Norma Legal Oficial del día 17 de agosto del año 2017 (17/08/2017)


Si dese vizualizar el documento entero como pdf click aqui.

TEXTO DE LA PÁGINA 24

24

NORMAS LEGALES

Jueves 17 de agosto de 2017 /

El Peruano

Articulo 4.- Notificar la presente Resolución a la Secretaría General, a la Oficina de Asesoría Jurídica y a la Unidad de Tecnología e Informática de la Oficina de Administración. Artículo 5.- Disponer la publicación de la presente Resolución en el Diario Oficial "El Peruano". Regístrese, comuníquese y publíquese. MARIA LILA IWASAKI CAUTI Presidenta (e) Consejo Nacional para la Integración de la Persona con Discapacidad 1555407-2

PRODUCE
Autorizan viaje de funcionaria y profesional del INACAL a Colombia, en comisión de servicios
RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 373-2017-PRODUCE Lima, 15 de agosto de 2017 VISTOS: La comunicación electrónica de fecha 19 de julio de 2017 de la Inter American Accreditation Cooperation ­ IAAC, el Informe N° 069-2017-INACAL/ DA, el Informe N° 127-2017-INACAL-OPP, el Informe N° 1145-2017-PRODUCE/OGAJ; y, CONSIDERANDO: Que, mediante comunicación electrónica de fecha 19 de julio de 2017, Victor Grandy, Executive Secretary of the Inter American Accreditation Cooperation ­ IAAC, pone en conocimiento de los miembros del Grupo del Acuerdo de Reconocimiento Multilateral ­ MLA que se realizarán reuniones de dicho grupo en el evento "XXII Asembly IAAC", el cual se llevará a cabo en la ciudad de Bogotá, República de Colombia, del 19 al 25 de agosto de 2017; Que, con el Informe N° 069-2017-INACAL/ DA, la Directora de la Dirección de Acreditación del INACAL señala que, es importante su participación en representación de la entidad en el mencionado evento, por cuanto el INACAL es miembro pleno del IAAC desde el año 2015 y que en dichas reuniones se abordan temas de actualidad relacionados con el cumplimiento de la Norma ISO/IEC 17011, así como nuevas directivas del IAAC en materia de acreditación de laboratorios de ensayo y calibración, las cuales son importantes a fin de contar con una infraestructura de la calidad reconocida regional e internacionalmente; recomendando también la participación de la señora Patricia Aguilar Rodríguez, profesional del INACAL, en el mencionado evento; Que, por Informe N° 127-2017-INACAL-OPP, la Jefa de la Oficina de Planeamiento y Presupuesto del INACAL señala que la participación en el mencionado evento se encuentra alineada al II Eje Estratégico Institucional "Mejorar el posicionamiento técnico del INACAL en foros internacionales" y al Objetivo Estratégico 4 "Representar a los intereses nacionales en organizaciones internacionales asociadas a Normalización, Acreditación y Metrología" del Plan Estratégico Institucional 2015-2017; Que, la Ley Nº 27619, Ley que regula la autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos y el Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM, que aprueba normas reglamentarias sobre autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos, señalan que los mismos deben sustentarse en el interés nacional o institucional; y que para el caso de autorizaciones de viaje de los servidores y funcionarios públicos de los Ministerios y de los Organismos Públicos Descentralizados correspondientes que ocasionen gastos al Estado se

otorgarán por Resolución Ministerial del respectivo Sector; Que, la Ley N° 30518, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2017, señala en el numeral 10.1 de su artículo 10 que los viajes al exterior de los servidores o funcionarios públicos y representantes del Estado con cargo a recursos públicos deben realizarse en categoría económica; Que, en consecuencia, de acuerdo al itinerario propuesto, es necesario autorizar el viaje de la señora Juana Hidalgo Murrieta de Cueva, Directora de la Dirección de Acreditación del INACAL y la señora Lidia Patricia Aguilar Rodríguez, profesional del INACAL, a la ciudad de Bogotá, República de Colombia, del 19 al 24 de agosto de 2017, para los fines expuestos en los considerandos precedentes; Con el visado de la Secretaría General y la Oficina General de Asesoría Jurídica del Ministerio de la Producción; y, De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; la Ley N° 30518, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2017; el Decreto Legislativo Nº 1047, Decreto Legislativo que aprueba la Ley de Organización y Funciones del Ministerio de la Producción y modificatorias; la Ley N° 27619, Ley que regula la autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos y modificatorias; el Decreto Supremo N° 047-2002-PCM, que aprueba normas reglamentarias sobre autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos y modificatorias; el Decreto Supremo N° 002-2017-PRODUCE, que aprueba el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de la Producción y modificatoria; y la Resolución Ministerial Nº 296-2009-PRODUCE, que aprueba la Directiva General Nº 007-2009-PRODUCE, "Directiva de Procedimientos para las Autorizaciones de Viajes al Exterior en el Ministerio de la Producción"; SE RESUELVE: Artículo 1.- Autorizar el viaje en comisión de servicios de la señora Juana Hidalgo Murrieta de Cueva, Directora de la Dirección de Acreditación del INACAL y la señora Lidia Patricia Aguilar Rodríguez, profesional del INACAL, a la ciudad de Bogotá, República de Colombia, del 19 al 24 de agosto de 2017, para los fines expuestos en la parte considerativa de la presente Resolución. Artículo 2.- Los gastos correspondientes a los pasajes aéreos y viáticos que demanden los viajes autorizados en el artículo precedente, serán atendidos con cargo al Presupuesto Institucional 2017 del INACAL, de acuerdo al siguiente detalle:
Viáticos por 5 días US$ 370,00 por día (4 días de viáticos + 1 por concepto de instalación) 1,850.00 1,850.00

Nombres y apellidos Juana Hidalgo Murrieta de Cueva Lidia Patricia Aguilar Rodríguez

Pasaje aéreo (Incluido TUUA) US$ 538.36 538.36

TOTAL US$

2,388.36 2,388.36

Artículo 3.- Dentro de los quince (15) días calendario siguientes de efectuado el viaje, las comisionadas deberán presentar al Titular de la Entidad, un informe detallado de las acciones realizadas, los resultados obtenidos y la rendición de cuentas. Artículo 4.- La presente Resolución Ministerial no libera ni exonera del pago de impuestos y/o derechos aduaneros de cualquier clase o denominación. Regístrese, comuníquese y publíquese. PEDRO C. OLAECHEA ÁLVAREZ-CALDERÓN Ministro de la Producción 1555024-1

Deseo borrar mis datos personales que aparecen en esta página.