Norma Legal Oficial del día 02 de febrero del año 2017 (02/02/2017)


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NORMAS LEGALES

Jueves 2 de febrero de 2017 /

El Peruano

Que, el numeral 15.3 del artículo 15 del Decreto Legislativo Nº 1068, señala que los Procuradores Públicos Especializados son designados por Resolución Suprema a propuesta del Consejo de Defensa Jurídica del Estado, previa evaluación; Que, mediante Sesión Extraordinaria del 23 de diciembre de 2016, el Consejo de Defensa Jurídica del Estado, luego de la evaluación realizada ha acordado proponer la designación del señor abogado Luis Alberto Huerta Guerrero, como Procurador Público Especializado en materia Constitucional, por haber obtenido el puntaje más alto en la convocatoria N° 015-2016-CDJE-MINJUS; De conformidad con lo dispuesto en el artículo 47 de la Constitución Política del Perú; la Ley Nº 29809, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos; el Decreto Legislativo Nº 1068 por el cual se crea el Sistema de Defensa Jurídica del Estado; y su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo Nº 0172008-JUS; SE RESUELVE: Artículo 1.- Designar al señor abogado Luis Alberto Huerta Guerrero, como Procurador Público Especializado en materia Constitucional. Artículo 2.- La presente Resolución Suprema es refrendada por el Presidente del Consejo de Ministros y la Ministra de Justicia y Derechos Humanos. Regístrese, comuníquese y publíquese. PEDRO PABLO KUCZYNSKI GODARD Presidente de la República FERNANDO ZAVALA LOMBARDI Presidente del Consejo de Ministros MARÍA SOLEDAD PÉREZ TELLO Ministra de Justicia y Derechos Humanos 1481180-6

propone al Consejo de Ministros, a través del Ministro de Justicia y Derechos Humanos, acceder o no al pedido de extradición activa formulado por el órgano jurisdiccional competente; Que, de acuerdo a lo dispuesto por el numeral 1 del artículo 514 del Código Procesal Penal, promulgado por el Decreto Legislativo Nº 957, corresponde al Gobierno decidir la extradición, pasiva o activa, mediante Resolución Suprema expedida con acuerdo del Consejo de Ministros, previo informe de la referida Comisión Oficial; Que, la Comisión Oficial de Extradiciones y Traslado de Condenados ha emitido la opinión correspondiente mediante el Informe Nº 070-2016/COE-TC, del 08 de junio de 2016, en el sentido de acceder a la solicitud de extradición; De conformidad con el Tratado de Extradición entre la República del Perú y el Reino de España, suscrito en la ciudad de Madrid el 28 de junio de 1989, vigente desde el 31 de enero de 1994 y su Enmienda ratificada por Decreto Supremo Nº 070-2011-RE del 02 de junio de 2011, vigente desde el 09 de julio de 2011. En uso de la facultad conferida en el inciso 8) del artículo 118 de la Constitución Política del Perú; y, Con el voto aprobatorio del Consejo de Ministros; SE RESUELVE: Artículo 1.- Acceder a la solicitud de extradición activa de la ciudadana dominicana ROSA MARÍA ALBERTO ÁLVAREZ, formulada por el Juzgado Penal Transitorio de la Corte Superior de Justicia del Callao y declarada procedente por la Sala Penal Transitoria de la Corte Suprema de Justicia de la República, para ser procesada por la presunta comisión del delito contra la Fe Pública, en la modalidad de uso de documento falso (instrumento público) en perjuicio de la Embajada de Italia; y disponer su presentación por vía diplomática al Reino de España, de conformidad con el Tratado vigente y lo estipulado por las normas legales peruanas aplicables al caso. Artículo 2.- La presente Resolución Suprema es refrendada por la Ministra de Justicia y Derechos Humanos y por el Ministro de Relaciones Exteriores. Regístrese, comuníquese y publíquese. PEDRO PABLO KUCZYNSKI GODARD Presidente de la República MARÍA SOLEDAD PÉREZ TELLO Ministra de Justicia y Derechos Humanos RICARDO LUNA MENDOZA Ministro de Relaciones Exteriores 1481180-7

Acceden a solicitud de extradición activa de ciudadana dominicana y disponen su presentación al Reino de España
RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 025-2017-JUS Lima, 1 de febrero de 2017 VISTO; el Informe de la Comisión Oficial de Extradiciones y Traslado de Condenados Nº 070-2016/ COE-TC, del 08 de junio de 2016, sobre la solicitud de extradición activa de la ciudadana dominicana ROSA MARÍA ALBERTO ÁLVAREZ al Reino de España, formulada por el Juzgado Penal Transitorio de la Corte Superior de Justicia del Callao; CONSIDERANDO: Que, de conformidad con lo dispuesto en el numeral 5 del artículo 34 del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial, aprobado por Decreto Supremo Nº 017-93-JUS, las Salas Penales conocen las solicitudes de extradiciones activas y pasivas; Que, en mérito a las atribuciones conferidas, la Sala Penal Transitoria de la Corte Suprema de Justicia de la República, mediante Resolución Consultiva de fecha 31 de marzo de 2016, declaró procedente la solicitud de extradición activa de la ciudadana dominicana ROSA MARÍA ALBERTO ÁLVAREZ, para ser procesada por la presunta comisión del delito contra la Fe Pública, en la modalidad de uso de documento falso (instrumento público) en perjuicio de la Embajada de Italia (Expediente Nº 35-2016); Que, el literal a) del artículo 28 del Decreto Supremo Nº 016-2006-JUS, Normas referidas al comportamiento judicial y gubernamental en materia de extradiciones y traslado de condenados, establece que la Comisión Oficial de Extradiciones y Traslado de Condenados

Acceden a solicitud de traslado activo de condenado de nacionalidad peruana para que cumpla el resto de su condena en un establecimiento penitenciario de la República del Perú
RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 026-2017-JUS Lima, 1 de febrero de 2017 VISTO; el Informe de la Comisión Oficial de Extradiciones y Traslado de Condenados Nº 153-2011/ COE-TC, del 29 de diciembre de 2011, sobre la solicitud de traslado activo del condenado de nacionalidad peruana OSCAR SALAS WESLKE; CONSIDERANDO: Que, conforme al numeral 1 del artículo 544 del Código Procesal Penal, promulgado por el Decreto Legislativo N° 957, antes de la modificación efectuada por el Decreto Legislativo Nº 1281, Decreto Legislativo que modifica el Código Procesal Penal respecto al Procedimiento de

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