Norma Legal Oficial del día 28 de diciembre del año 2017 (28/12/2017)


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TEXTO DE LA PÁGINA 114

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NORMAS LEGALES

Jueves 28 de diciembre de 2017 /

El Peruano

y Saneamiento, hace suyo el Informe Nº 325-2017/ VIVIENDA-OGPP-OP de su Oficina de Presupuesto y emite opinión favorable en materia presupuestal respecto de la autorización de Transferencia de Partidas del pliego 009: Ministerio de Economía y Finanzas, a favor de diversos gobiernos locales, hasta por la suma de NUEVE MILLONES CUATROCIENTOS VEINTICUATRO MIL CUATROCIENTOS DOCE Y 00/100 SOLES (S/ 9 424 412,00), con cargo a la Reserva de Contingencia, para el financiamiento del 20% (veinte por ciento) restante, conforme al monto pactado a transferir, para la ejecución de once (11) proyectos de inversión de infraestructura urbana, en el marco de lo establecido en el numeral 13.3 del artículo 13 de la Ley Nº 30518 e informa que los proyectos de inversión cumplen con los requisitos establecidos en el citado artículo; en virtud de lo cual a través del Oficio N° 4865-2017-VIVIENDA/SG, el Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento solicita dar trámite a la citada transferencia de recursos; Que, en consecuencia, resulta necesario autorizar una Transferencia de Partidas a favor de diversos gobiernos locales, hasta por el monto de CUATRO MILLONES OCHOCIENTOS NOVENTA Y UN MIL DOSCIENTOS CINCUENTA Y CUATRO Y 00/100 SOLES (S/ 4 891 254,00), con cargo a la Reserva de Contingencia del pliego 009: Ministerio de Economía y Finanzas, a favor de diversos pliegos de gobiernos locales para el financiamiento del 20% (veinte por ciento) restante a que se refiere el numeral 13.3 del artículo 13 de la Ley N° 30518, para la ejecución de seis (06) proyectos de inversión pública de infraestructura urbana; De conformidad con lo establecido por el numeral 13.3 del artículo 13 de la Ley Nº 30518, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2017; el artículo 40 de La Ley N° 30680, Ley que aprueba medidas para dinamizar la ejecución del gasto público y establece otras disposiciones; y, el artículo 45 de la Ley Nº 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, y sus modificatorias; DECRETA: Artículo 1.- Objeto 1.1. Autorízase una Transferencia de Partidas en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2017, hasta por la suma de CUATRO MILLONES OCHOCIENTOS NOVENTA Y UN MIL DOSCIENTOS CINCUENTA Y CUATRO Y 00/100 SOLES (S/ 4 891 254,00), con cargo a la Reserva de Contingencia del Ministerio de Economía y Finanzas, a favor de diversos gobiernos locales, para financiar la ejecución de seis (06) proyectos de inversión de infraestructura urbana; conforme a lo indicado en la parte considerativa de la presente norma, de acuerdo al siguiente detalle:
DE LA: En Soles

FUENTE DE FINANCIAMIENTO

1 : Recursos Ordinarios 4 891 254,00 =========== 4 891 254,00 ===========

GASTO DE CAPITAL 2.6. Adquisición de Activos no Financieros TOTAL EGRESOS

1.2. Los pliegos habilitados en el numeral 1.1 del presente artículo y los montos de transferencia por pliego y proyecto, se detallan en el Anexo "Transferencia de Partidas para el Financiamiento de Proyectos de Inversión de infraestructura urbana", que forma parte integrante del presente Decreto Supremo, el cual se publica en los portales institucionales del Ministerio de Economía y Finanzas (www.mef.gob.pe) y del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento (www.vivienda.gob.pe), en la misma fecha de la publicación de la presente norma en el Diario Oficial El Peruano. Artículo 2.- Procedimiento para la Aprobación Institucional 2.1 El Titular de los pliegos habilitados en la presente Transferencia de Partidas aprueba mediante Resolución, la desagregación de los recursos autorizados en el numeral 1.1 del artículo 1 de la presente norma, a nivel programático, dentro de los cinco (5) días calendario de la vigencia del presente dispositivo legal. Copia de la Resolución será remitida dentro de los cinco (5) días de aprobada a los organismos señalados en el numeral 23.2 del artículo 23 de la Ley Nº 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto. 2.2 La Oficina de Presupuesto o la que haga sus veces en los pliegos involucrados, solicitará a la Dirección General de Presupuesto Público las codificaciones que se requieran como consecuencia de la incorporación de nuevas Partidas de Ingresos, Finalidades y Unidades de Medida. 2.3 La Oficina de Presupuesto o la que haga sus veces en los pliegos involucrados, instruirá a las Unidades Ejecutoras para que elaboren las correspondientes "Notas para Modificación Presupuestaria" que se requieran, como consecuencia de lo dispuesto en la presente norma. Artículo 3.- Limitación al uso de los recursos Los recursos de la Transferencia de Partidas a que se refiere el numeral 1.1 del artículo 1 del presente Decreto Supremo, no podrán ser destinados, bajo responsabilidad, a fines distintos para los cuales son transferidos. Artículo 4.- Información Los pliegos habilitados informarán al Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, los avances físicos y financieros de la ejecución de los proyectos a su cargo con relación a su cronograma de ejecución y a las disposiciones contenidas en las adendas y convenios suscritos, para efectos de las acciones de verificación y seguimiento a que se refiere el numeral 13.4 del artículo 13 de la Ley N° 30518, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2017. Artículo 5.- Del Refrendo El presente Decreto Supremo es refrendado por la Ministra de Economía y Finanzas y por el Ministro de Vivienda, Construcción y Saneamiento. Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los veintiocho días del mes de diciembre del año dos mil diecisiete.

SECCIÓN PRIMERA : Gobierno Central PLIEGO 009 : Ministerio de Economía y Finanzas UNIDAD EJECUTORA 001 : Administración General ASIGNACIONES PRESUPUESTARIAS QUE NO RESULTAN EN PRODUCTOS ACTIVIDAD 5000415 : Administración del Proceso Presupuestario del Sector Público FUENTE DE FINANCIAMIENTO 1 : Recursos Ordinarios GASTO DE CAPITAL 2.0. Reserva de Contingencia TOTAL EGRESOS A LA: SECCIÓN SEGUNDA PLIEGOS PROGRAMA PRESUPUESTAL : Instancias Descentralizadas : Gobiernos Locales 0108 : Mejoramiento Integral de Barrios 4 891 254,00 =========== 4 891 254,00 =========== En Soles

PEDRO PABLO KUCZYNSKI GODARD Presidente de la República CLAUDIA MARÍA COOPER FORT Ministra de Economía y Finanzas CARLOS RICARDO BRUCE MONTES DE OCA Ministro de Vivienda, Construcción y Saneamiento 1601825-12

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