo N° 23-95- RE la referencia a la República de Serbia y Montenegro, e incorpórese en su lugar a la República de Montenegro y a la República de Serbia. Asimismo, incorpórese a la República de Guatemala en el Anexo del Decreto Supremo N° 23-95-RE.”“DEBE DECIR: Artículo 1°.- Modifcación del Anexo del Decreto Supremo N° 23-95-RE Retírese del Anexo del Decreto Supremo N° 23-95-RE la referencia a la República de Serbia y Montenegro, e incorpórese en su lugar a Montenegro y a la República de Serbia. Asimismo, incorpórese a la República de Guatemala en el Anexo del Decreto Supremo N° 23-95-RE.” 1555417-1 SALUD Decreto Supremo que modifica el Reglamento del Residentado en Obstetricia, aprobado mediante Decreto Supremo N° 026-2016-SA DECRETO SUPREMO Nº 024-2017-SA El PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA CONSIDERANDO: Que, la Ley Nº 26842, Ley General de Salud, en el Título Preliminar, numeral XV, señala que el Estado promueve la investigación cientí fi ca y tecnológica en el campo de la salud, así como la formación, capacitación y entrenamiento de recursos humanos para el cuidado de la salud; asimismo, en el artículo 123 menciona que el Ministerio de Salud es la autoridad de salud a nivel nacional, es el organismo del Poder Ejecutivo que tiene a su cargo la formulación, dirección y gestión de la política nacional de salud y actúa como la máxima autoridad normativa en materia de salud; Que, el Decreto Legislativo Nº 1161, que aprueba la Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Salud, en el artículo 4 establece que el Ministerio de Salud es el organismo rector del Sector Salud; asimismo, en el numeral 7 del artículo 3 menciona como parte de su ámbito de competencias de rectoría sectorial, a los recursos humanos en salud; Que, el Decreto Supremo N° 026-2016-SA, que aprueba el Reglamento del Residentado en Obstetricia, REQUISITOS PARA PUBLICACIÓN DE DECLARACIONES JURADAS Se comunica a los organismos públicos que, para efecto de la publicación en la Separata Especial de Declaraciones Juradas de Funcionarios y Servidores Públicos del Estado, se deberá tomar en cuenta lo siguiente: 1. La solicitud de publicación se efectuará mediante oficio dirigido al Director del Diario Oficial El Peruano y las declaraciones juradas deberán entregarse en copias autenticadas o refrendadas por un funcionario de la entidad solicitante. 2. La publicación se realizará de acuerdo al orden de recepción del material y la disponibilidad de espacio en la Separata de Declaraciones Juradas. 3. La documentación a publicar se enviará además en archivo electrónico (CD o USB) y/o al correo electrónico: dj@editoraperu.com.pe , precisando en la solicitud que el contenido de la versión electrónica es idéntico al del material impreso que se adjunta; de no existir esta identidad el cliente asumirá la responsabilidad del texto publicado y del costo de la nueva publicación o de la Fe de Erratas a publicarse. 4. Las declaraciones juradas deberán trabajarse en Excel, presentado en dos columnas, una línea por celda.5. La información se guardará en una sola hoja de cálculo , colocándose una declaración jurada debajo de otra. LA DIRECCIÓN