Norma Legal Oficial del día 08 de febrero del año 2017 (08/02/2017)


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TEXTO DE LA PÁGINA 51

El Peruano / Miércoles 8 de febrero de 2017

NORMAS LEGALES

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Articulo Quinto.- NOTIFICAR la presente Resolucion a Zoila Benedicta Solís Yzaguirre, representante legal de Inversiones Generales SY S.A.C, para su conocimiento y fines. Regístrese, comuníquese y cúmplase. MIGUEL A. RODRIGO OROZCO Sub Gerente de Habilitaciones Urbanas y Saneamiento Físico Legal 1482501-1

PROVINCIAS

MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE LUCANAS-PUQUIO
Aprueban la creación de la Municipalidad del Centro Poblado de Santa Ana, jurisdicción del distrito de Aucará, provincia de Lucanas, región de Ayacucho
ORDENANZA MUNICIPAL N° 018-2016-CM/MPLP. EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE LUCANAS-PUQUIO. POR CUANTO: EL CONCEJO MUNICIPAL DE LA MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE LUCANAS-PUQUIO. VISTO: La Sesión Extraordinaria del Concejo Municipal de fecha 16 de diciembre de 2016, el Acuerdo de Concejo Nº 003-2016-MDA/CM, Oficio Nº 005-2016-CCCP2016, Informe Nº 117-2016-MPLP/WALG, Informe Nº 214-2016-MPLP-GDSECSP, Informe Legal Nº 201-2016-MPLP-GM/AL; CONSIDERANDO: Que, la Constitución Política del Perú, en su Art. 194°, modificado por la Ley N° 27680, que establece que las Municipalidades Provinciales y Distritales son órganos de gobierno local tienen autonomía, política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia. Las Municipalidades de los Centros Poblados son creadas conforme a la Ley concordante con el Art. II del Título Preliminar de la Ley Orgánica de Municipalidades Ley 27972; Que, el Art. 195° de la Constitución Política del Perú señala que los gobiernos locales promueven el desarrollo y la economía local, la prestación de los servicios públicos en armonía con las políticas y planes nacionales y regionales de desarrollo, son competentes para aprobar su organización interna y su presupuesto, planificar el desarrollo urbano y rural de sus circunscripciones incluyendo la zonificación, urbanismo y el acondicionamiento territorial; Que, para la creación de lo Centros Poblados no se tiene en cuenta la demarcación territorial, sino la delimitación del ámbito de influencia bajo el principio de continuidad territorial, en consecuencia el caserío de Santa Ana, por este principio debe estar bajo el ámbito de influencia del distrito de Aucará; Que, en el segundo párrafo del Art. III del Título Preliminar de la Ley N° 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, establece que las Municipalidades de Centros Poblados son creadas por Ordenanzas Municipales Provinciales; Que, mediante Oficio Nº 005-2016-CCCP, el Presidente del Comité de Gestión del Centro Poblado de Santa Ana, eleva toda la documentación y solicita a

esta Corporación Municipal, la aprobación de creación del Centro Poblado de Santa Ana, adjuntando para el efecto todos los requisitos que establece el Art. 129º de la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 27972; Que, el Alcalde de la Municipalidad Distrital de Aucará, remite la documentación referente a la opinión favorable del Concejo Distrital de Aucará que lo confirma con el Acuerdo de Concejo Nº 003-2016-MPLP/CM, para la creación del Centro Poblado de Santa Ana, en concordancia con el Inc. 4), Art. 129º de la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 27972; Que, el numeral 48.2 del Art. 48º de la Ley Nº 27783, Ley de Bases de la Descentralización, y el Art. 133º de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, establece que la Municipalidad Provincial y Distrital, están obligadas a entregar a la Municipalidad de Centro Poblado de su jurisdicción un porcentaje de sus recursos propios o transferidos por el Estado, para cumplir con las funciones delegadas y las prestaciones de servicios municipales, la que se efectuará en forma mensual; Que nuestro ordenamiento municipal, establece que para la creación de un centro poblado, debe existir comprobada necesidad de servicios locales y su eventual sostenimiento, en efecto de la revisión de los antecedentes que obran en el expediente respectivo, se aprecia que existe comprobada necesidad de servicios locales en el centro poblado materia de creación, por lo que la Oficina de Asesoría Legal, mediante Informe, opina favorablemente por la creación del Centro Poblado de Santa Ana; Que, el Concejo Municipal de la Municipalidad Provincial de Lucanas-Puquio, en Sesión Extraordinaria de fecha 16 de diciembre de 2016, en uso de sus facultades, aprueba por unanimidad la procedencia de la creación del Centro Poblado de Santa Ana; Estando a lo expuesto, y de conformidad con el Art. III del Título Preliminar, Art. 9º, Inc. 8), Art. 40º, 133º y Décima Segunda Disposición Complementaria de la Ley Nº 27972 y Ley Nº 28454, el Concejo Municipal con el voto unánime de sus miembros, acordó con dispensa del trámite de lectura y aprobación del acta la siguiente: ORDENANZA MUNICIPAL QUE CREA LA MUNICIPALIDAD DEL CENTRO POBLADO DE SANTA ANA, JURISDICCIÓN DEL DISTRITO DE AUCARÁ. Artículo 1°.- APROBACIÓN Aprobar la creación de la Municipalidad del CENTRO POBLADO DE SANTA ANA, de la jurisdicción del distrito de Aucará, provincia de Lucanas, región de Ayacucho, para la delegación de funciones y competencias. Artículo 2°.- DEL TERRITORIO Y EL ÁMBITO DE APLICACIÓN El ámbito de influencia de la Municipalidad del Centro Poblado de Santa Ana, es el anexo de Santa Ana, cercado y núcleos poblacionales circundantes. La capital es la localidad de Santa Ana, así como el número de personas a beneficiarse con el servicio delegado, es de 1,000 habitantes permanentes y los emigrantes por temporada. Artículo 3°.- RÉGIMEN DE ADMINISTRACIÓN El Régimen de Administración del Centro Poblado de Santa Ana es el siguiente: A) Concejo Municipal B) La Alcaldía C) Director de Servicios Artículo 4°.- DE LAS FUNCIONES Y COMPETENCIAS DELEGADAS: Las Funciones y Competencias que delegan la Municipalidad Provincial de Lucanas-Puquio y la Municipalidad Distrital de Aucará a favor de la Municipalidad del Centro Poblado de Santa Ana son las siguientes: 1.- ATRIBUCIONES DEL CONCEJO MUNICIPAL: - Adoptar acuerdos para mejorar la gestión municipal en los servicios delegados con sujeción a la ley, - Aprobar el Plan de Desarrollo de su jurisdicción

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