Norma Legal Oficial del día 12 de febrero del año 2017 (12/02/2017)


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TEXTO DE LA PÁGINA 5

El Peruano / Domingo 12 de febrero de 2017

NORMAS LEGALES

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CONSIDERANDO: Que, la Fuerza Aérea del Perú mantiene relaciones bilaterales con otras Fuerzas Aéreas de la región, como la Fuerza Aérea Argentina, en el marco de las medidas de confianza mutua y de seguridad, para el logro de entendimientos en materia de misión de estudios, capacitación e intercambios operacionales; Que, mediante el Oficio Nº 6491 CCFFAA/OAI/UAI de fecha 07 de diciembre de 2016, el Secretario de la Jefatura del Comando Conjunto de las Fuerzas Armadas comunica que, de acuerdo al Entendimiento Séptimo del Acta de la XV Ronda de Conversaciones entre el Comando Conjunto de las Fuerzas Armadas de la República del Perú y el Estado Mayor Conjunto de las Fuerzas Armadas de la República Argentina realizada los días 27 y 28 de octubre de 2016, se acuerda que la Escuela Superior de Guerra Conjunta de las Fuerzas Armadas de Argentina, ofrece una (01) vacante para que un Oficial Superior participe en el "Curso de Estrategia y Conducción Superior", a partir del año 2017; Que, con el Oficio NC-19-SGFA-EMAI-Nº 4279 de fecha 09 de diciembre de 2016, el Secretario General de la Fuerza Aérea del Perú propone al Coronel FAP JOSE LUIS GERMANA ANTINORI, para que participe en el curso citado en el considerando precedente; Que, mediante la Carta de fecha 16 de diciembre de 2016, el Director de la Escuela Superior de Guerra Conjunta de las Fuerzas Armadas de Argentina comunica que, el Curso de Estrategia y Conducción Superior, se desarrollará del 15 de febrero al 05 de diciembre de 2017; Que, es conveniente para los intereses institucionales, autorizar el viaje al exterior en Misión de Estudios del Coronel FAP JOSE LUIS GERMANA ANTINORI, para que participe en el "Curso de Estrategia y Conducción Superior", que se realizará en la Escuela Superior de Guerra Conjunta de las Fuerzas Armadas de Argentina, ubicada en la ciudad de Buenos Aires ­ República Argentina del 15 de febrero al 05 de diciembre de 2017; por cuanto, permitirá potenciar las habilidades y conocimientos del Oficial designado para la toma oportuna de decisiones y profundizar las relaciones bilaterales entre ambas instituciones, redundando en beneficio de la Fuerza Aérea del Perú; Que, los gastos que ocasione la presente autorización de viaje, se efectuarán con cargo al presupuesto institucional Año Fiscal 2017, de la Unidad Ejecutora Nº 005 ­ Fuerza Aérea del Perú, de conformidad con el artículo 13º del Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM; Que, el segundo párrafo del numeral 2.1 del artículo 2º del Decreto Supremo Nº 262-2014-EF de fecha 11 de setiembre de 2014, dispone que el monto de la compensación extraordinaria mensual por servicio en el extranjero, será reducido en la misma cantidad que la bonificación otorgada de conformidad con los literales a), b) o c) del artículo 8º del Decreto Legislativo Nº 1132, Decreto Legislativo que aprueba la nueva estructura de ingresos aplicable al personal militar de las Fuerzas Armadas y policial de la Policía Nacional del Perú; Que, teniendo en consideración los itinerarios de los vuelos internacionales y con la finalidad de garantizar la participación oportuna del personal designado en el referido evento, resulta necesario autorizar su salida del país con un (01) día de anticipación, así como, su retorno un (01) día después de la fecha programada, sin que estos días adicionales irroguen gasto alguno al Tesoro Público; Que, de conformidad con el artículo 26º de la Ley Nº 28359 ­ "Ley de Situación de los Oficiales de las Fuerzas Armadas", modificado por la Ley Nº 29598 y por el Decreto Legislativo Nº 1143, el Oficial nombrado en Comisión de Servicio o Misión de Estudios por cuenta del Estado en el extranjero, está impedido de solicitar su pase a la situación militar de disponibilidad o retiro, hasta después de haber servido en su respectiva Institución Armada el tiempo previsto en el artículo 23º de la referida norma, más el tiempo compensatorio previsto en el mismo artículo; y, conforme al Reglamento, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 007-2005-DE/SG, de fecha 14 de febrero de 2005, modificado por el Decreto Supremo Nº 010-2010-DE, de fecha 20 de noviembre de 2010 y el Decreto Supremo Nº 009-2013-DE de fecha 02 de octubre de 2013;

Que, el Ministerio de Defensa, ha dispuesto que los Órganos Competentes, Organismos Públicos Descentralizados, Unidades Ejecutoras y Empresas del Sector Defensa, cumplan con incorporar en sus propuestas de autorización de viajes del Personal Militar y Civil del Sector, una disposición que precise, en los casos que corresponda, que el otorgamiento de la Compensación Extraordinaria Mensual por Servicios en el Extranjero se hará por días reales y efectivos, independientemente de la modalidad del referido viaje, conforme a lo dispuesto en el Reglamento de Viajes al Exterior del Personal Militar y Civil del Sector Defensa, aprobado por el Decreto Supremo Nº 002-2004-DE/SG de fecha 26 de enero de 2004 y sus modificatorias; De conformidad con el Decreto Legislativo Nº 1134 ­ Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Defensa; la Ley Nº 30518 ­ Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2017; la Ley Nº 27619 - Ley que Regula la Autorización de Viajes al Exterior de Servidores y Funcionarios Públicos y su Reglamento aprobado con el Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM de fecha 05 de junio de 2002 y su modificatoria; el Decreto Supremo Nº 002-2004-DE/SG del 26 de enero de 2004 y sus modificatorias, que reglamentan los viajes al exterior del personal militar y civil del Sector Defensa; el Decreto Supremo Nº 262-2014-EF de fecha 11 de setiembre de 2014, que establece disposiciones respecto a montos por Compensación Extraordinaria por Servicios en el Extranjero en Misión Diplomática, Comisión Especial en el Exterior, Misión de Estudios, Comisión de Servicios y Tratamiento Médico Altamente Especializado de personal Militar y Civil del Sector Defensa e Interior, concordado con la Resolución Ministerial Nº 1500-2016-DE/SG de fecha 22 de diciembre de 2016 que prorroga la vigencia de la Resolución Ministerial Nº 1017-2015-DE/SG de fecha 06 de noviembre de 2015, referente al reajuste del monto de la Unidad de Compensación Extraordinaria para el Año Fiscal 2017; y, Estando a lo propuesto por el señor Comandante General de la Fuerza Aérea del Perú; SE RESUELVE: Artículo 1º.-Autorizar el viaje al exterior en Misión de Estudios, del Coronel FAP JOSE LUIS GERMANA ANTINORI, identificado con NSA: O-9551887 y DNI: 08125717, para que participe en el "Curso de Estrategia y Conducción Superior", que se realizará en la Escuela Superior de Guerra Conjunta de las Fuerzas Armadas de Argentina, ubicada en la ciudad de Buenos Aires ­ República Argentina del 15 de febrero al 05 de diciembre de 2017; así como, su salida del país el 14 de febrero de 2017 y retorno el 06 de diciembre de 2017. Artículo 2º.- El Ministerio de Defensa - Fuerza Aérea del Perú, efectuará los pagos que correspondan, con cargo al presupuesto institucional Año Fiscal 2017, de acuerdo a los conceptos siguientes:
Pasajes aéreos: Lima ­ Buenos Aires (República Argentina) - Lima US$ 1,500.00 x 01 persona (Incluye TUUA) = US$ 1,500.00 Gastos de traslado ­ Ida y vuelta (Equipaje, bagaje e instalación) US$ 5,320.83 x 02 x 01 persona = US$ 10,641.66 Compensación Extraordinaria por Servicio en el Extranjero US$ 5,320.83 / 28 x 14 días x 01 persona = US$ 2,660.42 US$ 5,320.83 x 09 meses x 01 persona = US$ 47,887.47 US$ 5,320.83 / 31 x 05 días x 01 persona = US$ 858.20 Total a pagar = US$ 63,547.75

Artículo 3º.- El monto de la compensación extraordinaria mensual será reducido por la Fuerza Aérea del Perú, en la misma cantidad que la bonificación otorgada de conformidad con los literales a), b) o c) del artículo 8º del Decreto Legislativo Nº 1132, en cumplimiento al segundo párrafo del numeral 2.1 del artículo 2º del Decreto Supremo Nº 262-2014-EF de fecha 11 de setiembre de 2014. Artículo 4º.- El otorgamiento de la Compensación Extraordinaria Mensual por Servicio en el Extranjero, se hará por días reales y efectivos de servicios en el exterior,

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