Norma Legal Oficial del día 19 de enero del año 2017 (19/01/2017)


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NORMAS LEGALES

Jueves 19 de enero de 2017 /

El Peruano

Artículo 9.- Observancia de los requisitos legales La presente delegación de facultades comprende las atribuciones de pronunciarse y/o resolver, pero no exime de la obligación de cumplir con los requisitos y procedimientos legales establecidos para cada caso en concreto. Artículo 10.- Información Semestral El Secretario General y los funcionarios responsables a quienes se les delega facultades mediante la presente Resolución Ministerial, deberán informar semestralmente, bajo responsabilidad, sobre el ejercicio de las facultades delegadas, dentro de los cinco (5) primeros días hábiles siguientes al vencimiento de cada semestre. Artículo 11.- Remisión Remitir copia de la presente Resolución Ministerial a los funcionarios responsables a quienes se les delega facultades, para su cumplimiento y difusión. Artículo 12.- Publicación en Portal Institucional Disponer que la Oficina General de Comunicaciones publique la presente Resolución Ministerial en el portal institucional del Ministerio de Salud, en la dirección electrónica http://www.minsa.gob.pe/transparencia/index. asp?op=115. Artículo 13.- Derogación Deróguense las normas que se opongan a lo dispuesto en la presente Resolución Ministerial. Regístrese, comuníquese y publíquese. PATRICIA J. GARCÍA FUNEGRA Ministra de Salud 1475761-1

TRABAJO Y PROMOCION DEL EMPLEO
Modifican Estructura Orgánica y el Texto Actualizado y Concordado del Reglamento de Organización y Funciones de ESSALUD
RESOLUCIÓN DE PRESIDENCIA EJECUTIVA Nº 055-PE-ESSALUD-2017 Lima, 16 de enero de 2017 VISTOS: La Carta N° 082-GCPD-ESSALUD-2017 y el Informe Técnico Nº 005-GOP-GCPD-ESSALUD-2017 de la Gerencia Central de Planeamiento y Desarrollo; la Carta N° 129-GCAJ-ESSALUD-2017 y el Informe N° 31-GNAAGCAJ-ESSALUD-2017 de la Gerencia Central de Asesoría Jurídica, y; CONSIDERANDO: Que, de conformidad con el numeral 1.2 del artículo 1° de la Ley N° 27056, Ley de Creación del Seguro Social de Salud, ESSALUD tiene por finalidad dar cobertura a los asegurados y sus derechohabientes, a través del otorgamiento de prestaciones de prevención, promoción, recuperación, rehabilitación, prestaciones económicas, y prestaciones sociales que corresponden al Régimen Contributivo de la Seguridad Social en Salud, así como otros seguros de riesgos humanos; Que, mediante Decreto Supremo N° 016-2012-TR, se declaró en reorganización el Seguro Social de Salud ­ ESSALUD a fin de garantizar la efectiva prestación de los servicios que brinda a los asegurados, así como la intangibilidad de sus recursos en el marco del derecho a

la seguridad social de salud y los principios de solidaridad, transparencia, participación y eficiencia; Que, en el numeral 2.4 del artículo 2° del citado Decreto Supremo, se señaló que ESSALUD realizará las acciones necesarias, teniendo en cuenta lo establecido en los numerales precedentes, con el fin de fortalecer sus procedimientos internos, su estructura orgánica y funcional, e instrumentos de gestión; Que, con el Decreto Supremo N° 043-2006-PCM se aprobaron los lineamientos para la elaboración y aprobación del Reglamento de Organización y Funciones ­ROF por parte de las entidades de la Administración Pública; en cuyo literal a) del artículo 3° se señalan las entidades que se sujetan a lo dispuesto en la citada norma, entre las cuales se menciona a los Organismos Públicos Descentralizados u otros Organismos Públicos con calidad de pliego presupuestal adscritos a la Presidencia del Consejo de Ministros o a los Ministerios, con independencia de la denominación formal que las normas les reconozcan; Que, asimismo, en los artículos 30° y 31° de los citados lineamientos se señala la información que debe contener los Informes Técnicos Sustentatorios para sustentar la modificación del Reglamento de Organización y Funciones; Que, por Resolución de Presidencia Ejecutiva Nº 656-PE-ESSALUD-2014, de fecha 31 de diciembre de 2014, se aprobó la nueva Estructura Orgánica y el Reglamento de Organización y Funciones del Seguro Social de Salud ­ ESSALUD, en el marco de lo dispuesto por el Decreto Supremo N° 016-2012-TR que declaró en reorganización el Seguro Social de Salud ­ESSALUD, la misma que fue modificada por las Resoluciones de Presidencia Ejecutiva Nro. 152, 222, 226 y 601-PEESSALUD-2015, siendo aprobado el Texto Actualizado y Concordado del Reglamento de Organización y Funciones del Seguro Social de Salud ­ESSALUD con la Resolución de Presidencia Ejecutiva N° 767-PEESSALUD-2015 y sus modificatorias; Que, de acuerdo al literal i) del artículo 36º del Texto Actualizado y Concordado del Reglamento de Organización y Funciones del Seguro Social de Salud ­ ESSALUD, aprobado por Resolución de Presidencia Ejecutiva N° 767-PE-ESSALUD-2015 y modificatorias, la Gerencia Central de Planeamiento y Desarrollo tiene la función de formular, actualizar, evaluar y proponer, entre otros, el Reglamento de Organización y Funciones (ROF) de ESSALUD y órganos desconcentrados; Que, asimismo, en los literales d) y h) del artículo 45° del citado Texto Actualizado se establece que la Gerencia de Organización y Procesos de la Gerencia Central de Planeamiento y Desarrollo tiene como función, entre otras, evaluar y emitir opinión técnica respecto a los requerimientos de modificación de la estructura, funciones y procesos propuestos por los órganos centrales y desconcentrados, así como, proponer los cambios organizacionales y normativos que permitan una optimización y flexibilización de la estructura orgánica de la Institución, así como los documentos de gestión institucional, que correspondan al ámbito de su competencia; Que, con Carta de Vistos, la Gerencia Central de Planeamiento y Desarrollo remite un proyecto de Resolución de Presidencia Ejecutiva que modifica el Texto Actualizado y Concordado del Reglamento de Organización y Funciones de ESSALUD, aprobado por la Resolución de Presidencia Ejecutiva N° 767-PEESSALUD-2015 y sus modificatorias; Que, con la citada Carta remitió el Informe Técnico N° 005-GOP-GCPD-ESSALUD-2017, elaborado por la Gerencia de Organización y Procesos, en el cual señala que es necesario modificar el Texto Actualizado y Concordado del Reglamento de Organización y Funciones del Seguro Social de Salud ­ ESSALUD, respecto a la actual organización de la Gerencia Central de Planeamiento y Desarrollo, a fin de integrar las funciones de presupuesto, a un órgano con visión estratégica (interna y externa), con proyección de corto, mediano y

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