Norma Legal Oficial del día 17 de agosto del año 2017 (17/08/2017)


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TEXTO DE LA PÁGINA 23

El Peruano / Jueves 17 de agosto de 2017

NORMAS LEGALES

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Autorizar la publicación del proyecto de Resolución de Presidencia que aprueba la Directiva que regula el procedimiento de convocatoria y elección de los miembros del Consejo Consultivo del CONADIS
RESOLUCIÓN DE PRESIDENCIA Nº 057-2017-CONADIS/PRE Lima, 16 de agosto de 2017 VISTOS: El Informe N° 142-2017-CONADIS/DPD de la Dirección de Políticas en Discapacidad y el Informe N° 150-2017-CONADIS/OAJ de la Oficina de Asesoría Jurídica; y, CONSIDERANDO: Que, en virtud al numeral 3 del artículo 4 de la Convención sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad, los Estados Partes se han comprometido en la elaboración y aplicación de legislación y políticas para hacer efectiva la misma, y en otros procesos de adopción de decisiones sobre cuestiones relacionadas con las personas con discapacidad, celebrando consultas estrechas y colaborando activamente con las personas con discapacidad, a través de las organizaciones que las representan; Que, el artículo 63 de la Ley N° 29973, Ley General de la Persona con Discapacidad, establece que el Consejo Nacional para la Integración de la Persona con Discapacidad ­ CONADIS es el órgano especializado en cuestiones relativas a la discapacidad; constituido como un organismo público ejecutor adscrito al Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables, con autonomía técnica, administrativa, de administración, económica y financiera, el cual es además pliego presupuestario; Que, por su parte, el artículo 14 de la Ley General de la Persona con Discapacidad, determina que las autoridades de los distintos sectores y niveles de gobierno tienen la obligación de realizar consultas con las organizaciones que representan a las personas con discapacidad, previamente a la adopción de normas legislativas y administrativas, políticas y programas sobre cuestiones relativas a la discapacidad; siendo que tales consultas se desarrollan sobre la base de los principios de accesibilidad, buena fe, oportunidad y transparencia; Que, el numeral 12.1 del artículo 12 del Reglamento de la Ley General de la Persona con Discapacidad, aprobado mediante el Decreto Supremo N° 002-2014-MIMP, señala que en el marco del derecho a la consulta, previamente a la adopción de normas legislativas y administrativas, políticas y programas sobre cuestiones relativas a la discapacidad, éstas deben ser difundidas por un plazo no menor de treinta (30) días, conforme a lo establecido en el artículo 14 del Decreto Supremo Nº 001-2009-JUS; período en el cual las organizaciones de y para personas con discapacidad pueden formular las observaciones correspondientes; Que, el inciso 1 del artículo 14 del Reglamento que establece disposiciones relativas a la Publicidad, Publicación de Proyectos Normativos y Difusión de Normas Legales de Carácter General, aprobado por el Decreto Supremo Nº 001-2009-JUS, señala que las entidades públicas dispondrán la publicación de los proyectos de normas de carácter General que sean de su competencia en el Diario Oficial "El Peruano", en sus Portales Electrónicos o mediante cualquier otro medio, en un plazo no menor a los treinta (30) días antes de la fecha prevista para su entrada en vigencia; por lo cual, a través de dicha publicación, las entidades permitirán que las personas interesadas formulen comentarios sobre las medidas normativas propuestas; Que, el numeral 6.1.5 de la Directiva N° 005-2015-CONADIS-PRE, "Directiva que establece el procedimiento de publicación en el Portal Institucional

del Consejo Nacional para la Integración de la Persona con Discapacidad - CONADIS, de los proyectos de normas legales, normas administrativas, políticas y programas que se formulen en cuestiones relativas a la discapacidad", aprobada por Resolución de Presidencia N° 101-2015-CONADIS/PRE, establece que la Oficina de Asesoría Jurídica realiza la evaluación correspondiente del proyecto formulado, emitiendo el Informe Legal y elaborando el proyecto de Resolución de Presidencia que autoriza la publicación en el Portal Institucional del CONADIS de la propuesta por un plazo de treinta (30) días hábiles; Que, en atención a lo señalado en el Informe N° 150-2017-CONADIS/OAJ emitido por la Oficina de Asesoría Jurídica, el presente proyecto normativo es una Resolución de Presidencia que aprueba la Directiva que regula el procedimiento de convocatoria y elección de los miembros del Consejo Consultivo del Consejo Nacional para la Integración de la Persona con Discapacidad, la cual tiene por objeto establecer el referido procedimiento en el marco de lo establecido por la Ley General de la Persona con Discapacidad y su Reglamento; Que, el citado proyecto normativo está ligado a la obtención de un fin de interés público, al regular un mecanismo que propone optimizar el procedimiento de convocatoria y elección de los representantes de las organizaciones de personas con discapacidad al Consejo Consultivo del CONADIS; por lo cual, resulta procedente disponer su publicación previa a fin de someterlo a consulta, conforme a lo señalado por el artículo 14 de la Ley N° 29973, Ley General de la Persona con Discapacidad y el inciso 12.1 del artículo 12 de su Reglamento, en concordancia con el artículo 14 del Reglamento que establece disposiciones relativas a la Publicidad, Publicación de Proyectos Normativos y Difusión de Normas Legales de Carácter General, aprobado por el Decreto Supremo Nº 001-2009-JUS; Con la visación de la Secretaría General y de la Oficina de Asesoría Jurídica; y, De conformidad con la Ley N° 29973, Ley General de la Persona con Discapacidad y su Reglamento aprobado por el Decreto Supremo N° 002-2014-MIMP; el Reglamento que establece disposiciones relativas a la Publicidad, Publicación de Proyectos Normativos y Difusión de Normas Legales de Carácter General, aprobado por el Decreto Supremo Nº 001-2009-JUS; el Reglamento de Organización y Funciones aprobado mediante del Consejo Nacional para la Integración de la Persona con Discapacidad ­ CONADIS, aprobado por Decreto Supremo N° 002-2016-MIMP; la Directiva N° 005-2015-CONADIS-PRE, "Directiva que establece el procedimiento de publicación en el Portal Institucional del Consejo Nacional para la Integración de la Persona con Discapacidad - CONADIS, de los proyectos de normas legales, normas administrativas, políticas y programas que se formulen en cuestiones relativas a la discapacidad", aprobada por la Resolución de Presidencia N° 101-2015-CONADIS/PRE; y la Resolución Suprema N° 005-2017/MIMP; SE RESUELVE: Artículo 1.- Autorizar la publicación del proyecto de Resolución de Presidencia que aprueba la Directiva que regula el procedimiento de convocatoria y elección de los miembros del Consejo Consultivo del Consejo Nacional para la Integración de la Persona con Discapacidad. Artículo 2.- Disponer que la Unidad de Tecnología e Informática de la Oficina de Administración publique en el Portal Institucional (www.conadis.gob.pe) por un plazo de treinta (30) días hábiles, el proyecto normativo señalado en el artículo 1 de la presente Resolución, a fin de recibir los comentarios y sugerencias de los interesados. Artículo 3.- Las comentarios y sugerencias podrán ser presentados dentro del plazo señalado en el artículo 2 de la presente Resolución, en la Mesa de Partes del Consejo Nacional para la Integración de la Persona con Discapacidad ­ CONADIS, ubicado en Av. Arequipa N° 375 - Santa Beatriz, Lima; o a través de la dirección electrónica derechodeconsulta@conadisperu.gob.pe

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