Norma Legal Oficial del día 08 de febrero del año 2017 (08/02/2017)


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TEXTO DE LA PÁGINA 44

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NORMAS LEGALES

Miércoles 8 de febrero de 2017 /

El Peruano

A de la Urbanización Zárate Industrial del Distrito de San Juan de Lurigancho, Provincia y Departamento de Lima, inscrita en la Partida Nº 42854409 del Registro de Propiedad Inmueble de la Zona Registral Nº IX ­ Sede Lima, acreditándose para ello la ejecución de las actividades establecidas en el Artículo 40 del Reglamento de Licencias de Habilitaciones Urbanas y Licencias de Edificación ­ D.S. Nº 008-2013-vivienda, estableciendo la concurrencia de las condiciones legales para tal fin y determinando la inexistencia de alguna causal de improcedencia, cumpliendo con elaborar y proporcionar el Expediente Técnico en la forma establecida en el Artículo 40-E del citado dispositivo legal, según se colige del Informe Nº 009-2017-SGOPHU-GDU-MDSJL de fecha 4 de enero de 2017 e Informe Nº 055-2017-SGOPHU-GDUMDSJL de fecha 17 de enero de 2016, emitidos por la Sub Gerencia de Obras Privadas y Habilitaciones Urbanas; Que, con el Informe Nº 006-2017-GDU/MDSJL de fecha 10 de enero de 2017 e Informe Nº 010-2017-GDU/ MDSJL de fecha 18 de enero de 2017, la Gerencia de Desarrollo Urbano emitió su pronunciamiento técnico favorable para la declaración de habilitación urbana de oficio del predio precisado en el párrafo precedente, indicando que cuenta con obras de agua potable, alcantarillado, electrificación, telefonía, alumbrado público, calzadas, aceras y señalización, que sustentarían la aprobación de la referida propuesta, cuya validez legal se encuentra confirmada por la Gerencia de Asesoría Jurídica con su Informe Nº 016-2017-GAJ/MDSJL de fecha 13 de enero de 2017, comprobándose que no resulta exigible los aportes reglamentarios y derechos de tramitación, según se desprende de lo previsto en el Artículo 24 de la Ley Nº 29090, modificado con la Ley Nº 29898, y numeral 40.3 del Artículo 40 del Reglamento de Licencias de Habilitaciones Urbanas y Licencias de Edificación ­ D.S. Nº 008-2013-VIVIENDA; Que, de acuerdo a lo regulado en el numeral 3.6.1 del inciso 3 del Artículo 79 de la Ley Orgánica de Municipalidades ­ Ley Nº 27972, la Municipalidad Distrital de San Juan de Lurigancho se encuentra facultado, entre otras, para normar, regular y otorgar autorizaciones, derechos y licencias de las habilitaciones urbanas, que incluye a la declaración de la habilitación urbana de oficio, que es un procedimiento administrativo para declarar habilitado de oficio un predio ubicado en zonas urbanas consolidadas, con edificaciones destinadas a vivienda y demás complementarias a dicho uso, con servicios públicos domiciliarios de agua potable, desagüe o alcantarillado, energía eléctrica y alumbrado público e inscrito registralmente como predio rústico, según se regula en el Artículo 40 del Reglamento de Licencias de Habilitaciones Urbanas y Licencias de Edificación ­ D.S. Nº 008-2013-VIVIENDA, concordante con lo previsto en el Artículo 24 de la Ley Nº 29090, modificado con la Ley Nº 29898; Que, conforme se establece en el Artículo 194 de la Constitución Política del Perú y Artículo II del Título Preliminar de la Ley Orgánica de Municipalidades ­ Ley Nº 27972, la Municipalidad Distrital de San Juan de Lurigancho es una institución con personería jurídica de derecho público que goza de autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia, con sujeción al ordenamiento legal vigente, y; Estando a la facultad delegada con Resolución de Alcaldía Nº 830-2015-A/MDSJL de fecha 25 de septiembre de 2015, y lo regulado en el Artículo 24 de la Ley Nº 29090, modificado con la Ley Nº 29898. SE RESUELVE: Artículo Primero.- DECLARAR la Habilitación Urbana de Oficio del predio de 24 129.00 m2, denominado Sub Lote 3 de la Manzana A de la Urbanización Zárate Industrial del Distrito de San Juan de Lurigancho, Provincia y Departamento de Lima, inscrita en la Partida Nº 42854409 del Registro de Propiedad Inmueble de la Zona Registral Nº IX ­ Sede Lima, sujeto al Expediente Técnico, que contiene el informe técnico y legal favorable. Artículo Segundo.- APROBAR el Expediente Técnico de la habilitación urbana de oficio del predio precisado en

el Artículo Primero del presente acto administrativo, así como la Memoria Descriptiva y planos que lo integran, como es el Plano Nº T-01-2017-GDU/MDSJL (Plano Topográfico), Plano Nº T-02-2017-GDU/MDSJL (Plano Topográfico), Plano Nº LT-01-2017-GDU/MDSJL (Plano de Trazado y Lotización), Plano Nº LT-02-2017-GDU/ MDSJL (Plano de Trazado y Lotización), y Plano Nº C-012017-GDU/MDSJL (Plano Catastral). Artículo Tercero.- APROBAR los cuadros de áreas de la habilitación urbana de oficio del predio precisado en el Artículo Primero de la presente resolución, en la forma siguiente: CUADRO DE COORDINADAS DE LOS VÉRTICES PERIMETRALES EN WGS 84 SEGÚN EL SISTEMA NACIONAL DE LOS REGISTROS PÚBLICOS
DATOS TÉCNICOS VÉRTICE LADO DISTANCIA ÁNGULOS ESTE (X) COORDENADAS UTM NORTE (Y) OBSERVACIONES

A B C D E F G H I J

A-B B-C C-D D-E E-F F-G G-H H-I I-J J-A

142.00 117.00 18.60 24.00 49.00 43.40 49.21 100.00 31.00 249.00

91°28'42" 88°53'31" 98°57'40"

282,380.5842 282,432.2200 282,322.8860

8 670,948.4369 8 670,820.1872 8 670,778.5328 8 670,794.6705 8 670,787.2035 8 670,835.9892 8 670,819.9345 8 670,866.0169 8 670,830.5720 8 670,861.4296

Línea Curva

258°18'36" 282,313.6375 66°30'48" 282,290.8286

297°04'14" 282,295.4055 88°49'35" 282,255.0842

270°13'21" 282,237.8205 63°44'52" 282,144.3130

115°56'41" 282,147.2802

PERÍMETRO TOTAL

= 823.21 m

ÁREA TOTAL

= 24 129.00 m2

CUADRO DE COORDINADAS DE LOS VÉRTICES PERIMETRALES EN PSAD 56 SEGÚN EL SISTEMA NACIONAL DE LOS REGISTROS PÚBLICOS
DATOS TÉCNICOS VÉRTICE LADO DISTANCIA ÁNGULOS ESTE (X) COORDENADAS UTM NORTE (Y) OBSERVACIONES

A B C D E F G H I J

A-B B-C C-D D-E E-F F-G G-H H-I I-J J-A

142.00 117.00 18.60 24.00 49.00 43.40 49.21 100.00 31.00 249.00

91°28'42" 282,601.6241 8 671,317.0575 88°53'31" 282,653.2599 8 671,188.8078 98°57'40" 282,543.9259 8 671,147.1534 258°18'36" 282,534.6774 8 671,163.2911 66°30'48" 282,511.8686 8 671,155.8240

Línea Curva

297°04'14" 282,516.4454 8 671,204.6098 88°49'35" 282,476.1242 8 671,188.5551 270°13'21" 282,458.8604 8 671,234.6375 63°44'52" 282,365.3529 8 671,199.1926 115°56'41" 282,368.3201 8 671,230.0502
ÁREA TOTAL

PERÍMETRO TOTAL

= 823.21 m

= 24 129.00 m2

CUADRO DE COORDINADAS DE LOS VÉRTICES PERIMETRALES ÁREA FINAL ÚTIL EN WGS 84
DATOS TÉCNICOS VÉRTICE LADO DISTANCIA ÁNGULOS ESTE (X) COORDENADAS UTM NORTE (Y) OBSERVACIONES

A B" E" F G H I J

A - B" B" - E" E" - F F-G G-H H-I I-J J-A

133.26 142.54 41.42 43.40 49.21 100.00 31.00 249.00

-------

282,380.5842 8 670,948.4369 282,430.2962 8 670,826.0241 282,291.5370 8 670,794.7538

Línea Curva Línea Curva Línea Curva

297°04'14" 282,295.4055 8 670,835.9892 88°49'35" 282,255.0842 8 670,819.9345

270°13'21" 282,237.8205 8 670,866.0169 63°44'52" 282,144.3130 8 670,830.5720

115°56'41" 282,147.2802 8 670,861.4296
ÁREA TOTAL

PERÍMETRO TOTAL

= 789.83 m

= 21 431.46 m2

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