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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 02 DE FEBRERO DEL AÑO 2017 (02/02/2017)

CANTIDAD DE PAGINAS: 80

TEXTO PAGINA: 58

58 NORMAS LEGALES Jueves 2 de febrero de 2017 / El Peruano pobreza, los adultos mayores, los pueblos indígenas, las personas con discapacidad, los niños y adolescentes, entre otros; Que mediante la Resolución Jefatural 14-2016/ JNAC/RENIEC, publicada en el diario o fi cial El Peruano el día 30 de enero de 2016, se dispuso continuar con las inscripciones de los nacimientos y defunciones en las O fi cinas Registrales Auxiliares que funcionan en los hospitales del MINSA y EsSalud durante el año 2016; Que el acto administrativo citado en el considerando precedente, autorizó la tramitación y la correspondiente emisión del DNI en forma gratuita a los recién nacidos y menores de 0 a 16 años de edad que concurran por atención facultativa a los hospitales del MINSA, así como también a los recién nacidos en la red de hospitales de EsSalud, en el periodo 2016; Que asimismo, dispuso continuar con la gratuidad en la tramitación y emisión de DNI a los recién nacidos hasta el primer año de edad, procedentes de los 739 distritos priorizados de los departamentos de Amazonas, Ancash, Apurímac, Ayacucho, Cajamarca, Cusco, Huancavelica, Huánuco, Loreto, Ucayali, Puno, La Libertad, San Martín, Pasco, Piura y Madre de Dios, a fi n de que se bene fi cien con la gratuidad en la tramitación y emisión del Documento Nacional de Identidad a los recién nacidos hasta el primer año de edad, que se realicen en las O fi cinas Registrales Auxiliares, O fi cinas Registrales, Agencias y Puntos de Atención, así como a los centros de salud periféricos que conforman las redes asistenciales en dichos departamentos, en el marco de la Adenda del Convenio de Apoyo Presupuestario al Programa “Acceso de la Población a la Identidad”, entre otras disposiciones; Que en ese contexto, la Gerencia de Operaciones Registrales mediante el documento de vistos, señala que es necesario efectuar la continuidad de los trámites gratuitos de inscripciones de nacimiento y defunciones, y tramitación y emisión de DNI a los recién nacidos y menores de 0 a 16 años de edad en las O fi cinas Registrales Auxiliares del RENIEC que funcionan en los hospitales del MINSA y Essalud, así como los trámites y emisión del DNI de los recién nacidos hasta el primer año de edad, procedente de los 747 distritos priorizados de los departamentos de Amazonas, Ancash, Apurímac, Ayacucho, Cajamarca, Cusco, Huancavelica, Huanuco, Loreto, Ucayali, Puno, La Libertad, San Martín, Pasco, Piura y Madre de Dios en el marco del Convenio de Apoyo Presupuestario al Programa Presupuestal “Acceso de la Población a la Identidad” para el periodo 2017; Que la Gerencia de Plani fi cación y Presupuesto, a través de los documentos de vistos, emite opinión favorable respecto a la continuidad de los trámites gratuitos de inscripciones de nacimiento y defunciones y trámites de DNI para la población de 0 a 16 años dentro de las O fi cinas Registrales Auxiliares del RENIEC que funcionan en los hospitales del MINSA y Essalud, así como los trámites y emisión del DNI de los recién nacidos hasta el primer año de edad, procedente de los 747 distritos priorizados de los departamentos de Amazonas, Ancash, Ayacucho, Cajamarca, Cusco, Huancavelica, Huánuco, Loreto, Ucayali, Puno, la Libertad, San Martín, Pasco, Piura y Madre de Dios, en el marco del Convenio de Apoyo Presupuestario al Programa Presupuestal “Acceso de la Población a la Identidad”, el cual es factible de ser fi nanciado con cargo a los recursos presupuestarios de la Institución para el año 2017, por las fuentes de fi nanciamiento Recursos Ordinarios y Donaciones y Transferencias; Que de igual forma, la Gerencia General mediante el documento de vistos, emite opinión favorable respecto a lo solicitado por la Gerencia de Operaciones Registrales; Que en virtud a lo dispuesto en el numeral 17.1 del artículo 17° de la Ley del Procedimiento Administrativo General, Ley N° 27444, la autoridad tiene potestad para poder disponer en el mismo acto administrativo que este tenga e fi cacia anticipada a su emisión, sólo si fuera más favorable a los administrados, y siempre que no lesione derechos fundamentales o intereses de buena fe legalmente protegidos a terceros y que existiera en la fecha a la que pretenda retrotraerse la e fi cacia del acto el supuesto de hecho justi fi cativo para su adopción, en tal sentido corresponde emitir el acto resolutivo solicitado por la Gerencia de Operaciones Registrales con e fi cacia anticipada al primer día útil del mes de enero de 2017 hasta el 31 de diciembre de 2017; Que teniendo en cuenta lo opinado por los órganos competentes, la Gerencia de Asesoría Jurídica opina que resulta legalmente viable la emisión de la Resolución Jefatural correspondiente; Que se hace necesario hacer de conocimiento lo dispuesto en la presente Resolución Jefatural a la ciudadanía; y, Estando a lo opinado por la Gerencia de Asesoría Jurídica y conforme a las atribuciones conferidas por la Ley Nº 26497, Ley Orgánica del Registro Nacional de Identi fi cación y Estado Civil, el Reglamento de las Inscripciones del RENIEC, aprobado por Decreto Supremo Nº 015-98-PCM, el Reglamento de Organización y Funciones del RENIEC, aprobado mediante Resolución Jefatural Nº 73-2016/JNAC/RENIEC (31MAY2016) modi fi cado en parte mediante Resolución Jefatural Nº 135-2016/JNAC/RENIEC (11OCT2016), y de conformidad con lo dispuesto en el Decreto Supremo Nº 001-2009-JUS, modi fi cado en parte por el Decreto Supremo N° 014-2012- JUS, Reglamento que establece disposiciones relativas a la publicidad, publicación de proyectos normativos y difusión de normas legales de carácter general; SE RESUELVE:Artículo Primero.- Establecer con e fi cacia anticipada, continuar con las inscripciones de los nacimientos y defunciones en las O fi cinas Registrales Auxiliares que funcionan en los hospitales del MINSA y EsSALUD durante el año 2017. Artículo Segundo.- Autorizar con e fi cacia anticipada, al primer día útil del mes de enero de 2017 hasta el 31 de diciembre de 2017, la tramitación y emisión gratuita del documento nacional de identidad a los recién nacidos y menores de 0 a 16 años de edad que concurran por atención facultativa a los hospitales del MINSA. Artículo Tercero.- Autorizar con e fi cacia anticipada, al primer día útil del mes de enero de 2017 hasta el 31 de diciembre de 2017, la tramitación y emisión gratuita del documento nacional de identidad a los recién nacidos en la red de hospitales de EsSalud. Artículo Cuarto.- Establecer con e fi cacia anticipada, la continuidad al primer día útil del mes de enero de 2017 hasta el 31 de diciembre de 2017, de la gratuidad en la tramitación y emisión del documento nacional de identidad a los recién nacidos hasta el primer año de edad, procedente de los 747 distritos priorizados de los departamentos de Amazonas, Ancash, Apurímac, Ayacucho, Cajamarca, Cusco, Huancavelica, Huanuco, Loreto, Ucayali, Puno, La Libertad, San Martín, Pasco, Piura y Madre de Dios, que se realicen en las O fi cinas Registrales Auxiliares, O fi cinas Registrales, Agencias y Puntos de Atención, así como a los centros de salud periféricos que conforman las redes asistenciales en dichos departamentos, en el marco de la Adenda del Convenio de Apoyo Presupuestario al Programa “Acceso de la Población a la Identidad”. Artículo Quinto.- Admitir con e fi cacia anticipada y de manera excepcional, como válida la declaración del domicilio consignado en un formato de declaración Jurada de domicilio otorgado por la madre, a fi n de poder declarar el domicilio del menor cuando este sea distinto al DNI de la madre, según el formato que como anexo forma parte de la presente Resolución Jefatural. Artículo Sexto.- Establecer la gratuidad para el cambio de lugar de entrega del Documento Nacional de Identidad generada en la O fi cina Registral Auxiliar a la Ofi cina Registral, Agencia y Punto de Atención cercano al domicilio del declarante. Artículo Séptimo.- Los gastos relacionados con la ejecución de lo dispuesto en la presente Resolución Jefatural, serán con cargo a los recursos presupuestarios de la Institución para el año 2017, por las fuentes de fi nanciamiento Recursos Ordinarios y Donaciones y Transferencias. Artículo Octavo.- Encargar a la Gerencia de Operaciones Registrales la implementación de lo dispuesto en la presente Resolución Jefatural y a la