Norma Legal Oficial del día 17 de agosto del año 2017 (17/08/2017)


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TEXTO DE LA PÁGINA 25

El Peruano / Jueves 17 de agosto de 2017

NORMAS LEGALES
"DEBE DECIR:

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RELACIONES EXTERIORES
FE DE ERRATAS DECRETO SUPREMO Nº 037-2017-RE Mediante Oficio Nº 1118-2017-DP/SCM, la Secretaría del Consejo de Ministros solicita se publique Fe de Erratas del Decreto Supremo Nº 037-2017-RE, publicada en la edición del día 14 de agosto de 2017. Considerando: (...) Sexto Párrafo "DICE: Que, en ese sentido, resulta necesario retirar del Anexo del Decreto Supremo N° 23-95-RE la referencia a la República de Serbia y Montenegro, e incorporar a la República de Montenegro y la República de Serbia y asimismo, incorporar a la República de Guatemala en el Anexo del Decreto Supremo N° 23-95-RE;" "DEBE DECIR: Que, en ese sentido, resulta necesario retirar del Anexo del Decreto Supremo N° 23-95-RE la referencia a la República de Serbia y Montenegro, e incorporar a Montenegro y a la República de Serbia, y asimismo, incorporar a la República de Guatemala en el Anexo del Decreto Supremo N° 23-95-RE;" "DICE: Articulo 1°.- Modificación del Anexo del Decreto Supremo N° 23-95-RE Retírese del Anexo del Decreto Supremo N° 23-95RE la referencia a la República de Serbia y Montenegro, e incorpórese en su lugar a la República de Montenegro y a la República de Serbia. Asimismo, incorpórese a la República de Guatemala en el Anexo del Decreto Supremo N° 23-95-RE."

Artículo 1°.- Modifcación del Anexo del Decreto Supremo N° 23-95-RE Retírese del Anexo del Decreto Supremo N° 23-95-RE la referencia a la República de Serbia y Montenegro, e incorpórese en su lugar a Montenegro y a la República de Serbia. Asimismo, incorpórese a la República de Guatemala en el Anexo del Decreto Supremo N° 23-95RE." 1555417-1

SALUD
Decreto Supremo que modifica el Reglamento del Residentado en Obstetricia, aprobado mediante Decreto Supremo N° 026-2016-SA
DECRETO SUPREMO Nº 024-2017-SA El PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA CONSIDERANDO: Que, la Ley Nº 26842, Ley General de Salud, en el Título Preliminar, numeral XV, señala que el Estado promueve la investigación científica y tecnológica en el campo de la salud, así como la formación, capacitación y entrenamiento de recursos humanos para el cuidado de la salud; asimismo, en el artículo 123 menciona que el Ministerio de Salud es la autoridad de salud a nivel nacional, es el organismo del Poder Ejecutivo que tiene a su cargo la formulación, dirección y gestión de la política nacional de salud y actúa como la máxima autoridad normativa en materia de salud; Que, el Decreto Legislativo Nº 1161, que aprueba la Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Salud, en el artículo 4 establece que el Ministerio de Salud es el organismo rector del Sector Salud; asimismo, en el numeral 7 del artículo 3 menciona como parte de su ámbito de competencias de rectoría sectorial, a los recursos humanos en salud; Que, el Decreto Supremo N° 026-2016-SA, que aprueba el Reglamento del Residentado en Obstetricia,

REQUISITOS PARA PUBLICACIÓN DE DECLARACIONES JURADAS
Se comunica a los organismos públicos que, para efecto de la publicación en la Separata Especial de Declaraciones Juradas de Funcionarios y Servidores Públicos del Estado, se deberá tomar en cuenta lo siguiente: 1. La solicitud de publicación se efectuará mediante oficio dirigido al Director del Diario Oficial El Peruano y las declaraciones juradas deberán entregarse en copias autenticadas o refrendadas por un funcionario de la entidad solicitante. La publicación se realizará de acuerdo al orden de recepción del material y la disponibilidad de espacio en la Separata de Declaraciones Juradas. La documentación a publicar se enviará además en archivo electrónico (CD o USB) y/o al correo electrónico: dj@editoraperu.com.pe, precisando en la solicitud que el contenido de la versión electrónica es idéntico al del material impreso que se adjunta; de no existir esta identidad el cliente asumirá la responsabilidad del texto publicado y del costo de la nueva publicación o de la Fe de Erratas a publicarse. Las declaraciones juradas deberán trabajarse en Excel, presentado en dos columnas, una línea por celda. La información se guardará en una sola hoja de cálculo, colocándose una declaración jurada debajo de otra.
LA DIRECCIÓN

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