Norma Legal Oficial del día 02 de febrero del año 2017 (02/02/2017)


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TEXTO DE LA PÁGINA 5

El Peruano / Jueves 2 de febrero de 2017

NORMAS LEGALES

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CONSIDERANDO: Que, mediante el artículo 2 de la Resolución Directoral Nº 178-2016-PCM/OGA se dispuso que el señor Edgardo Marcelo Cruzado Silverii, Secretario de Descentralización de la Presidencia del Consejo de Ministros, asuma temporalmente las funciones de Jefe de la Oficina de Gestión de Inversiones de la Secretaría de Descentralización, en tanto se designe al titular del cargo; Que, por convenir al servicio, resulta necesario dar por concluido el encargo temporal antes indicado y designar al funcionario que desempeñara el citado cargo; De conformidad con el numeral 9) del artículo 19 de la Ley N° 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo y el Reglamento de Organización y funciones de la Presidencia del Consejo de Ministros, aprobado por Decreto Supremo N° 063-2007-PCM y modificatorias; SE RESUELVE: Artículo 1.- Designar a la señora ELSA GABRIELA NIÑO DE GUZMAN CHIMPECAM en el cargo de Jefa de la Oficina de Gestión de Inversiones de la Secretaría de Descentralización de la Presidencia del Consejo de Ministros. Artículo 2.- Dejar sin efecto lo dispuesto en el artículo 2 de la Resolución Directoral Nº 178-2016-PCM/OGA. Regístrese, comuníquese y publíquese. FERNANDO ZAVALA LOMBARDI Presidente del Consejo de Ministros 1480256-2

AGRICULTURA Y RIEGO
Crean Grupo de Trabajo, denominado Comité de Coordinación del Proyecto (CCP), con el objeto de proporcionar orientaciones durante la implementación del Proyecto de Mejoramiento de los Servicios Públicos para el Desarrollo Territorial Sostenible en el Área de Influencia de los Ríos Apurímac, Ene y Mantaro: Proyecto de Desarrollo Territorial Sostenible
RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 0027-2017-MINAGRI Lima, 31 de enero de 2017 VISTO: El Oficio N° 2698-2016-MINAGRI-DVDIAR-AGRO RURAL-DE, del Programa de Desarrollo Productivo Agrario Rural (AGRO RURAL), sobre conformación del Grupo de Trabajo, denominado Comité de Coordinación del Proyecto (CCP), de naturaleza temporal, dependiente del Ministerio de Agricultura y Riego; y, CONSIDERANDO: Que, mediante Convenio de Financiación (Préstamo N° 2000001547), de fecha 21 de octubre de 2016, celebrado entre la República del Perú y el Fondo Internacional de Desarrollo Agrícola (FIDA), se acordó el otorgamiento de un préstamo por parte del FIDA ascendente a DEG 20 650 000 (Veinte Millones Seiscientos Cincuenta Mil Derechos Especiales de Giro), para la financiación del Proyecto de Mejoramiento de los Servicios Públicos para el Desarrollo Territorial Sostenible en el Área de Influencia de los Ríos Apurímac, Ene y Mantaro: Proyecto de Desarrollo Territorial Sostenible (el Proyecto), habiéndose considerado que la población objetivo del Proyecto incluirá alrededor de cincuenta mil (50,00) familias rurales residentes en el área de actuación del Proyecto, que se

encuentran en situación de pobreza; Que, adicionalmente, se señala que el Ministerio de Agricultura y Riego (MINAGRI), proporcionará los recursos que corresponden a la contrapartida para el Proyecto por el monto equivalente a USD 38 764 000,00 (Treinta y Ocho Millones Setecientos Sesenta y Cuatro Mil y 00/100 Dólares de los Estados Unidos de América); determinándose que el Organismo Responsable del Proyecto es el MINAGRI, a través del Programa de Desarrollo Productivo Agrario Rural (AGRO RURAL); Que, el punto 2 del rubro I. Descripción del Proyecto del Anexo 1 del mencionado Convenio de Financiación, al referirse a la Meta y Área del Proyecto establece que la meta del Proyecto es contribuir a la reducción de la pobreza de las familias rurales a través de la inclusión social y productiva; abarcando el área del Proyecto veintisiete (27) distritos en siete (07) provincias de los departamentos de Ayacucho, Huancavelica, Junín, Apurímac y Cusco, en el área de influencia del territorio del Valle de los Ríos Apurímac, Ene y Mantaro (VRAEM); Que, el numeral 5 del Rubro II. Disposiciones de ejecución del Anexo 1 del indicado Convenio de Financiación dispone que, a fin de proporcionar orientaciones durante la implementación del Proyecto se constituirá, mediante resolución ministerial, un grupo de trabajo denominado Comité de Coordinación del Proyecto (CCP) compuesto por: i) el Director Ejecutivo de AGRO RURAL, quien presidirá el Comité Directivo; ii) el Director Ejecutivo de PROVRAEM; iii) un representante de los gobiernos regionales del ámbito de intervención del Proyecto; iv) un representante de los gobiernos locales del ámbito de intervención del Proyecto; v) un representante de Provías Descentralizado del Ministerio de Transportes y Comunicaciones - MTC; vi) un representante de la Oficina de Programación e Inversiones - OPI MINAGRI; vii) un representante del Ministerio de Economía y Finanzas MEF; y, viii) el Coordinador Ejecutivo del Proyecto, quien actuará como Secretario Técnico; Que, conforme al segundo párrafo del artículo 35 de la Ley N° 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo, este Poder del Estado puede conformar Grupos de Trabajos, asignando funciones distintas a las de realizar seguimiento, fiscalización, propuesta o emisión de informes; De conformidad con la Ley Nº 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; el Decreto Legislativo Nº 997, Decreto Legislativo que aprueba la Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Agricultura, modificado por Ley Nº 30048 a Ministerio de Agricultura y Riego; y, su Reglamento de Organización y Funciones aprobado por Decreto Supremo Nº 008-2014-MINAGRI, y sus modificatorias; SE RESUELVE: Artículo 1.- Creación y objeto del Grupo de Trabajo Crear el Grupo de Trabajo, denominado Comité de Coordinación del Proyecto (CCP), de naturaleza temporal, dependiente del Ministerio de Agricultura y Riego, en adelante Grupo de Trabajo, con el objeto de proporcionar orientaciones durante la implementación del Proyecto de Mejoramiento de los Servicios Públicos para el Desarrollo Territorial Sostenible en el Área de Influencia de los Ríos Apurímac, Ene y Mantaro: Proyecto de Desarrollo Territorial Sostenible. Artículo 2.- Conformación del Grupo de Trabajo El Grupo de Trabajo está conformado por los siguientes representantes: a) El Director Ejecutivo del Programa de Desarrollo Productivo Agrario (AGRO RURAL) del Ministerio de Agricultura y Riego (MINAGRI), quien presidirá el Comité Directivo; b) El Director Ejecutivo del Proyecto Especial de Desarrollo del Valle de los Ríos Apurímac, Ene y Mantaro (PROVRAEM) del MINAGRI; c) Un representante de los Gobiernos Regionales comprendidos en el ámbito de intervención del Proyecto (Gobiernos Regionales de Ayacucho, Huancavelica, Junín, Apurímac y Cusco); d) Un representante de los Gobiernos Locales comprendidos en el ámbito de intervención del Proyecto

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