Norma Legal Oficial del día 11 de enero del año 2017 (11/01/2017)


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TEXTO DE LA PÁGINA 41

El Peruano / Miércoles 11 de enero de 2017

NORMAS LEGALES
VISTA

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Administrativa Nº 407-2010-CE-PJ, disponiendo además que durante la segunda quincena del mes de diciembre de todos los años, los órganos jurisdiccionales realicen la depuración de expedientes, excluyendo del inventario los procesos que se encuentren para archivo definitivo. Habiéndose declarado la huelga nacional indefinida de los trabajadores del Poder Judicial en el mes de noviembre del año próximo pasado, la misma que se prolongó hasta la fecha, es que no se pudo disponer la depuración de expedientes durante el mes de diciembre próximo pasado, por lo que esta acción se debe desarrollar paralelamente al inventario físico de expedientes. Estando a lo establecido, corresponde disponer que los órganos jurisdiccionales de esta Corte Superior de Justicia, realicen la depuración de expedientes judiciales, así como el inventario físico de procesos judiciales (principales, incidentes y otros) en la primera quincena de enero del año 2017. Estando a lo expuesto y con las facultades previstas y otorgadas por los incisos 3) y 9) del artículo 90º del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial; SE RESUELVE: Artículo Primero.- DISPONER que los órganos jurisdiccionales del Distrito Judicial de Ventanilla, realicen la depuración de los expedientes judiciales, excluyendo del inventario a realizar los procesos que se encuentren para archivo definitivo. Artículo Segundo.- ESTABLECER que la primera quincena del mes de enero del año 2017, se realice el inventario físico de los procesos judiciales (principales, incidentes y otros), cuyo procedimiento se regirá bajo los alcances de la Resolución Administrativa Nº 407-2010-CEPJ. Artículo Tercero.- Los Presidentes de las Salas Superiores, Jueces Especializados y Jueces de Paz Letrado de cada órgano jurisdiccional, serán responsables del cumplimiento de lo dispuesto en los artículos precedentes, debiendo presentar a esta Presidencia la información del inventario a través de medio magnético (CD) al día siguiente de haber concluido el inventario, conforme a lo dispuesto en las resoluciones de vistos. Artículo Cuarto.- ENCARGAR a la Oficina Desconcentrada de Control de la Magistratura de este Distrito Judicial a fin de que efectúe visitas inopinadas de selección aleatoria a los órganos jurisdiccionales, con la finalidad de verificar el proceso y resultado de la depuración e inventario físico dispuesto. Artículo Quinto.- DISPONER que la Oficina de Administración Distrital de esta Corte Superior de Justicia a través de las áreas de Estadística e Informática capaciten a la brevedad posible al personal designado por cada Órgano Jurisdiccional para realizar la depuración e inventario; además, verifique que los órganos jurisdiccionales tengan el aplicativo pertinente, bajo responsabilidad. Artículo Sexto.- PONER la presente resolución en conocimiento de la Gerencia General del Poder Judicial, Oficina Desconcentrada de Control de la Magistratura de esta Corte Superior, Oficina de Administración Distrital, de los Magistrados de este distrito Judicial. Regístrese, publíquese, comuníquese y cúmplase. OLGA LIDIA INGA MICHUE Presidenta 1471720-5

La Resolución Administrativa Nº 394-2015-P-CSJV/ PJ de fecha 30 de setiembre de 2016, expedida por la Presidencia de esta Corte Superior de Justicia; y, CONSIDERANDO: Por Resolución de vistos se dispuso el Rol de Turno en materia de familia de la Corte Superior de Justicia de Ventanilla, encontrándose comprendido dentro de ellos el 1° Juzgado de Familia, 2° Juzgado de Familia, Juzgado de Familia Transitorio, Juzgado Civil Transitorio del Distrito de Mi Perú, Juzgado Civil de los Distritos de Ancón y Santa Rosa y Juzgado Civil Transitorio ( MBJProyecto Especial Pachacutec); turno que inició a partir de las 16:46 horas del día 26 de setiembre de 2016, y culminando a las 07:59 horas del día 09 de enero de 2017 con el 1° Juzgado de Familia Permanente. El Presidente de la Corte Superior de Justicia, es la máxima autoridad administrativa de la sede judicial a su cargo, dirige la política interna de su Distrito Judicial, con el objeto de brindar un eficiente servicio de administración de justicia en beneficio de los justiciables, y en virtud a dicha atribución, se encuentra facultado para adoptar las medidas administrativas correspondientes, en aras de mejorar y optimizar la conducción de la Corte de Justicia a su cargo. Por tales consideraciones, y en uso de las facultades conferidas en los incisos 3), 4) y 9) del Artículo 90° del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial, la Presidencia (e) de la Corte Superior de Justicia de Ventanilla; SE RESUELVE: Artículo Primero.- ESTABLECER a partir del 09 de enero del 2017, el sistema de turno especial de los Juzgados en materia de Familia del Distrito Judicial de Ventanilla. El turno especial se encuentra fuera del horario de atención al usuario y comprende el horario de lunes a viernes, de 16:46 p.m. a 07: 59 a.m., incluyendo sábados, domingos y feriados. Este turno funcionará en forma semanal, el mismo que se iniciará el día lunes, a partir de 16:46 p.m., concluyendo el próximo lunes hasta 07: 59 a.m., y será asumido en el siguiente orden por: - Segundo Juzgado de Familia Permanente de Ventanilla. - Juzgado de Familia Transitorio. - Juzgado Civil Transitorio del Distrito de Mi Perú. - Juzgado Civil de los Distritos de Ancón y Santa Rosa. - Juzgado Civil Transitorio del Módulo Básico de Justicia del Proyecto Especial Pachacutec. - Primer Juzgado de Familia Permanente de Ventanilla Artículo Segundo.- DISPONER que la Oficina de Administración mediante el área de Informática de la Corte, lleve a cabo la adecuación del sistema informático a utilizarse, realizando un seguimiento y monitoreo del sistema; asimismo informará de las actividades realizadas, contingencias y soluciones a la Presidencia de la Corte Superior de Justicia de Ventanilla. Artículo Tercero.- DISPONER que la Oficina Desconcentrada de Control de la Magistratura, (ODECMA) Ventanilla, cumpla con verificar el cumplimiento de la presente Resolución, de acuerdo a sus atribuciones. Artículo Cuarto.- PÓNGASE en conocimiento la presente resolución en conocimiento del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, Gerencia General, Oficina de Control de la Magistratura, Oficina Desconcentrada de Control de la Magistratura de la Corte Superior de Justicia de Ventanilla, Oficina de Administración Distrital, Oficina de Informática y Oficina de Estadística, para los fines pertinentes. Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase. OLGA LIDIA INGA MICHUE Presidenta 1471723-1

Establecen sistema de turno especial de los Juzgados en materia de Familia del Distrito Judicial de Ventanilla
CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DE VENTANILLA RESOLUCIÓN ADMINISTRATIVA DE PRESIDENCIA N° 007-2017-P-CSJV/PJ Ventanilla, 6 de enero del 2017

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