Norma Legal Oficial del día 02 de febrero del año 2017 (02/02/2017)


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TEXTO DE LA PÁGINA 11

El Peruano / Jueves 2 de febrero de 2017
Clase Insecta (Otros) Especies aprovechables Otras órdenes de la clase Insecta a excepción de las especies amenazadas indicadas en el Anexo 2 Derecho de Aprovechamiento por ejemplar Capturado S/. 0.70 Ámbito Geográfico ATFFS Selva Central

NORMAS LEGALES
Nombre científico Época de Captura Oroperipatus peruvianus Pycnotropis unapi Todo el Año Thrinoxethus junini Pamphobeteus antinous Titanus giganteus Nombre común Gusano onicóforo Milpiés Milpiés Tarántula Escarabajo gigante Escarabajo

11
Grado de Amenaza según Decreto Supremo N° 004-2014-MINAGRI Vulnerable (VU) Vulnerable (VU) Vulnerable (VU) Vulnerable (VU) Vulnerable (VU) Por recomendación de la autoridad científica CITES Perú, no se autoriza la exportación de esta especie hasta que se corrobore su distribución en Perú.

Clase Arachnida Especies aprovechables Arañas, tarántulas, opiliones, uropigios, escorpiones y demás arácnidos a excepción de las especies amenazadas indicadas en el Anexo 2 Derecho de Aprovechamiento por ejemplar Capturado S/. Ámbito Geográfico ATFFS Selva Central Época de Captura Dinastes satanas

1480750-1
Todo el Año

1.03

AMBIENTE
Aprueban el otorgamiento de subvenciones a favor de Unidades Productivas en el marco del PGAS CVIS 2
RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 28-2017-MINAM
Todo el Año

Clases Diplopoda y Chilopoda Especies aprovechables Ciempiés, Milpiés y demás especies dentro de las clases Diplopoda y Chilopoda a excepción de las especies amenazadas indicadas en el Anexo 2 Derecho de Aprovechamiento por ejemplar Capturado S/. Ámbito Geográfico Época de Captura

0.70

ATFFS Selva Central

Lima, 31 de enero de 2017 Vistos, el Informe N° 003-2017-MINAM/DVMDERN/ UEGRN, del Director Ejecutivo del PGAS CVIS 2; el Informe Técnico Nº 006-2017-MINAM/SG/OPP/UPR y el Memorando N° 052-2017-MINAM/SG/OPP, de la Oficina de Planeamiento y Presupuesto; el Memorando N° 084-2017-MINAM/SG-OAJ, de la Oficina de Asesoría Jurídica; y, CONSIDERANDO: Que, mediante Decreto Legislativo N° 1013 se crea el Ministerio del Ambiente como organismo del Poder Ejecutivo, con personería jurídica de derecho público, cuya función general es diseñar, establecer y supervisar la política nacional y sectorial ambiental, asumiendo la rectoría con respecto a ello; Que, mediante Decreto Supremo N° 294-2013-EF, se aprueba la operación de endeudamiento externo a ser acordada entre la República del Perú y Corporación Andina de Fomento ­ CAF, hasta por la suma de US$ 16 000 000,00 (DIECISÉIS MILLONES Y 00/100 DÓLARES AMERICANOS), destinada a financiar parcialmente el "Programa de Inversión Pública para el Fortalecimiento de la Gestión Ambiental y Social de los Impactos Indirectos del Corredor Vial Interoceánico Sur - II Etapa", en adelante el Programa; Que, según lo dispuesto en el artículo 3 del referido Decreto Supremo, la Unidad Ejecutora del Programa será el Ministerio del Ambiente; Que, con fecha 03 de diciembre de 2013, la Corporación Andina de Fomento ­ CAF y la República del Perú suscriben el Contrato de Préstamo hasta por US$ 16.000.000.00, destinado a financiar parcialmente el Programa; Que, por Resolución Ministerial N° 298-2014-MINAM, se formaliza la creación de la Unidad Ejecutora "004 Gestión de los Recursos Naturales", en el Pliego 005: Ministerio del Ambiente, para la ejecución del "Programa de Inversión Pública para el Fortalecimiento de la Gestión Ambiental y Social de los Impactos Indirectos del Corredor Vial Interoceánica Sur - II Etapa"; Que, mediante Resolución Ministerial N° 040-2015-MINAM, se aprueba el Manual de Operaciones del Programa de Inversión Pública para el Fortalecimiento de la Gestión Ambiental y Social de los Impactos Indirectos del Corredor Vial Interoceánico Sur ­ II Etapa; precisando en el Componente III del numeral 2.3.1, Proyecto 1: Competitividad, que el incremento del acceso a fuentes de financiamiento contribuirá a mejorar la capacidad de los productores para canalizar los flujos financieros hacia oportunidades de inversión mediante recursos concursables; a través de criterios

Clase Gastropoda Especies aprovechables Helix aspersa Derecho de Aprovechamiento por kilogramo S/. 0.56 Ámbito Geográfico ATFFS Selva Central Época de Captura Todo el Año

La ATFFS Selva Central abarca parte de la región Junín (provincias de Jauja, Tarma, Junín, Satipo, Chanchamayo) y región Pasco (provincias de Cerro de Pasco, Oxapampa y Daniel Alcides Carrión). Está prohibido el uso de insecticidas o métodos que contaminen o afecten el medio silvestre y a otras especies diferentes a las autorizadas.

RESOLUCIÓN ADMINISTRATIVA Nº 012-2017-SERFOR-ATFFS-SELVA CENTRAL Anexo N° 2 Especies no susceptibles a la caza o captura comercial
Nombre científico Tingomaria hydrophila Sulcophanaeus actaeon Altinote rubrocelullata Bostryx aguilari Caloctenus oxapampa Charinus koepckei Dynastes neptunus Orobothriurus atiquipa Megalobulimus lichtensteini Argia inculta Bostryx scalariformis Dynastes hercules Erythrodiplax cleopatra Macrodontia cervicornis Macrodontia itayensis Megasoma actaeon Oroperipatus koepckei Oroperipatus omeyrus Nombre común Opilión Pelotero verde Mariposa caracol araña Araña látigo Escarabajo torito Alacrán Congompe Caballito del diablo Caracol Escarabajo hércules Libélula Escarabajo cerviconio Escarabajo cerviconio Escarabajo torito Gusano onicóforo Gusano onicóforo Grado de Amenaza según Decreto Supremo N° 004-2014-MINAGRI En peligro crítico (CR) En peligro crítico (CR) En peligro (EN) En peligro (EN) En peligro (EN) En peligro (EN) En peligro (EN) En peligro (EN) En peligro (EN) Vulnerable (VU) Vulnerable (VU) Vulnerable (VU) Vulnerable (VU) Vulnerable (VU) Vulnerable (VU) Vulnerable (VU) Vulnerable (VU) Vulnerable (VU)

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