Norma Legal Oficial del día 19 de agosto del año 2017 (19/08/2017)


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TEXTO DE LA PÁGINA 15

El Peruano / Sábado 19 de agosto de 2017

NORMAS LEGALES

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Pasajes Aéreos: Lima - Santiago (República de Chile) - Lima US$. 721.27 US$. 721.27 Pasajes Terrestres: Santiago - Valparaíso (República de Chile) - Santiago US$. 190.00 US$. 190.00 Viáticos: US$. 370.00 x 12 días TOTAL A PAGAR: US$. 4,440.00 ------------------US$. 5,351.27

Artículo 3.- El Comandante General de la Marina queda facultado para variar la fecha de inicio y término de la autorización a que se refiere el artículo 1, sin exceder el total de días autorizados; y sin variar la actividad para la cual se autoriza el viaje, ni el nombre del participante. Artículo 4.- El Oficial Superior comisionado, deberá cumplir con presentar un informe detallado ante el Titular de la Entidad, describiendo las acciones realizadas y los resultados obtenidos durante el viaje autorizado, dentro de los QUINCE (15) días calendario contados a partir de la fecha de retorno al país. Asimismo, dentro del mismo plazo deberá efectuar la sustentación de viáticos, conforme a lo indicado en el artículo 6 del Decreto Supremo Nº 0472002-PCM y su modificatoria. Artículo 5.- La presente Resolución Ministerial, no dará derecho a exoneración ni liberación de impuestos aduaneros de ninguna clase o denominación. Regístrese, comuníquese y publíquese. JORGE NIETO MONTESINOS Ministro de Defensa 1556431-6

Modifican la R.M. N° 228-2017-DE/FAP, mediante la cual se autorizó viaje de oficiales FAP a Colombia, en comisión de servicios
RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 1127-2017 DE/FAP Jesús María, 17 de agosto de 2017 VISTO: El Oficio NC-35-SGFA-N° 2062 de fecha 02 de junio de 2017, del Secretario General de la Fuerza Aérea del Perú. CONSIDERANDO: Que, mediante Resolución Ministerial N° 228-2017DE/FAP de fecha 28 de febrero de 2017, se autorizó el viaje en Comisión de Servicio del Coronel FAP Martín Alberto Davelouis Sanchez y al Coronel FAP David Fernando Velasquez Portella, para que participen en el Comité XXIV del SICOFAA, que se realizó en el Municipio de Rionegro Departamento de Antioquía ­ República de Colombia del 05 al 11 de marzo de 2017 (incluidos los días de viaje), precisandose en su artículo 3 que los gastos de alojamiento, alimentación, y transporte local del personal designado, serán asumidos por la Fuerza Aérea Colombiana; Que, mediante el Informe NC-35-SGFA-OENFA-N° 0002 de fecha 14 de marzo de 2017, el Oficial de Enlace de la Fuerza Aérea del Perú ante el Sistema de Cooperación entre las Fuerzas Aéreas Americanas (SICOFAA), informa al Comandante General de la Fuerza Aérea del Perú que el personal mencionado en el considerando precedente asumió los gastos de alojamiento, alimentación y transporte, durante el desarrollo de la referida comisión; Que, mediante el SITFAGRAMA OEN-17-083-075 de fecha 24 de abril de 2017, el Oficial de Enlace de la Fuerza Aérea del Perú ante el SICOFAA, solicitó a la Fuerza Aérea Colombiana información relacionada a precisar

quién asumió los gastos de alojamiento, alimentación y transporte, durante el desarrollo del Comité XXIV del SICOFAA en el Municipio de la ciudad de Rionegro ­ Colombia llevado a cabo del 05 al 11 de marzo de 2017; Que, mediante el SITFAGRAMA OEN-17-128-001 de fecha 08 de mayo de 2017, el Oficial de Enlace de la Fuerza Aérea Colombiana, informó que cada país asumió los gastos de alojamiento, alimentación y transporte de su Delegación durante el desarrollo del evento antes mencionado; Que, mediante Informe Nº 001-SGAE-2017 de fecha 12 de mayo de 2017, el Jefe de la Oficina de Asesoría Legal de la Secretaría General de la Fuerza Aérea del Perú recomienda que se autorice el pago de viáticos a favor del Coronel FAP Martín Alberto Davelouis Sanchez y al Coronel FAP David Fernando Velasquez Portella, generados en el viaje autorizado mediante Resolución Ministerial N° 228-2017-DE/FAP de fecha 28 de febrero del 2017, para lo cual se cuenta con la correspondiente certificación presupuestal; Que, conforme a lo mencionado en el documento HGN° 0072 DGDF-ME/SIAF-SP de fecha 26 de mayo de 2017 del Jefe del Departamento de Economía y Finanzas de la Dirección General de Personal de la Fuerza Aérea del Perú, el gasto derivado por viáticos en Comisión de Servicio en el Extranjero que ocasiona la presente autorización, se efectuará con cargo al presupuesto institucional Año Fiscal 2017, la Fuerza Aérea del Perú, de conformidad con el artículo 13 del Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM; lo cual incluye para el presente evento viáticos por Comisión de Servicio en el Extranjero de acuerdo a lo establecido en el inciso b) del artículo 10 del Decreto Supremo N° 002-2004-DE-SG; Estando a lo propuesto por el Comandante General de la Fuerza Aérea del Perú, y; De conformidad con el Decreto Legislativo Nº 1134 ­ Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Defensa; la Ley Nº 30518 ­ Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2017; la Ley N° 27619­Ley que Regula la Autorización de Viajes al Exterior de Servidores y Funcionarios Públicos y su Reglamento aprobado con el Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM y modificado con el Decreto Supremo Nº 056-2013-PCM; el Decreto Supremo Nº 002-2004-DE/SG y sus modificatorias, que reglamentan los viajes al exterior del personal militar y civil del Sector Defensa. SE RESUELVE: Artículo 1.- Modificar el artículo 2 de la Resolución Ministerial N° 228-2017-DE/FAP de fecha 28 de febrero de 2017, con la finalidad de incluir el concepto de viáticos por comisión de servicio, conforme al siguiente detalle: Viáticos: US$ 370.00 x 05 días x 02 personas US$ 3,700.00

Artículo 2.- La Fuerza Aérea del Perú, efectuará los pagos que correspondan, con cargo al presupuesto institucional Año Fiscal 2017, de acuerdo al concepto mencionado en el artículo anterior. Artículo 3.- El personal efectuará la sustentación de viáticos a lo que se refiere el artículo 6 del Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM, dentro de los quince (15) días de emitida la presente resolución. Regístrese, comuníquese y publíquese. JORGE NIETO MONTESINOS Ministro de Defensa 1556182-1

Designan representantes del Ministerio ante la Comisión de Lucha contra los Delitos Aduaneros y la Piratería
RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 1128-2017-DE/SG Jesús Maria, 17 de agosto de 2017

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