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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 17 DE AGOSTO DEL AÑO 2017 (17/08/2017)

CANTIDAD DE PAGINAS: 88

TEXTO PAGINA: 17

17 NORMAS LEGALES Jueves 17 de agosto de 2017 El Peruano / EDUCACION Modifican Norma Técnica denominada “Normas y Orientaciones para el Desarrollo del Año Escolar 2017 en Instituciones Educativas y Programas Educativos de la Educación Básica” RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 458-2017-MINEDU Lima, 16 de agosto de 2017VISTOS, el Expediente N° 0117662-2017, el Informe N° 118-2017-MINEDU/VMGI-DIGC-DIGE elaborado por la Dirección de Gestión Escolar dependiente de la Dirección General de Calidad de la Gestión Escolar, el Informe N° 003-2017-MINEDU/VMGP-DIGEBR-PYCC de la Dirección General de Educación Básica Regular, el Informe N° 755-2017-MINEDU/SG-OGAJ de la O fi cina General de Asesoría Jurídica, y; CONSIDERANDO: Que, el artículo 79 de la Ley N° 28044, Ley General de Educación, establece que el Ministerio de Educación es el órgano del Gobierno Nacional que tiene por fi nalidad defi nir, dirigir y articular la política de educación, cultura, recreación y deporte, en concordancia con la política general del Estado; Que, mediante Resolución Ministerial N° 627-2016-MINEDU, modi fi cada por Resolución Ministerial N° 070-2017-MINEDU, se aprobó la Norma Técnica denominada “Normas y Orientaciones para el Desarrollo del Año Escolar 2017 en Instituciones Educativas y Programas de la Educación Básica”; Que, mediante O fi cio N° 541-2017-MINEDU/VMGI- DIGC, la Dirección General de Calidad de la Gestión Escolar remitió al Despacho Viceministerial de Gestión Institucional, el Informe N° 118-2017-MINEDU/DIGC-DIGE emitido por la Dirección de Gestión Escolar, a través del cual se sustenta la necesidad de modi fi car el acápite referido al Programa Nacional de Alimentación Escolar Qali Warma (PNAEQW) ubicado en el literal “h” del numeral 6.1.7 de la referida norma, a fi n de concordar su redacción con la norma técnica para la cogestión del servicio alimentario del Programa Nacional Escolar Qali Warma, aprobada por Resolución de Secretaría General Nº 602-2014-MINEDU; Que, asimismo los Informes N° 118-2017-MINEDU/ VMGI-DIGC-DIGE y N° 003-2017-MINEDU/VMGP-DIGEBR-PYCC, remitidos por la Dirección General de Calidad de la Gestión Escolar y la Dirección General de Educación Básica Regular, respectivamente, sustentan la necesidad de incorporar disposiciones en el literal “a” referido a la organización y actores de la institución educativa, ubicado en el numeral 6.1.1 de la citada norma técnica, la programación de al menos una reunión con padres de familia para el trabajo de re fl exión y discusión sobre temas pedagógicos relevantes para la formación de los estudiantes; Con el visado del Despacho Viceministerial de Gestión Pedagógica, del Despacho Viceministerial de Gestión Institucional, de la Secretaría General, de la Dirección General de Calidad de la Gestión Escolar, de la Dirección General de Educación Básica Regular y de la O fi cina General de Asesoría Jurídica; De conformidad con lo dispuesto en el Decreto Ley N° 25762, Ley Orgánica del Ministerio de Educación, modi fi cado por la Ley N° 26510; y el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Educación, aprobado por Decreto Supremo N° 001-2015-MINEDU; SE RESUELVE: Artículo Único.- Modifíquese el literal a. referido a la organización y actores de la institución educativa del numeral 6.1.1, así como el acápite referido al Programa Nacional de Alimentación Escolar Qali Warma (PNAEQW) del literal h. del numeral 6.1.7 de la Norma Técnica denominada “Normas y orientaciones para el Desarrollo del Año Escolar 2017 en Instituciones Educativas y Programas Educativos de la Educación Básica”, aprobada por Resolución Ministerial N° 627-2016-MINEDU, modi fi cada por Resolución Ministerial N° 070-2017-MINEDU, conforme a la siguiente redacción: “6.1.1 Orientaciones para la organización y funcionamiento de la institución educativa durante el año escolar a. Organización y actores de la institución educativa El/La director/a de la IE o profesor/a coordinador/a de los programas no escolarizados es responsable de la gestión de la IE o programa, en coordinación con el equipo directivo, ejerciendo su rol de líder pedagógico. El órgano pedagógico garantiza la gestión efectiva de los aprendizajes y el órgano de administración contribuye a generar condiciones de soporte con las metas de aprendizaje y los procesos pedagógicos. Es responsabilidad del equipo directivo promover espacios de participación de los actores de la comunidad educativa (profesores/as, estudiantes, padres y madres de familia) para el establecimiento de metas orientadas a la mejora de los aprendizajes. Los directores de las II.EE, en coordinación con sus docentes, programarán al menos una reunión con padres de familia, para refl exionar y discutir temas pedagógicos relevantes para los estudiantes, considerando los siguientes temas: - La familia comprometida con el desarrollo de valores. - Enfoques transversales para el desarrollo del per fi l de egreso. Dicha programación se hará de acuerdo a las necesidades de los estudiantes y tomando en cuenta la calendarización del PAT. Las orientaciones especí fi cas de cada tema serán brindadas por el Minedu, a través de sus canales de comunicación. Todas las II.EE. públicas deben conformar el Consejo Educativo Institucional (CONEI), bajo responsabilidad del director/a de la IE. El CONEI participa en la formulación e implementación del PAT y del PEI. Los padres y madres de familia participan en la gestión de la IE a través de la Asociación de Padres de Familia (APAFA) y los Comités de Aula, en coordinación con los y las profesores/as de aula o tutores y se involucran en el aprendizaje de sus hijas e hijos.” (…) 6.1.7 Soporte al funcionamiento de la institución educativa (…) h. Iniciativa intersectorial e intergubernamental “Aprende Saludable” (…) - Programa Nacional de Alimentación Escolar Qali Warma (PNAEQW) El Comité de Alimentación Escolar (CAE) es un espacio integrado por madres, padres, docentes, directivos, quienes ejecutan y vigilan el servicio alimentario. Cada IE conformará el CAE y se informará su conformación a la Unidad Territorial de Qali Warma. El CAE cumplirá las funciones que señala la “Norma Técnica de cogestión del servicio alimentario del Programa Nacional de Alimentación Escolar Qali Warma” aprobada por Resolución de Secretaria General N° 602-2014-MINEDU. El CAE, en coordinación con las familias, brindará facilidades para el servicio alimentario, el cual se realizará en los siguientes momentos: