Norma Legal Oficial del día 09 de diciembre del año 2017 (09/12/2017)


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TEXTO DE LA PÁGINA 28

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NORMAS LEGALES

Sábado 9 de diciembre de 2017 /

El Peruano

públicas en el ámbito nacional, regional y local, deberán utilizar de manera obligatoria la ZEE como instrumento de planificación y de gestión territorial. Que, la Ordenanza Regional Nº 233-2012-GOB. REG-HVCA/CR, en su artículo 1º textualmente dice: DECLARESE de Interés Regional el proceso de Mesozonificación Ecológica Económica y Ordenamiento Territorial del Departamento de Huancavelica. Que, la Ordenanza Regional Nº 338-GOB.REG -HVCA/ CR, con fecha 25 de abril del 2016, en su artículo 113º afirma que la Gerencia Regional de Recursos Naturales y Gestión Ambiental es el órgano responsable de la protección del medio ambiente y de los recursos naturales de la región; para ello coordina, dirige, ejecuta, supervisa, e impulsa las políticas en materia de su competencia. La Gerencia Regional de Recursos Naturales y Gestión Ambiental mantiene dependencia jerárquica con la Gerencia General. Que el artículo 84º de la ley Nº 28611 ­ Ley General del Ambiente, prescribe: "se consideran los recursos naturales a todos los componentes de la naturaleza, susceptibles ser aprovechados por el ser humano para la satisfacción de sus necesidades y que tengan un valor actual o potencial en el mercado"; por su parte el artículo 85º numeral 85.1 de la citada norma establece que el rol del estado frente a los recursos naturales es la promoción, conservación y el aprovechamiento sostenible a través de políticas, normas, instrumentos y acciones de desarrollo, así como, mediante el otorgamiento de derechos, conforme a los límites y principios expresados en la presente ley y en las demás leyes y normas reglamentarias aplicables, por consiguiente el artículo 89º establece que "...el ordenamiento y zonificación forestal es una medida de gestión de los recursos naturales". Que el Decreto Supremo Nº 018-2015-MINAGRI, Reglamento de la Ley 29763 - Ley Forestal y de Fauna Silvestre, establece en su artículo 26º, que la Zonificación Forestal, es un proceso obligatorio, técnico y participativo por el cual se delimitan las tierras forestales. Los resultados definen las alternativas de uso del recurso forestal y de fauna silvestre, y son de aplicación obligatoria, asimismo la Zonificación Forestal es la base técnica vinculante sobre la cual se determinan las diferentes unidades de ordenamiento forestal establecidas en la ley. Que, el objetivo de esta Ordenanza Regional es otorgar valor a los instrumentos de gestión en la promoción, conservación y administración de los recursos naturales, a fin de que las modalidades de acceso al bosque y otorgamiento de los títulos habilitantes sean en concordancia con su existencia y potencialidades del territorio, generando un aprovechamiento racional y sostenible de los recursos para las futuras generaciones. Que, el Artículo 38º de la Ley 27867 - Ley Orgánica de los Gobiernos Regionales establece que las Ordenanzas Regionales norman asuntos de carácter general, la organización y administración del Gobierno Regional y reglamentan materias de su competencia; Por lo que, en uso de las atribuciones conferidas en la Constitución Política del Estado, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, sus modificatorias y al Reglamento Interno del Consejo Regional; con el voto unánime de sus miembros; ORDENA: Artículo Primero.- DECLARAR como prioridad regional la elaboración y aplicación de la Zonificación y Ordenamiento Forestal en el Departamento de Huancavelica. Artículo Segundo.- CONFORMAR el Equipo Técnico para facilitar el desarrollo de la Zonificación Forestal el mismo que estará conformado por: · GERENCIA REGIONAL DE RECURSOS NATURALES Y GESTION AMBIENTAL · GERENCIA REGIONAL DE DESARROLLO ECONÓMICO · GERENCIA REGIONAL DE DESARROLLO SOCIAL · DIRECCIÓN REGIONAL DE COMERCIO EXTERIOR, TURISMO Y ARTESANÍA · DIRECCIÓN REGIONAL AGRARIA · CENTRO DE OPERACIONES DE EMERGENCIA REGIONAL ­ COER.

· DIRECCIÓN REGIONAL DE TRANSPORTES Y COMUNICACIONES · DIRECCIÓN REGIONAL DE LA PRODUCCIÓN. · DIRECCIÓN REGIONAL DE CAMÉLIDOS SUDAMERICANOS ­ DIRCAMS · DIRECIÓN REGIONAL DE YAKU TARPUY PARA LUCHA CONTRA LA POBREZA. · DIRECIÓN REGIONAL DE SALUD ­ DIRESA · SUB GERENCIA DE PLANEAMIENTO Y ACONDICIONAMIENTO TERRITORIAL · ADMINISTRACIÓN TÉCNICA FORESTAL Y DE FAUNA SILVESTRE ­ SERFOR · CONSEJO REGIONAL DE HUANCAVELICA · UNIVERSIDAD NACIONAL DE HUANCAVELICA. · DIRECCIÓN REGIONAL ZONAL - AGRORURAL Artículo Tercero.- ENCARGAR a la Gerencia Regional de Recursos Naturales y Gestión Ambiental en coordinación con la Sub Gerencia de Recursos Naturales y Áreas Protegidas, ejecute el proceso de Zonificación y Ordenamiento Forestal del Departamento de Huancavelica en el marco de la política territorial Regional y en el marco de la Ley 29763 ­ Ley Forestal y de Fauna Silvestre y su Reglamento aprobado mediante Decreto Supremo N.º 018-2015-MINAGRI, instrumentos que coadyuvaran a la implementación del proceso macro que es el Ordenamiento Territorial del Departamento de Huancavelica. Artículo Cuarto.- ENCARGAR a la Gerencia Regional de Recursos Naturales y Gestión Ambiental en coordinación con la Sub Gerencia de Recursos Naturales y Áreas Protegidas, efectúe las coordinaciones con el Ministerio de Agricultura y Riego - MINAGRI a través del Servicio Nacional Forestal y de Fauna Silvestre ­ SERFOR asimismo con el Ministerio de Ambiente ­ MINAM, a través de la Dirección General de Ordenamiento Territorial Ambiental ­ D.G.O.T.A, para la opinión técnica que conlleve a la aprobación de la Zonificación y Ordenamiento Forestal del Departamento de Huancavelica Comuníquese al señor Gobernador Regional para su promulgación. En Huancavelica a los seis días del mes de setiembre del dos mil diecisiete. LUCHA ANYOSA ESCOBAR Presidenta del Consejo Regional POR TANTO: Mando se publique y cumpla. Dado en la Sede del Gobierno Regional de Huancavelica, a los quince días del mes de setiembre del año dos mil diecisiete. GLODOALDO ÁLVAREZ ORÉ Gobernador Regional 1595211-1

GOBIERNOS LOCALES

MUNICIPALIDAD METROPOLITANA DE LIMA
Aprueban Tasas de Arbitrios de Limpieza Pública, Parques y Jardines y Seguridad Ciudadana de la Municipalidad del Centro Poblado de Santa María de Huachipa para el ejercicio 2018
ORDENANZA Nº 2072 EL ALCALDE METROPOLITANO DE LIMA

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