Norma Legal Oficial del día 28 de diciembre del año 2017 (28/12/2017)


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TEXTO DE LA PÁGINA 121

El Peruano / Jueves 28 de diciembre de 2017

NORMAS LEGALES

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refrendado por la ministra de Economía y Finanzas y el ministro de Educación, a solicitud de este último, para financiar, entre otros, lo establecido en el literal a), referido al pago de la remuneración íntegra mensual, asignaciones temporales y demás derechos, beneficios y conceptos remunerativos correspondientes a los profesores de la carrera pública magisterial conforme a la Ley N° 29944, Ley de Reforma Magisterial; así como el pago de la diferencia de jornada de los profesores que acceden a los cargos del Área de Gestión Pedagógica, de Gestión Institucional y de Formación Docente, respectivamente, establecidos en la Ley N° 29944; y de las horas adicionales a favor de los profesores de las instituciones educativas para la implementación de la jornada laboral en el marco de la Ley N° 29944, Ley de Reforma Magisterial y de la Ley N° 30328, Ley que establece medidas en materia educativa y dicta otras disposiciones; Que, el numeral 80.2 del artículo 80 de la Ley Nº 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, establece que las entidades que cuenten con programas presupuestales pueden realizar modificaciones presupuestarias en el nivel institucional con cargo a los recursos asignados a dichos programas, siempre que el pliego habilitado cuente con productos o proyectos del mismo programa, señalando que dichas modificaciones presupuestarias se aprueban mediante Decreto Supremo refrendado por el Ministro de Economía y Finanzas y el Ministro del Sector correspondiente, a propuesta de este último, previo informe favorable de la Dirección General de Presupuesto Público; Que, mediante el Informe Nº 743-2017-MINEDU/ VMGP-DIGEDD-DITEN, la Dirección Técnico Normativa de Docentes de la Dirección General de Desarrollo Docente del Ministerio de Educación, sustenta y determina el costo diferencial del pago de la Remuneración Integra Mensual - RIM y de las asignaciones temporales a las que se refieren los literales e) y f) del artículo 58 de la Ley de Reforma Magisterial a favor de los profesores que accedieron a los cargos de directivos de institución educativa establecidos en el literal d) del artículo 35 de la citada Ley, en el marco del Concurso Público convocado mediante Resolución Ministerial N°426-2014-MINEDU; asimismo, determina los pliegos Gobiernos Regionales y montos materia de la transferencia de partidas, y señala que se ha verificado el cumplimiento de las disposiciones que para tal efecto estableció el Ministerio de Educación en el marco de la normatividad de la materia; Que, la Unidad de Planificación y Presupuesto de la Oficina de Planificación Estratégica y Presupuesto de la Secretaría de Planificación Estratégica del Ministerio de Educación, mediante Informe N° 751-2017-MINEDU/SPEOPEP-UPP, señala que en el presupuesto institucional del pliego 010: Ministerio de Educación, Unidad Ejecutora 026: Programa Educación Básica para Todos, en la Fuente de Financiamiento 1: Recursos Ordinarios, se cuenta con recursos disponibles a ser transferidos a favor de los pliegos Gobiernos Regionales para financiar el costo diferencial del pago de la Remuneración Integra Mensual - RIM y de las asignaciones temporales a las que se refieren los literales e) y f) del artículo 58 de la Ley Nº 29944, Ley de Reforma Magisterial, a los profesores designados en cargos de director y subdirector en el marco del Concurso Público convocado mediante Resolución Ministerial Nº 426-2014-MINEDU; en virtud de lo cual mediante Oficio N° 03526-2017-MINEDU/SG, el Ministerio de Educación solicita dar trámite a la referida transferencia de recursos; Que, de acuerdo a la información proporcionada por el Ministerio de Educación y la información registrada en el "Aplicativo Informático para el Registro Centralizado de Planillas y de Datos de los Recursos Humanos del Sector Público", la Dirección General de Gestión de Recursos Públicos del Ministerio de Economía y Finanzas ha determinado que el monto a transferir a los pliegos Gobiernos Regionales asciende a la suma de CUARENTA Y SEIS MILLONES QUINIENTOS CINCUENTA Y DOS MIL QUINIENTOS SESENTA Y CINCO Y 00/100 SOLES (S/ 46 552 565,00), para financiar el costo diferencial de la Remuneración Integra Mensual por diferencia de jornada y de las asignaciones temporales por desempeño

del cargo de Director y Subdirector de Instituciones Educativas Públicas; Que, en consecuencia, resulta necesario autorizar una Transferencia de Partidas en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2017, hasta por la suma total de CUARENTA Y SEIS MILLONES QUINIENTOS CINCUENTA Y DOS MIL QUINIENTOS SESENTA Y CINCO Y 00/100 SOLES (S/ 46 552 565,00), del pliego Ministerio de Educación a favor de los pliegos Gobiernos Regionales, para financiar el costo diferencial de la Remuneración Integra Mensual por diferencia de jornada y de las asignaciones temporales por desempeño del cargo de Director y Subdirector de Instituciones Educativas Públicas; De conformidad con lo establecido en los literales a) del numeral 26.1 del artículo 26 de la Ley N° 30518, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2017, y el numeral 80.2 del artículo 80 de la Ley Nº 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto; DECRETA: Artículo 1.- Objeto 1.1 Autorízase una Transferencia de Partidas en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2017, hasta por la suma de CUARENTA Y SEIS MILLONES QUINIENTOS CINCUENTA Y DOS MIL QUINIENTOS SESENTA Y CINCO Y 00/100 SOLES (S/ 46 552 565,00) del pliego 010: Ministerio de Educación, a favor de los pliegos Gobiernos Regionales, para financiar el costo diferencial de la Remuneración Integra Mensual por diferencia de jornada y de las asignaciones temporales por desempeño del cargo de Director y Subdirector de Instituciones Educativas Públicas, conforme a lo señalado en la parte considerativa de la presente norma, de acuerdo al siguiente detalle:
DE LA: SECCIÓN PRIMERA PLIEGO UNIDAD EJECUTORA En Soles

: Gobierno Central 010 : Ministerio de Educación 026 : Programa Educación Básica para Todos PROGRAMA PRESUPUESTAL0090 : Logros de Aprendizaje de Estudiantes de la Educación Básica Regular PRODUCTO 3000385 : Instituciones Educativas con Condiciones para el Cumplimiento de Horas Lectivas Normadas ACTIVIDAD 5005628 : Contratación Oportuna y Pago del Personal Docente y Promotoras de las Instituciones Educativas de Educación Básica Regular FUENTE DE FINANCIAMIENTO 1 : Recursos Ordinarios GASTO CORRIENTE 2.1 Personal y Obligaciones Sociales 44 142 081,00

ACCIONES CENTRALES ACTIVIDAD 5000003 : Gestión Administrativa FUENTE DE FINANCIAMIENTO 1 : Recursos Ordinarios GASTO CORRIENTE 2.1 Personal y Obligaciones Sociales 2 410 484,00 ------------------TOTAL EGRESOS 46 552 565,00 =========== En Soles

A LA:

SECCIÓN SEGUNDA : Instancias Descentralizadas PLIEGO : Gobiernos Regionales PROGRAMA PRESUPUESTAL0090 : Logros de Aprendizaje de Estudiantes de la Educación Básica Regular PRODUCTO 3000385 : Instituciones Educativas con Condiciones para el Cumplimiento de Horas Lectivas Normadas

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