Norma Legal Oficial del día 08 de diciembre del año 2017 (08/12/2017)


Si dese vizualizar el documento entero como pdf click aqui.

TEXTO DE LA PÁGINA 84

84

NORMAS LEGALES

Viernes 8 de diciembre de 2017 /

El Peruano

de Desarrollo de la Meseta Andina 2021, dando cuenta al Consejo Regional bajo responsabilidad. Artículo Tercero.- La presente Ordenanza entrará en vigencia al día siguiente de su publicación en el Diario Oficial El Peruano. Comuníquese al señor Gobernador del Gobierno Regional Piura para su promulgación. En Piura, al 24 día del mes de noviembre del año dos mil diecisiete. MARÍA CECILIA TORRES CARRIÓN Consejera Delegada Consejo Regional POR TANTO: Mando se publique y cumpla. Dada en la ciudad de Piura, en la Sede del Gobierno Regional, a los 29 días del mes de noviembre del año dos mil diecisiete. REYNALDO HILBCK GUZMÁN Gobernador Regional 1594943-1

GOBIERNO REGIONAL DE SAN MARTIN
Aprueban otorgamiento de concesión definitiva de generación con recursos energéticos renovables a favor de Oleaginosas del Perú S.A.
DIRECCIÓN REGIONAL DE ENERGÍA Y MINAS RESOLUCIÓN DIRECTORAL REGIONAL Nº 145-2017-GRSM/DREM Moyobamba, 29 de noviembre del 2017 VISTOS: El Expediente Nº 1817757-2017 de fecha 11 de setiembre del 2017, presentado por Oleaginosas del Perú S.A., mediante el cual solicita el otorgamiento de concesión definitiva de generación con Recursos Energéticos Renovables (RER) del proyecto "Gestión de Concesión de Energía Eléctrica mediante Recursos Energéticos Renovables de la Empresa Oleaginosas del Perú - OLPESA", a desarrollarse en la Central Térmica con Biomasa OLPESA, a partir de Biogás con el aprovechamiento de los efluentes industriales, con una potencia instalada de 2 MW, ubicada en el Complejo Industrial de OLPESA, Caserío Villa Palma del Centro Poblado Nuevo Bambamarca, distrito y provincia de Tocache, departamento San Martín, Informe Nº 19-2017-DREM-SM/DIE/RJCA; CONSIDERANDO: Que, por Resolución Ministerial Nº 550-2006-MEM/DM, publicada en el diario oficial El Peruano el 18 de noviembre de 2006, declaran que los Gobiernos Regionales de Apurímac, Cusco, La Libertad, Lambayeque, Moquegua, San Martín, Puno y Tumbes han concluido el proceso de transferencia de funciones en materia de Energía y Minas; transfiriéndose la facultad de otorgar autorizaciones y llevar el registro de generación de energía eléctrica con potencia instalada mayor a 500 Kw y menores a 10 MW (minicentrales), siempre que estén en la región; Que, el Decreto Supremo Nº 056-2009-EM (Disponen adecuar competencia de los Gobiernos Regionales para el otorgamiento de concesiones definitivas de generación

con recursos energéticos renovables) en el artículo 2º precisa la sustitución de autorizaciones otorgadas, señalando que las autorizaciones para generación de energía eléctrica con Recursos Energéticos Renovables (RER) cuya potencia sea mayor a 500 kW y menor a 10 MW, deberán ser sustituidas por concesiones RER, dentro del marco de sus competencias, a efectos de adecuar sus alcances a lo dispuesto por el penúltimo párrafo del artículo 38º del Decreto Ley Nº 25844, Ley de Concesiones Eléctricas; Que, el artículo 24º del Decreto Ley Nº 25844, Ley de Concesiones Eléctricas establece que la concesión definitiva permite utilizar bienes de uso público y el derecho de obtener la imposición de servidumbres para la construcción y operación de centrales de generación y obras conexas, subestaciones y líneas de transmisión, así como también de redes y subestaciones de distribución para Servicio Público de Electricidad; Que, en el artículo 3º del Decreto Legislativo Nº 1002, Decreto Legislativo de promoción de la inversión para la generación de electricidad con el uso de energías renovables, establece para efectos del presente Decreto Legislativo, se entiende como RER a los recursos energéticos tales como biomasa, eólico, solar, geotérmico y mareomotriz. Tratándose de la energía hidráulica, cuando la capacidad instalada no sobrepasa de los 20 MW; Que, las modificaciones antes referidas, giraron en torno a los siguientes aspectos: a) Se incorporó el Derecho Eléctrico de Concesión Definitiva de Generación de Recursos Energéticos Renovables, con capacidad instalada mayor de 500 kW; b) Se eliminó del artículo 4º sobre la Autorización para Centrales Hidroeléctricas, y c) El trámite de aprobación de una Concesión Definitiva de Generación de Recursos Energéticos Renovables con capacidad instalada mayor de 500 kW, quedó sujeto al procedimiento correspondiente al de una Autorización; Que, mediante Informe Nº 19-2017-DREM-SM/DIE/ RJCA de fecha 28 de noviembre del 2017, la Dirección de Infraestructura Eléctrica concluye que la solicitud de otorgamiento de concesión definitiva de generación de energía eléctrica con Recursos Energéticos Renovables (RER) para continuar desarrollando la actividad de generación de energía eléctrica en la Central Térmica con Biomasa OLPESA, del proyecto "Gestión de Concesión de Energía Eléctrica mediante Recursos Energéticos Renovables de la Empresa Oleaginosas del Perú OLPESA", ubicada en el Caserío Villa Palma del Centro Poblado Nuevo Bambamarca, distrito y provincia de Tocache, departamento de San Martín, con una potencia instalada de 2 MW, cumple con los requisitos legales y con los procedimientos correspondientes establecidos en la Ley de Concesiones Eléctricas y su reglamento, resultando procedente el otorgamiento de Concesión Definitiva de Generación con Recursos Energéticos Renovables; Estando con opinión favorable el informe de la Dirección de Infraestructura Eléctrica y; De conformidad con el artículo 25º de la Ley de Concesiones Eléctricas y el artículo 37º de su reglamento, y de conformidad con las disposiciones establecidas en el Decreto Legislativo Nº 1002, Decreto Supremo Nº 056-2009-EM y el artículo 126º del Reglamento de Organización y Funciones del Gobierno Regional San Martín, aprobado por Ordenanza Regional Nº 021-2017GRSM/CR; SE RESUELVE: Artículo Primero.- APROBAR el otorgamiento de Concesión Definitiva de Generación con Recursos Energéticos Renovables (RER) a favor de Oleaginosas del Perú S.A., para desarrollar la actividad de generación de energía eléctrica en las instalaciones del Complejo Industrial de Oleaginosas del Perú S.A. - OLPESA, mediante el proyecto "Gestión de Concesión de Energía Eléctrica mediante Recursos Energéticos Renovables de la Empresa Oleaginosas del Perú - OLPESA", con una potencia instalada de 2 MW, ubicada en el Caserío Villa Palma del Centro Poblado Nuevo Bambamarca, distrito y provincia de Tocache, departamento de San Martín,

Deseo borrar mis datos personales que aparecen en esta página.