Norma Legal Oficial del día 08 de febrero del año 2017 (08/02/2017)


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TEXTO DE LA PÁGINA 52

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NORMAS LEGALES

Miércoles 8 de febrero de 2017 /

El Peruano

- Fomentar la participación de los pobladores de su jurisdicción en la prestación de los servicios delegados, - Fiscalizar la gestión municipal en el marco de la ley, - Aprobar los informes de la rendición de cuentas a la Municipalidad Provincial de Lucanas y a la Municipalidad Distrital de Aucará. 2.- ATRIBUCIONES DEL ALCALDE: - Representar, defender y cautelar los derechos de la Municipalidad y los vecinos, - Convocar, presidir y dar por concluidas las sesiones del Concejo Municipal, - Dictar, Decretos y Resoluciones de Alcaldía relacionados a las funciones delegadas en el marco de la ley, - Dirigir los Planes de Desarrollo Municipal, - Informar al Concejo Municipal mensualmente respecto a los ingresos y autorizar los egresos de conformidad a los fines establecidos y a la normatividad vigente. 3.- ORGANIZACIÓN DEL ESPACIO FÍSICO Y USO DEL SUELO: - Aprobar el Plan Urbano del Centro Poblado según corresponda, con sujeción al plan y a las normas de la Municipalidad Provincial de Lucanas-Puquio y del distrito de Aucará, - Autorizar y fiscalizar la ejecución del Plan de Obras de Servicios Públicos o Privados que afecten o utilicen la vía pública o zonas aéreas, así como las modificaciones, previo cumplimiento de las normas sobre impacto ambiental, - Disponer de la nomenclatura de los jirones, calles, pasajes, parques, plazas y la numeración predial, - Normar, regular y calificar, otorgando autorizaciones, certificados, derechos y licencias de apertura de establecimientos comerciales, artesanales y otros, - Realizar el cobro de arbitrios e impuesto predial. 4.- SANEAMIENTO, SALUBRIDAD, SERVICIOS, SEGURIDAD Y SALUD: - Realizar el Servicio de Limpieza Pública, determinando áreas de acumulación de residuos sólidos y controlar el cumplimiento de las normas de higiene local, distrital y provincial, - Administrar el Servicio público de Agua Potable y Desagüe, así como regular y controlar el aseo, higiene y salubridad de los establecimientos comerciales, viviendas, instituciones educativas, cementerio y demás lugares públicos. 5.- TRÁNSITO Y TRANSPORTE PÚBLICO: - Establecer la señalización de las calles y vías de acuerdo con la normatividad de regulación provincial y coordinación con la municipalidad distrital de Aucará. 6.- EDUCACIÓN, RECREACIÓN: CULTURA, DEPORTE Y

de sus recursos del Fondo de Compensación Municipal (FONCOMUN), provenientes del Gobierno Nacional en forma mensual al Centro Poblado de San Isidro de Totora, en proporción a su población y a los servicios públicos delegados para el cumplimiento de la función delegada. La percepción de los recursos de la Municipalidad del Centro Poblado de Santa Ana, facultadas mediante la presente Ordenanza Municipal viene a constituir recursos transferidos por parte de la Municipalidad Provincial de Lucanas y la Municipalidad Distrital de Aucará, debiendo rendir cuenta mensualmente a la Municipalidad Provincial los importes recaudados por dicho concepto. Artículo 6°.- USO DE LOS RECURSOS: Los montos transferidos mensualmente serán destinados única y exclusivamente para el desempeño de las competencias y funciones materia de delegación y sostenimiento. Artículo 7°.- RENDICIÓN DE CUENTAS: La Municipalidad del Centro poblado de Santa Ana, deberá rendir cuentas de los recursos recibidos en forma mensual y de manera documentada tanto a la Municipalidad Provincial de Lucanas-Puquio, como a la Municipalidad Distrital de Aucará, según corresponda bajo responsabilidad de su Alcalde. Artículo 8°.- ATRIBUCIONES ADMINISTRATIVASECONÓMICAS: Delegar a la Municipalidad del Centro Poblado de Santa Ana, las atribuciones necesarias para el cobro de arbitrios en su jurisdicción, debiendo rendir cuenta mensualmente de la recaudación. Los recursos recaudados forman parte del monto a transferirse. Artículo 9°.- DEL CUMPLIMIENTO: Encargar a la Gerencia Municipal y demás Gerencias de la Municipalidad Provincial de Lucanas-Puquio, el cumplimiento de la presente Ordenanza. Artículo 10°.- DISPOSICIONES FINALES: Primera.- La presente Ordenanza entrará en vigencia a partir del día siguiente de su publicación en el Diario Oficial El Peruano. Segunda.- Facultar al Alcalde de la Municipalidad Provincial de Lucanas-Puquio para dictar las normas complementarias y reglamentarias con sujeción a la presente Ordenanza. Tercera.- La asignación mensual de los S/ 500.00 nuevos soles de cada Centro Poblado aprobados en el presupuesto participativo provincial correspondiente al año 2017, deberán ser desembolsados en su totalidad. POR TANTO: Mando se registre, publique y cumpla. Dado en la sede del palacio municipal de Puquio a los veintiún días del mes de diciembre del año dos mil dieciséis. WILBER A. VELARDE ROJAS Alcalde 1482874-1

- Promover actividades específicas en la materia. 7.- SEGURIDAD CIUDADANA: - Establecer el Sistema de Seguridad Ciudadana con participación efectiva de la sociedad civil en coordinación con la Municipalidad Provincial de Lucanas-Puquio y la Municipalidad Distrital de Aucará. 8.- PARTICIPACIÓN Y CONTROL VECINAL: - Los vecinos de la Municipalidad del Centro Poblado de Santa Ana, participarán a través de las Juntas Vecinales Comunales, en la gestión y administración del gobierno municipal. Artículo 5°.- DE LO RECURSOS DE LA MUNICIPALIDAD DE CENTRO POBLADO: La Municipalidad Provincial de Lucanas-Puquio y la Municipalidad Distrital de Aucará, transferirán un porcentaje

MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE RIO NEGRO
Ordenanza que aprueba campaña de Regularización de Edificación en el Área Urbana del distrito de Río Negro
ORDENANZA MUNICIPAL N° 004-2017-CM/MDRN Río Negro, 19 de enero del 2017

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