Norma Legal Oficial del día 03 de enero del año 2017 (03/01/2017)


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TEXTO DE LA PÁGINA 25

El Peruano / Martes 3 de enero de 2017

NORMAS LEGALES
X. REGISTROS - Archivo de imágenes Código Tipo de Almacenamiento Tiempo de Conservación Ubicación Responsable

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de Aduanas Nº 82-2011-SUNAT/A, conforme a los textos siguientes: "I. OBJETIVO Establecer las pautas a seguir para la inspección no intrusiva, inspección física y reconocimiento físico en el Complejo Aduanero de la Intendencia de Aduana Marítima del Callao, de mercancía en contenedores que ingresa al país o se embarca al exterior por el puerto del Callao. II. ALCANCE Está dirigido a la Intendencia Nacional de Desarrollo Estratégico Aduanero (INDEA), Intendencia Nacional de Sistemas de Información (INSI), Intendencia de Gestión y Control Aduanero (IGCA), Intendencia de Aduana Marítima del Callao (IAMC), demás dependencias de la SUNAT y a los operadores del comercio exterior que intervienen en los trámites y acciones vinculadas al despacho de mercancía que ingresa al país por el puerto del Callao, así como de mercancía perecible con cadena de frio, acondicionada en contenedores, destinada al régimen de exportación definitiva seleccionada a canal rojo que vaya a ser embarcada por el mencionado puerto. III. RESPONSABILIDAD Son responsables de la aplicación, cumplimiento y seguimiento de lo establecido en el presente procedimiento el Intendente Nacional de Desarrollo Estratégico Aduanero, Intendente Nacional de Sistemas de Información, Intendente de Gestión y Control Aduanero, Intendente de Aduana Marítima del Callao, las jefaturas y el personal de las distintas unidades orgánicas que intervienen. (...) V. BASE LEGAL - Ley General de Aduanas, Decreto Legislativo N.º 1053 publicado el 27.6.2008 y modificatorias. - Reglamento de la Ley General de Aduanas, aprobado por Decreto Supremo N.º 010-2009-EF, publicado el 16.1.2009 y modificatorias. - Tabla de Sanciones aplicables a las infracciones previstas en la Ley General de Aduanas, aprobada por Decreto Supremo N.º 031-2009-EF, publicado el 11.2.2009 y modificatorias. - Ley de los Delitos Aduaneros, Ley Nº 28008, publicada el 19.6.2003 y modificatorias. - Reglamento de la Ley de los Delitos Aduaneros, aprobado por Decreto Supremo Nº 121-2003-EF, publicado el 27.8.2003 y modificatorias. - Procedimiento específico Control de Mercancías Restringidas y Prohibidas INTA-PE.00.06, publicado el 24.7.2016. - Procedimiento específico Inmovilización - Incautación y Determinación Legal de Mercancías INPCFA-PE.00.01, publicado el 13.9.2013. - Reglamento de Organización y Funciones de la SUNAT, aprobado por Resolución de Superintendencia Nº 122-2014/SUNAT, publicado el 1.5.2014 y modificatorias. VI. NORMAS GENERALES 1. La autoridad aduanera puede disponer la ejecución de la inspección no intrusiva de la mercancía en contenedores que ingresa al país o realizar dicha inspección en caso de mercancía que se embarca al exterior por los terminales portuarios del Callao. La inspección no intrusiva se realiza en el Complejo, en este lugar también se puede efectuar la inspección física y el reconocimiento físico de la mercancía. (...) VIII. FLUJOGRAMAS Publicados en el portal web de la SUNAT (www.sunat. gob.pe) (...)

: RC-01-INTA-PE.00.13 : Electrónico : Cinco años : Sistema informático SINI : INSI

- Contenedores seleccionados a inspección no intrusiva Código : RC-02-INTA-PE.00.13 Tipo de Almacenamiento : Electrónico Tiempo de Conservación : Cinco años Ubicación : Sistema informático SINI o archivos electrónicos Responsable : IAMC, IGCA - Contenedores sometidos a inspección no intrusiva Código : RC-03-INTA-PE.00.13 Tipo de Almacenamiento : Electrónico Tiempo de Conservación : Cinco años Ubicación : Sistema informático SINI Responsable : IAMC - Contenedores sometidos a inspección física Código : RC-04-INTA-PE.00.13 Tipo de Almacenamiento : Electrónico Tiempo de Conservación : Cinco años Ubicación : Sistema informático SINI o archivos electrónicos Responsable : IAMC, IGCA - Contenedores sometidos a reconocimiento físico en el Complejo Código : RC-05-INTA-PE.00.13 Tipo de Almacenamiento : Electrónico Tiempo de Conservación : Cinco años Ubicación : Sistema informático SINI o archivos electrónicos Responsable : IAMC - Contenedores de exportación definitiva seleccionados a canal rojo, sometidos a inspección no intrusiva en el Complejo Código : RC-06-INTA-PE.00.13 Tipo de Almacenamiento : Físico Tiempo de Conservación : Cinco años Ubicación : Sección de Monitoreo y Control Electrónico de la IAMC Responsable : IAMC. XI. DEFINICIONES Complejo.- Complejo Aduanero de la IAMC que constituye zona primaria, ubicado dentro de la circunscripción de la IAMC, habilitada para efectuar la inspección no intrusiva, la inspección física y el reconocimiento físico de mercancías. (...) SIGAD-SINI.- Sistema informático que da soporte al proceso de inspección no intrusiva y permite administrar la información interactuando e intercambiando información con el SIGAD, en cuanto a mercancía en contenedores que ingresa al país." Artículo 2. Incorporación de disposiciones al procedimiento específico "Inspección No Intrusiva, Inspección Física y Reconocimiento Físico de Mercancías en el Complejo Aduanero de la Intendencia de Aduana Marítima del Callao", INTA-PE.00.13 Incorpórase el título "Ingreso de contenedores al país" que comprende los numerales 2 al 8, y el título "Salida de contenedores del país" con sus numerales 9 al 11, a la sección VI del procedimiento específico "Inspección No Intrusiva, Inspección Física y Reconocimiento Físico de Mercancías en el Complejo Aduanero de la Intendencia de

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