Norma Legal Oficial del día 19 de agosto del año 2017 (19/08/2017)


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NORMAS LEGALES

Sábado 19 de agosto de 2017 /

El Peruano

MEF, aprobado con Decreto Supremo Nº 117-2014-EF, la Oficina General de Planificación y Presupuesto tiene entre sus funciones formular, proponer, evaluar y actualizar los documentos normativos de gestión institucional de este Ministerio, tales como el TUPA, entre otros; Que, en dicho contexto, la mencionada oficina en coordinación con la Oficina General de Servicios al Usuario, la Oficina General de Administración y el Tribunal Fiscal, plantea la modificación del TUPA del MEF en lo concerniente a los procedimientos administrativos Nº 1, 2, 3, 4 y 5, así como al servicio administrativo Nº 2, proponiendo la eliminación de los procedimientos administrativos Nº 3 "Rectificación de Resolución de derecho pensionario provisional, por error material, emitidas por la Oficina de Recursos Humanos"; Nº 4 "Recursos de apelación derivados de procesos de Adjudicación Directa Selectiva (ADS) y Adjudicación de Menor Cuantía"; y, Nº 5 "Recursos de apelación derivados de procedimientos de selección cuyo valor estimado o referencial sea igual o menor a sesenta y cinco Unidades Impositivas Tributarias (65 UIT); así como la adecuación de los procedimientos administrativos Nº 1 "Acceso a la Información que produzca o posea el MEF", Nº 2 "Envío de solicitudes y documentos a la ONP del Régimen pensionario Decreto Ley Nº 20530", y el servicio administrativo Nº 2 "Expedición de copias de folios de expedientes del Tribunal Fiscal", a las nuevas disposiciones legales correspondientes; Que, el numeral 43.5 del artículo 43 del TUO de la Ley Nº 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General, aprobado con Decreto Supremo Nº 006-2017JUS, establece que toda modificación del TUPA, que no implique la creación de nuevos procedimientos, incremento de derecho de tramitación o requisitos, debe realizarse por Resolución Ministerial del Sector; Que, por lo expuesto en los considerandos precedentes, resulta necesario aprobar la modificación del TUPA del MEF, aprobado con Decreto Supremo Nº 305-2012-EF y sus modificatorias, en lo concerniente a los procedimientos administrativos Nº 1 "Acceso a la Información que produzca o posea el MEF", Nº 2 "Envío de solicitudes y documentos a la ONP del Régimen pensionario Decreto Ley Nº 20530", así como sus respectivos Formatos de Sustentación Legal y Técnica, y el Servicio Nº 2, denominado "Expedición de copias de folios de expedientes del Tribunal Fiscal", así como la eliminación de los procedimientos administrativos Nº 3 "Rectificación de Resolución de derecho pensionario provisional, por error material, emitidas por la Oficina de Recursos Humanos"; Nº 4 "Recursos de apelación derivados de procesos de Adjudicación Directa Selectiva (ADS) y Adjudicación de Menor Cuantía"; y, Nº 5 "Recursos de apelación derivados de procedimientos de selección cuyo valor estimado o referencial sea igual o menor a sesenta y cinco Unidades Impositivas Tributarias (65 UIT)"; De conformidad con la Ley Nº 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; el Decreto Supremo Nº 006-2017JUS, Texto Único Ordenado de la Ley Nº 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General; el Decreto Supremo Nº 079-2007-PCM, que aprueba los lineamientos para elaboración y aprobación de TUPA y establecen disposiciones para el cumplimiento de la Ley del Silencio Administrativo; y, el Decreto Supremo Nº 117-2014-EF, Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Economía y Finanzas; SE RESUELVE: Artículo 1.- Modificar el Texto Único de Procedimientos Administrativos del Ministerio de Economía y Finanzas, aprobado con Decreto Supremo Nº 305-2012-EF y sus modificatorias, en lo concerniente a los procedimientos administrativos Nº 1 "Acceso a la Información que produzca o posea el MEF", incluido su Formulario Nº 1; Nº 2 "Envío de solicitudes y documentos a la ONP del Régimen pensionario Decreto Ley Nº 20530", incluido su Formulario Nº 2,

así como sus respectivos Formatos de Sustentación Legal y Técnica; y, el servicio administrativo Nº 2 "Expedición de copias de folios de expedientes del Tribunal Fiscal", los mismos que quedan redactados conforme al anexos que forman parte integrante de la presente resolución; así como eliminar los procedimientos administrativos Nº 3 "Rectificación de Resolución de derecho pensionario provisional, por error material, emitidas por la Oficina de Recursos Humanos"; Nº 4 "Recursos de apelación derivados de procesos de Adjudicación Directa Selectiva (ADS) y Adjudicación de Menor Cuantía"; y, Nº 5 "Recursos de apelación derivados de procedimientos de selección cuyo valor estimado o referencial sea igual o menor a sesenta y cinco Unidades Impositivas Tributarias (65 UIT)". Artículo 2.- Publicar la presente resolución ministerial en el Diario Oficial "El Peruano", debiendo publicar su anexo en el Portal Institucional del Ministerio de Economía y Finanzas (www.mef.gob.pe) y en el Portal de Servicios al Ciudadano y Empresas - PSCE (www. servicioalciudadano.gob.pe). Regístrese, comuníquese y publíquese. FERNANDO ZAVALA LOMBARDI Ministro de Economía y Finanzas 1555792-1

Precisan importe a ser depositado por la Dirección General de Endeudamiento y Tesoro Público en la cuenta del Fondo para Intervenciones ante la Ocurrencia de Desastres Naturales - FONDES
RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 291-2017-EF/52 Lima, 18 de agosto de 2017 CONSIDERANDO: Que, mediante el Decreto Supremo N° 179-2017EF se aprobó el listado de Unidades Ejecutoras de los pliegos presupuestarios del Gobierno Nacional, integrantes del Poder Ejecutivo, comprendidas en los alcances de la Quinta Disposición Complementaria Final de la Ley Nº 30519, Ley de Equilibrio Financiero del Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2017, así como los montos de sus Saldos de Balance de la fuente de financiamiento Recursos Directamente Recaudados al 31 de diciembre de 2016 que constituyen recursos del Tesoro Público, estableciéndose el procedimiento para el depósito de los mismos a la Cuenta del Tesoro Público; Que, en el marco de lo dispuesto por el último párrafo del literal f) del numeral 13.1 del artículo 13 de la Ley N° 30624, Ley que dispone medidas presupuestarias para el impulso del gasto público en el Año Fiscal 2017, la Dirección General de Endeudamiento y Tesoro Público está autorizada a depositar en la cuenta del Fondo para Intervenciones ante la Ocurrencia de Desastres Naturales­FONDES, creado por el artículo 4 de la Ley N° 30458, Ley que regula diversas medidas para financiar la ejecución de proyectos de inversión pública en apoyo de gobiernos regionales y locales, los Juegos Panamericanos y Parapanamericanos y la ocurrencia de desastres naturales, los recursos del Saldo de Balance a que se refiere el Decreto Supremo N° 179-2017-EF que sean determinados mediante Resolución Ministerial del Ministerio de Economía y Finanzas, a propuesta de dicha Dirección General en coordinación con la Dirección General de Presupuesto Público; Que, mediante Memorando Nº 1357-2017EF/50.06, del 16 de agosto de 2017, la Dirección General de Presupuesto Público manifiesta que los

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