Norma Legal Oficial del día 09 de diciembre del año 2017 (09/12/2017)


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TEXTO DE LA PÁGINA 29

El Peruano / Sábado 9 de diciembre de 2017

NORMAS LEGALES

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POR CUANTO: EL CONCEJO METROPOLITANO DE LIMA: Visto en Sesión Ordinaria de Concejo de fecha 23 de noviembre de 2017 el Dictamen Nº186-2017-MMLCMAEO de la Comisión Metropolitana de Asuntos Económicos y Organización; Ha dado la siguiente: ORDENANZA QUE APRUEBA LAS TASAS, DE ARBITRIOS DE LIMPIEZA PÚBLICA (BARRIDO DE CALLES Y RECOLECCION DE RESIDUOS SÓLIDOS), PARQUES Y JARDINES Y SEGURIDAD CIUDADANA DE LA MUNICIPALIDAD DEL CENTRO POBLADO DE SANTA MARÍA DE HUACHIPA PARA EL EJERCICIO 2018 Artículo Primero.- Marco Legal aplicable Aplíquese para el ejercicio 2018 lo dispuesto en la Ordenanza Nº 2016-MML, la misma que fue vista en Sesión Ordinaria de Concejo de fecha 15 de diciembre de 2016, con Dictamen Nº 236-2016-MML-CMAEO de la Comisión Metropolitana de Lima de Asuntos Económicos y Organización, que fue publicada en el Diario Oficial El Peruano el 29 de diciembre de 2016. Artículo Segundo.- Determinación del costo y las tasas de los arbitrios Municipales Para el ejercicio 2018 se aplicarán los costos y tasas establecidos en la Ordenanza Nº 2016-MML por los servicios públicos de barrido de calles, recolección de residuos sólidos, parques y jardines y seguridad ciudadana, reajustados con la variación del Índice del Precio al Consumidor acumulado a agosto de 2017 para Lima Metropolitana, que llegó a 1.90% de conformidad a lo señalado en la Resolución Jefatural Nº 277-2017INEI, publicada en el Diario Oficial El Peruano el 01 de setiembre de 2017. Artículo Tercero.- Aprobación del Informe Técnico Apruébese el Informe Técnico que sustenta los costos y las tasas reajustadas con el IPC (1.90%) acumulados al mes de agosto de 2017, correspondiente a los arbitrios municipales de Limpieza pública (barrido de calles y recolección de residuos sólidos), parques y jardines y seguridad ciudadana, así como la estimación de ingresos por concepto de prestación de los referidos servicios públicos, que se anexa y forma parte integrante de la presente Ordenanza. Artículo Cuarto.- Derogatoria Deróguese todas aquellas disposiciones que se opongan a la presente Ordenanza. Artículo Quinto.- Vigencia de la Norma La presente Ordenanza entrará en vigencia a partir del 01 de enero de 2018, previa publicación de su texto normativo, conjuntamente con el informe técnico, las tasas del 2018 actualizadas con el IPC (1.90%) acumulado al mes de agosto de 2017 y la estimación de ingresos, que forma parte de la presente Ordenanza, en el Diario Oficial el Peruano. Disposiciones Transitorias y Finales Primera.- Facultades reglamentarias Facúltese al Titular de la Entidad para que, mediante Decreto de Alcaldía, dicte las disposiciones complementarias necesarias para la adecuada aplicación de la presente Ordenanza. Segunda.- Publicación en la página web El texto íntegro de la presente norma, serán publicadas en la página web de servicio de Administración Tributaria (SAT) de Lima (www.sat.gob. pe) y en el Portal institucional de la Municipalidad del Centro Poblado de Santa María de Huachipa (www. munihuachipa.gob.pe).

Tercera.- Cronograma de vencimiento El vencimiento de los arbitrios municipales, a que se refiere al artículo noveno de la Ordenanza Nº 2016-MML, se ajustará para el año 2018 de acuerdo al siguiente cronograma: ARBITRIOS enero-febrero-marzo abril-mayo-junio julio-agosto-setiembre octubre-noviembre-diciembre POR TANTO: Mando se registre, comunique, publique y cumpla. En Lima, 23 de noviembre de 2017 LUIS CASTAÑEDA LOSSIO Alcalde de Lima INFORME TECNICO DETERMINACION DE ARBITRIOS DE LIMPIEZA PUBLICA (RECOLECCION DE RESIDUOS SOLIDOS Y BARRIDO DE CALLES) PARQUES Y JARDINES Y SEGURIDAD CIUDADANA 2018 I. ASPECTOS GENERALES Y ANTECEDENTES NORMATIVOS Que del Artículo 194º de la Constitución Política del Perú, reconoce a los Gobiernos Locales autonomía política económica y administrativa en los asuntos de su competencia, expresado en la facultad de ejercer actos de gobierno, con sujeción al ordenamiento Jurídico. Que las Municipalidades gozan de potestad tributaria para crear, modificar, derogar o establecer exoneraciones, respecto a los tributos de su competencia y con los límites que señala la Ley, conforme lo dispone el Artículo 74º de la Constitución Política del Perú; otorga potestad tributaria a los Gobiernos Locales la misma que es reconocida de conformidad a lo establecido en la Norma II y IV del Título Preliminar del Decreto Supremo Nº 133-2013-EF, Texto Único Ordenado el Código Tributario, así como el artículo 40º de la Ley Orgánica de Municipalidades ­ Ley Nº 27972. La Sub Gerencia de Participación Ciudadana y Gestión Ambiental mediante Informe Nº 523-2017-SGPCGA/ MCPSMH, expresa que los niveles del servicio de Limpieza Publica (Recolección de Residuos Sólidos y Barrido de Calles), mantenimiento de Parques y Jardines, alcanzados al mes de Agosto y las estimaciones a Diciembre del año 2017, vienen cumpliéndose de acuerdo a lo programado conforme a las metas previstas. Para el ejercicio fiscal 2018, no se tiene previsto requerir nuevas adquisiciones de vehículos y/o equipos así como la contratación adicional de personal respecto a los que vienen laborando actualmente, por tal motivo cabe señalar que los niveles de prestación de los servicios de Limpieza Pública (Recolección de Residuos Sólidos y Barrido de Calles), Parques y Jardines para el ejercicio del 2018 serán los mismos que se vienen prestando en el presente año. La Sub Gerencia de Seguridad Ciudadana mediante Informe Nº 447-2017-SGSC/MCPSMH, expresa que los niveles de Seguridad Ciudadana alcanzados al mes de Agosto y las estimaciones al mes de Diciembre del año 2017 vienen cumpliéndose de acuerdo a lo programado conforme a las metas previstas, en este sentido señala para el ejercicio del 2018 no se tiene previsto requerir nuevas adquisiciones de vehículos, y/o equipos, ni la contratación adicional de personal sereno, respecto a los que viene laborando actualmente, por tal motivo cabe señalar que los niveles de prestación del servicio para el año 2018, será los mismos que se viene prestando en el presente año. VENCIMIENTO 28 de marzo de 2018 28 de junio de 2018 28 de setiembre de 2018 31 de diciembre de 2018

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