Norma Legal Oficial del día 26 de diciembre del año 2017 (26/12/2017)


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TEXTO DE LA PÁGINA 4

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NORMAS LEGALES

Martes 26 de diciembre de 2017 /

El Peruano

11 de setiembre del 2017, la Dirección de Gestión Sostenible del Patrimonio de Fauna Silvestre del SERFOR, recomienda considerar la rectificación de errores advertidos en la referida Resolución Administrativa, de acuerdo a lo siguiente: error en la estación de caza del venado cola blanca (Anexo N°01); consignación de monto por derecho de aprovechamiento de la liebre europea (Anexo N° 01), omisión en la incorporación de las armas que no son de fuego (Anexo N° 02); omisión en la parte considerativa de la Resolución Administrativa N° 0161-2017-SERFORATFFS-Ica donde se debe precisar que, el artículo 6° del Decreto Supremo N° 011-2016-MINAGRI, Decreto Supremo que aprueba disposiciones para promover la formalización y adecuación de las actividades del sector forestal y de fauna silvestre, faculta a las ARFFS, hasta el 24 de julio de 2017, a aprobar los calendarios de caza o captura, considerando la información del calendario anterior respectivo, siempre que no exista evidencia de la afectación a la fauna silvestre; y finalmente, la omisión de la palabra "Publíquese" en la parte final de dicha Resolución. DONDE DICE:

Que, el Artículo 201.1 de la Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General dispone que: "Los errores material o aritmético en los actos administrativos pueden ser rectificados con efecto retroactivo, en cualquier momento, de oficio o a instancia de los administrados, siempre que no se altere lo sustancial de su contenido ni el sentido de la decisión". De conformidad con la Ley N° 29763, Ley Forestal y de Fauna Silvestre; Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General, el Reglamento para la Gestión de Fauna Silvestre aprobado por Decreto Supremo N° 019-2015-MINAGRI así como el Reglamento de Organización y Funciones del Servicio Nacional Forestal y de Fauna Silvestre, aprobado por Decreto Supremo N° 007-2013-MINAGRI y modificado por el Decreto Supremo N° 016-2014-MINAGRI. SE RESUELVE: Artículo 1.- Rectificar los errores contenidos en el Anexo N° 01 de la Resolución Administrativa N° 0161-2017-SERFOR-ATFFS ICA, en los siguientes términos:

Anexo 01 Calendario Regional de Caza Deportiva Periodo 2017 de especies de fauna silvestre no amenazadas, para el ámbito territorial de competencia de la Administración Técnica Forestal y de Fauna Silvestre Ica, fuera de las Áreas Naturales Protegidas por el Estado
Nombre Común Clase Familia Tinamidae Anatidae Anatidae Nombre Científico Nothoprocta pentlandii Anas bahamensis Anas cyanoptera Español Perdiz serrana Pato gargantillo Ingles Andean tinamou White-cheeked pintail Pacific dove Eared dove White-tailed deer Época de caza 01 Set-31 Ene 01 May-30 Nov 01 May-30 Nov 15 Feb-31 Ago 15 Feb-31 Ago 01 May-31 Dic Todo el año Cuota Máxima 80 140 270 2900 1800 22 Libre Cuota máxima Pago Derecho de cazador/ Aprovechamiento/ autorización ejemplar (S/) 8 10 20 50 100 1 Libre 3.00 6.00 6.00 1.00 1.00 120.00 0.10 Grupo 1 1 1 1 1 2 1

AVES

Pato acanelado Cinnamon teal Cuculi Madrugadora Venado cola blanca

Columbidae Zenaida meloda Columbidae Zenaida auriculata MAMIFEROS Cervidae Leporidae Odocoileus virginianus Lepus europaeus

Liebre europea European hare

Nota: - El Calendario está destinado para el ámbito de la ATFFS Ica, el mismo que involucra a la provincia Caravelí (Arequipa) y las provincias de Castrovirreyna y Huaytará (Huancavelica). - Solo se puede cazar ejemplares adultos. - Para el caso de Venado, solo se puede cazar macho con más de 4 puntas. - La caza en predios privados deberá contar necesariamente con la autorización del propietario. - Consultar la ubicación y existencia de las Áreas Naturales Protegidas a fin de tener conocimiento el ámbito de caza fuera de ellas. (www.sernanp.gob.pe).

DEBE DECIR: "Calendario Regional de Caza Deportiva de Especies de Fauna Silvestre No Amenazadas para el ámbito territorial de competencia de la Administración Técnica Forestal y de Fauna Silvestre Ica, fuera de las Áreas Naturales Protegidas por el Estado"
Nombre Común Clase Familia Tinamidae Anatidae Anatidae Nombre Científico Nothoprocta pentlandii Anas bahamensis Anas cyanoptera Español Perdiz serrana Pato gargantillo Ingles Andean tinamou White-cheeked pintail Pacific dove Eared dove White-tailed deer European hare Época de caza 01 Set-31 Ene 01 May-30 Nov 01 May-30 Nov 15 Feb-31 Ago 15 Feb-31 Ago 01 May-30 Nov Todo el año Cuota Máxima 80 140 270 2900 1800 22 Libre Cuota máxima cazador/ autorización 8 10 20 50 100 1 Libre Pago Derecho de Aprovechamiento/ ejemplar (S/) 3.00 6.00 6.00 1.00 1.00 120.00 0.00 Grupo 1 1 1 1 1 2 1

AVES

Pato acanelado Cinnamon teal Cuculi Madrugadora Venado cola blanca Liebre europea

Columbidae Zenaida meloda Columbidae Zenaida auriculata MAMIFEROS Cervidae Leporidae Odocoileus virginianus Lepus europaeus

Nota: - El Calendario está destinado para el ámbito de la ATFFS Ica, el mismo que involucra a la provincia Caravelí (Arequipa) y las provincias de Castrovirreyna y Huaytará (Huancavelica). - Solo se puede cazar ejemplares adultos. - Para el caso de Venado, solo se puede cazar macho con más de 4 puntas. - La caza en predios privados deberá contar necesariamente con la autorización del propietario. - Consultar la ubicación y existencia de las Áreas Naturales Protegidas a fin de tener conocimiento el ámbito de caza fuera de ellas. (www.sernanp.gob.pe).

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