Norma Legal Oficial del día 27 de agosto del año 2017 (27/08/2017)


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TEXTO DE LA PÁGINA 19

El Peruano / Domingo 27 de agosto de 2017

NORMAS LEGALES

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del Perú, aprobado mediante Decreto Supremo N° 0762005-RE, de 05 de octubre de 2005; Estando a lo expuesto, y de conformidad con lo dispuesto en el numeral 8) del artículo 118 de la Constitución Política del Perú, y en el numeral 3) del artículo 11 de la Ley N° 29158 - Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; DECRETA: Artículo 1.- Cierre del Consulado del Perú en Macará Disponer el cierre del Consulado del Perú en Macará, República del Ecuador, y trasladar su sede a la ciudad de Cuenca. Artículo 2.- Apertura del Consulado General del Perú en Cuenca Crear el Consulado General del Perú en Cuenca, República del Ecuador, con circunscripción en las provincias de Azuay, Cañar, Chimborazo y Morona Santiago. Artículo 3.- Circunscripción de Oficinas Consulares del Perú en Ecuador Establecer la circunscripción de las Oficinas Consulares peruanas en la República de Ecuador de la siguiente manera; A CARGO DE FUNCIONARIOS DE CARRERA SEDE DE OFICINA CONSULAR CIRCUNSCRIPCIÓN CONSULADO GENERAL EN Provincias de Guayas, GUAYAQUIL JEFATURA DE LOS Galápagos y Los Ríos SERVICIOS CONSULARES Provincias de Azuay, Cañar, CONSULADO EN CUENCA Chimborazo y Morona Santiago Provincias de Loja y Zamora CONSULADO EN LOJA Chlnchipe Provincias de Bolívar, Carchi, Cotopaxi, Esmeraldas, Imbabura, CONSULADO GENERAL EN Napo, Pastaza, Sucumbios, QUITO Orellana, Pichincha, Santo Domingo de los Tsáchilas y Tungurahua CONSULADO GENERAL EN Provincia de El Oro MÁCHALA A CARGO DE FUNCIONARIOS HONORARIOS OFICINA CONSULAR CIRCUNSCRIPCIÓN CONSULADO EN MANTA Provincia de Manabí CONSULADO EN SALINAS Provincia de Santa Elena Artículo 4.- Asignación de Recursos Asignar los recursos que resulten necesarios para solventar los gastos que irrogue el cumplimiento del presente Decreto Supremo en cuanto al traslado de la Oficina Consular en Macará a la ciudad de Cuenca, y el correspondiente sostenimiento del Consulado General del Perú en Cuenca, República del Ecuador, con cargo al Pliego Presupuestario del Ministerio de Relaciones Exteriores.

Artículo 5.- Refrendo El presente Decreto Supremo será refrendado por el Ministro de Relaciones Exteriores. Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los veinticuatro días del mes de agosto del año dos mil diecisiete. PEDRO PABLO KUCZYNSKI GODARD Presidente de la República RICARDO LUNA MENDOZA Ministro de Relaciones Exteriores 1559074-2

Autorizan al Ministerio de Relaciones Exteriores efectuar pago de cuotas a la SGCAN y a la INTERPOL
RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 198-2017-RE Lima, 24 de agosto de 2017 CONSIDERANDO: Que, mediante Ley Nº 30518 ­ Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2017, se aprobó el "Anexo B: Cuotas Internacionales - Año Fiscal 2017", donde se detallan las entidades y montos que corresponden a cuotas internacionales a ser otorgadas durante el año fiscal 2017; Que, mediante Decreto Supremo Nº 031-2017-RE, se modificó el referido "Anexo B: Cuotas Internacionales ­ Año Fiscal 2017", en lo que respecta al Pliego Presupuestario 008: Ministerio de Relaciones Exteriores, a efectos de atender los pagos de las cuotas a favor de la Secretaría General de la Comunidad Andina ­ SGCAN y de la Organización Internacional de Policía Criminal ­ INTERPOL, cuyos montos ascienden a S/ 4 905 000,00 y S/ 276 000,00, respectivamente, que corresponde al saldo de lo pagado mediante Resolución Suprema Nº 063-2017-RE; Que, de conformidad con lo establecido en el numeral 67.1 del artículo 67 del Texto Único Ordenado de la Ley Nº 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 304-2012-EF, las cuotas a los organismos internacionales no financieros de los cuales el Perú es país miembro se pagan con cargo al presupuesto del Ministerio de Relaciones Exteriores y son aprobadas mediante resolución suprema; Que, en el presupuesto del Ministerio de Relaciones Exteriores se han previsto recursos para los pagos de las cuotas a favor de la Secretaría General de la Comunidad Andina ­ SGCAN y de la Organización Internacional de Policía Criminal ­ INTERPOL, por lo que corresponde emitir la presente resolución a fin de autorizar los respectivos pagos; Estando a lo expuesto, y de conformidad con lo establecido en la Ley Nº 30518 - Ley de Presupuesto del

REQUISITO PARA PUBLICACILN DE NORMAS LEGALES Y SENTENCIAS
Se comunica a las entidades que conforman el Poder Legislativo, Poder Ejecutivo, Poder Judicial, Organismos constitucionales autónomos, Organismos Públicos, Gobiernos Regionales y Gobiernos Locales, que para efectos de la publicación de sus disposiciones en general (normas legales, reglamentos jurídicos o administrativos, resoluciones administrativas, actos de administración, actos administrativos, etc) con o sin anexos, que contengan más de una página, se adjuntará un CD o USB en formato Word con su contenido o éste podrá ser remitido al correo electrónico normaslegales@editoraperu.com.pe. LA DIRECCIÓN

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