Empresa en el ranking

NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 02 DE FEBRERO DEL AÑO 2017 (02/02/2017)

CANTIDAD DE PAGINAS: 80

TEXTO PAGINA: 9

9 NORMAS LEGALES Jueves 2 de febrero de 2017 El Peruano / - Holanda es libre de Estomatitis Vesicular; o - Los animales resultaron negativos a una prueba de:- ELISA; o- Neutralización del virus Efectuada entre los treinta (30) días antes del embarque. 13. Encefalomielitis Equina Venezolana:Los animales no han sido vacunados dentro de los sesenta días (60) antes del embarque. 14. Anemia Infecciosa Equina: (escoger una respuesta y borre la otra) Los animales resultaron negativos a una prueba de: - Inmunodifusión en Gel de Agar (test de Coggin’s); o - ELISA competitivo; o- ELISA no competitivo, Efectuada durante los 30 días anteriores al embarque15. Virus del Oeste del Nilo (escoja una respuesta y borre la otra). a) Los animales han sido vacunados con una vacuna inactivada, por lo menos en dos ocasiones separadas por un intervalo de veintiún (21) a cuarenta y dos (42) días, habiéndose administrado la última vacunación como mínimo treinta (30) días antes de la fecha de embarque (indicar la fecha de vacunación); o b) Los animales no fueron vacunados y resultaron negativos a una prueba de ELISA de captura para IgM realizada en una muestra de sangre extraída ofi cialmente, dentro de los veintiocho (28) días anteriores al embarque. 16. Los animales resultaron negativos a una prueba de: (escoger una respuesta y borre la otra) - Inmuno fl uorescencia Indirecta con anticuerpo; o ELISA de competición, Para la detección de Theileria equi y Babesia caballi; efectuadas dentro de treinta (30) días anteriores al embarque. 17. Los équidos durante el aislamiento, recibieron dos tratamientos antiparasitarios externos e internos con productos adecuados según el tipo de ectoparásitos o endoparásitos prevalentes en la zona de origen; el primero al comienzo de la cuarentena y el último a los ocho (8) días anteriores al embarque (indicar el nombre del producto, la dosis y fecha de aplicación). 18. Los animales fueron transportados directamente del establecimiento de aislamiento hacia el puerto de exportación, en vehículos sellados, limpios y desinfectados con productos autorizados por Holanda. 19. Los animales han sido inspeccionados al momento del embarque, por un veterinario o fi cial, quien ha comprobado la identidad de los animales y constatado la ausencia de las tumoraciones, heridas frescas o en proceso de cicatrización, herida con huevos o larvas de moscas, ni signo alguno de enfermedades infectocontagiosas que afecta a la especie, ni presencia de ectoparasitarios y sarna. PARÁGRAFO:I. Al llegar al Perú permanecerán en cuarentena por un período de 15 días en un lugar autorizado por el SENASA. ESTOS REQUISITOS ZOOSANITARIOS, DEBEN SER REMITIDOS A SU PROVEEDOR EN HOLANDA, A FIN DE QUE LOS CERTIFICADOS ZOOSANITARIOS EMITIDOS POR LOS SERVICIOS VETERINARIOS INCLUYAN LAS EXIGENCIAS ANTES DESCRITAS. DE NO COINCIDIR LA CERTIFICACION CON ESTOS REQUISITOS LA MERCANCIA SERA RECHAZADA, SIN LUGAR A RECLAMO. 1480861-1Designan Sub Director de la Sub Dirección de Obras y Supervisión de la Dirección de Infraestructura Agraria y Riego de AGRO RURAL RESOLUCIÓN DIRECTORAL EJECUTIVA Nº 039-2017-MINAGRI-DVDIAR-AGRO RURAL-DE Lima, 31 de enero de 2017CONSIDERANDO:Que, mediante Resolución Directoral Ejecutiva Nº 073-2015-MINAGRI-DVDIAR-AGRO RURAL-DE, de fecha 16 de marzo de 2015, se designó entre otros, al señor Luis Alberto López Cárcamo, en el cargo de Sub Director de la Sub Dirección de Obras y Supervisión de la Dirección de Infraestructura Agraria y Riego del Programa de Desarrollo Productivo Agrario Rural – AGRO RURAL, del Ministerio de Agricultura y Riego; Que, por conveniencia de carácter institucional, es necesario dar por concluida la designación del funcionario mencionado en el párrafo anterior; y, en consecuencia, designar al Sub Director de la Sub Dirección de Obras y Supervisión de la Dirección de Infraestructura Agraria y Riego del Programa de Desarrollo Productivo Agrario Rural – AGRO RURAL, del Ministerio de Agricultura y Riego; De conformidad con lo establecido en la Ley Nº 27594, Ley que Regula la Participación del Poder Ejecutivo en el Nombramiento y Designación de Funcionarios Públicos; y, en uso de las atribuciones conferidas en el Manual de Operaciones, aprobado mediante Resolución Ministerial Nº 0015-2015-MINAGRI; SE RESUELVE:Artículo 1.- DAR POR CONCLUIDA la designación del señor Luis Alberto López Cárcamo, en el cargo de Sub Director de la Sub Dirección de Obras y Supervisión de la Dirección de Infraestructura Agraria y Riego del Programa de Desarrollo Productivo Agrario Rural – AGRO RURAL, del Ministerio de Agricultura y Riego, a partir de la fecha de la presente Resolución, dándosele las gracias por los servicios prestados. Artículo 2.- DESIGNAR al Ingeniero Civil Pericles Requejo Armas, en el cargo de con fi anza de Sub Director de la Sub Dirección de Obras y Supervisión de la Dirección de Infraestructura Agraria y Riego del Programa de Desarrollo Productivo Agrario Rural – AGRO RURAL, del Ministerio de Agricultura y Riego. Artículo 3.- DISPONER la publicación de la presente resolución en el Diario O fi cial “El Peruano” y en el Portal Electrónico del Programa de Desarrollo Productivo Agrario Rural – AGRO RURAL (www.agrorural.gob.pe). Regístrese, comuníquese y publíquese.ALBERTO JOO CHANG Director EjecutivoPrograma de Desarrollo Productivo Agrario Rural – AGRO RURAL 1480786-1 Aprueban el Calendario Regional de Captura Comercial de Especies No Amenazadas de Invertebrados Terrestres de las Clases Insecta, Arachnida, Chilopoda, Diplopoda y Gastropoda, para el ámbito territorial de competencia de la Administración Técnica Forestal y de Fauna Silvestre Selva Central, fuera de las Áreas Naturales Protegidas por el Estado y dictan diversas disposiciones RESOLUCIÓN ADMINISTRATIVA Nº 012-2017-SERFOR-ATFFS-SELVA CENTRAL San Ramón, 16 de enero de 2017